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La Defensora del Pueblo inicia una investigación sobre la forma en que las instituciones de la UE aplican la legislación y la jurisprudencia de la UE al tramitar las solicitudes de acceso público a documentos legislativos
Noticias - Fecha Martes | 03 octubre 2023
Caso OI/4/2023/MIK - Abierto el Lunes | 02 octubre 2023 - Decisión de Martes | 03 diciembre 2024 - Instituciones responsables Parlamento Europeo ( No se justifican medidas de investigación adicionales ) | Consejo de la Unión Europea ( No se justifican medidas de investigación adicionales ) | Comisión Europea ( No se justifican medidas de investigación adicionales ) - País Francia
Inicio de una investigación
02/10/2023Investigación en curso
02/10/2023Resultado de la investigación
03/12/2024
El Defensor del Pueblo ha abierto una investigación sobre la medida en que el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea aplican el Derecho de la UE y las decisiones judiciales de la UE en lo que respecta a las solicitudes de acceso público a documentos legislativos.
Señala que investigaciones anteriores relacionadas con un acceso público insuficiente y retrasado sugieren que estas instituciones no están dando pleno efecto a la legislación de la UE y a la jurisprudencia conexa.
Por ejemplo, el Consejo se negó a dar pleno acceso público a un dictamen jurídico relacionado con un acuerdo comercial de la UE con el Reino Unido invocando una excepción de acceso para el asesoramiento jurídico. Lo hizo a pesar de que una sentencia reciente de un tribunal de la UE había concluido que si un dictamen jurídico es particularmente sensible depende del contenido del propio dictamen y no de su condición de dictamen jurídico. El Defensor del Pueblo inspeccionó el dictamen y no consideró que la información contenida en él debiera considerarse delicada.
En otro caso, la Comisión se negó a divulgar plenamente los documentos relativos a las revisiones previstas de las normas de la UE sobre sustancias químicas, alegando que la divulgación podría socavar los intereses comerciales y un proceso de toma de decisiones en curso. Sin embargo, la Comisión presentó argumentos generales, que no demostraron este riesgo con el nivel de certeza requerido por las recientes sentencias judiciales de la UE. También utilizó argumentos previamente desestimados por los tribunales de la UE en casos similares, incluido que los ciudadanos de la UE pueden ser «confundidos» si se divulgan documentos provisionales.
Para obtener una visión general del enfoque de las instituciones con respecto a las solicitudes de documentos legislativos, la Defensora del Pueblo solicitó estadísticas sobre las solicitudes de acceso iniciales y una lista de solicitudes de seguimiento (solicitudes confirmatorias) para tres actos legislativos adoptados recientemente.
El acceso oportuno del público a los documentos legislativos es esencial para que los ciudadanos de la UE participen en la elaboración de la legislación de la UE. La transparencia legislativa está consagrada en los Tratados de la UE y esto se refleja en el Reglamento de la UE sobre el acceso del público a los documentos.
Según la jurisprudencia de la Unión, las instituciones de la Unión solo pueden negarse a divulgar documentos legislativos en circunstancias excepcionales y su motivación para hacerlo debe basarse en hechos concretos y tangibles.