¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
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Mostrando 1 - 20 de 1008 resultados
Decision on how the Council of the European Union dealt with a traineeship application (case 133/2026/LA)
Viernes | 24 julio 2026
Cómo tramitó la Comisión Europea una denuncia relativa a su cese como embajadora del Pacto Europeo por el Clima
Viernes | 24 julio 2026
Decisión sobre la forma en que el Banco Central Europeo (BCE) tramitó determinados aspectos procedimentales relacionados con un informe de denunciante (asunto 637/2024/PB)
Miércoles | 22 julio 2026
El asunto se refería a la tramitación por el Banco Central Europeo (BCE) de los aspectos procedimentales relacionados con un informe de denunciante que el denunciante [1] presentó en 2022. El informe del denunciante se refería a una supuesta relación familiar entre un oficial de contratación y la persona contratada.
El autor experimentó un comportamiento de los presuntos infractores que, a su juicio, equivalía a un comportamiento inadecuado (incluido el acoso). El denunciante solicitó una investigación administrativa conexa.
El BCE decidió evaluar el informe del denunciante conjuntamente con la cuestión del supuesto comportamiento inadecuado. También informó al denunciante de que las pruebas presentadas no justificaban la apertura de una investigación administrativa. El demandante impugnó ambos puntos mediante una reclamación administrativa, que el BCE declaró inadmisible por falta de interés individual (el tratamiento conjunto de las dos cuestiones) o por falta de decisión impugnable (la falta de apertura de una investigación administrativa).
El demandante se dirigió al Defensor del Pueblo impugnando la decisión de inadmisibilidad del BCE. En el curso de la investigación del Defensor del Pueblo, el demandante también pidió al Defensor del Pueblo que examinara más detenidamente la tramitación de los informes de los denunciantes y las reclamaciones en el BCE.
El Defensor del Pueblo consideró que las razones aducidas por el BCE para declarar inadmisible la reclamación administrativa del demandante no eran convincentes.
La Defensora del Pueblo también observó que, durante su investigación, se habían producido acontecimientos importantes en la materia y que seguían en curso investigaciones internas de alto nivel conexas. Además, el BCE estaba finalizando una revisión por iniciativa propia de su marco de información, investigación y disciplina. En estas circunstancias, el Defensor del Pueblo llegó a la conclusión de que en ese momento no estaban justificadas nuevas investigaciones y dio por concluida la investigación.
[1] Por razones de anonimato, también en lo que respecta al género del denunciante, el texto se refiere al denunciante como «ellos» / «su» / «ellos».
Decisión de la Comisión Europea (Representación en Rumanía) de declarar inelegible una solicitud de empleo por incumplir el plazo
Martes | 21 julio 2026
Falta de respuesta de la Comisión Europea a una carta relativa a la fabricación de dispositivos dentales a medida
Lunes | 20 julio 2026
Cómo está tramitando la Comisión Europea una denuncia de infracción contra los Países Bajos (CPLT(2025)02390)
Miércoles | 15 julio 2026
Falta de respuesta de la Comisión Europea a una solicitud de un solicitante no seleccionado en un procedimiento de contratación pública de servicios de comunicación
Miércoles | 15 julio 2026
Decisión sobre la forma en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramitó las solicitudes de revisión de los resultados en dos procedimientos de selección EPSO/AST/151/22 y EPSO/AD/398/22 (asunto 1455/2024/VS)
Lunes | 13 julio 2026
El asunto se refería a la forma en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramitó las solicitudes de revisión de un candidato que no prosperó en dos procedimientos de selección. Entre otras cosas, el demandante alegó que la EPSO no había abordado adecuadamente sus preocupaciones y cuestionó si había revisado adecuadamente su actuación.
Después de que la Defensora del Pueblo iniciara la investigación, la EPSO proporcionó respuestas adicionales al reclamante. El Defensor del Pueblo constató que existían incoherencias entre estas y las respuestas que recibió inicialmente, y que no estaba claro si la EPSO revisó realmente sus decisiones iniciales. En el curso de la investigación, la EPSO aportó aclaraciones adicionales para explicarlo.
La Defensora del Pueblo archivó el asunto y concluyó que no se justificaban nuevas investigaciones, ya que la EPSO, en última instancia, proporcionó explicaciones razonables sobre cómo tramitó las solicitudes de revisión del reclamante. Sin embargo, la investigación puso de manifiesto problemas con las respuestas estándar de la EPSO a las solicitudes de revisión. Para abordar estas cuestiones, el Defensor del Pueblo hizo una sugerencia de mejora a la EPSO, pidiéndole que garantizara que, en el futuro, los candidatos que hayan presentado una solicitud de revisión reciban una respuesta clara, precisa y completa que les informe de si se ha llevado a cabo una revisión y de los motivos de la decisión de la EPSO.
Cómo manejó el Banco Europeo de Inversiones (BEI) una queja que planteaba preocupaciones sobre un proyecto de energía eólica en Bosnia y Herzegovina que recibió financiación del BEI
Lunes | 06 julio 2026
Cómo manejó el Banco Europeo de Inversiones (BEI) una queja que planteaba preocupaciones sobre un proyecto de energía eólica en Bosnia y Herzegovina que recibió financiación del BEI
Jueves | 02 julio 2026
Cómo está tramitando la Comisión Europea una denuncia de infracción contra España – CPLT(2025)02306
Lunes | 29 junio 2026
Cómo tramitó la Comisión Europea una denuncia de infracción relativa a la clasificación de vehículos en Italia
Viernes | 26 junio 2026
Cómo preparó la Comisión Europea una propuesta para modificar la legislación relacionada con la política agrícola común
Jueves | 25 junio 2026
Decisión de la Comisión Europea de no llevar a cabo una evaluación de impacto sobre dos propuestas legislativas para luchar contra el tráfico ilícito de migrantes
Jueves | 25 junio 2026
Decisión sobre el cumplimiento por parte de la Comisión Europea de sus normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento en la preparación de propuestas legislativas que consideró urgentes (983/2025/MIK, el asunto «Ómnibus», 2031/2024/VB, el asunto «migración», y 1379/2024/MIK, el asunto «CAP»)
Jueves | 25 junio 2026
Los tres asuntos se referían a la forma en que la Comisión Europea aplicó sus normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento al preparar propuestas legislativas relativas a la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (983/2025/MIK), la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes (2031/2024/VB) y la política agrícola común (1379/2024/MIK). La Comisión consideró que estas propuestas eran urgentes y, por lo tanto, omitió las medidas previstas en sus normas, como las evaluaciones de impacto y las consultas públicas. Los denunciantes, que son organizaciones de la sociedad civil, consideraron que estas omisiones incumplían las normas de la Comisión sobre la mejora de la legislación. En dos casos, los denunciantes también alegaron que la Comisión no evaluó la coherencia de las propuestas legislativas con los objetivos climáticos de la UE, tal como exige la Legislación Europea sobre el Clima. En un caso, al demandante le preocupaba además que la Comisión infringiera su Reglamento interno sobre las consultas interservicios.
Sobre la base de sus investigaciones, la Defensora del Pueblo detectó deficiencias de procedimiento en la forma en que la Comisión preparó las propuestas legislativas en cuestión, que, en conjunto, constituyeron una mala administración. Para subsanar estas deficiencias, la Defensora del Pueblo recomendó que la Comisión garantizara una aplicación previsible, coherente y no arbitraria de sus normas para la mejora de la legislación, definiendo las situaciones «urgentes» que justifican una excepción a sus requisitos, así como registrando y explicando los motivos de las excepciones concedidas. Además, cuando se concedan excepciones, la Comisión debe establecer un procedimiento para garantizar que la preparación urgente de propuestas legislativas siga cumpliendo los principios de un proceso legislativo transparente, basado en pruebas e inclusivo. Para ayudar a la Comisión en esta tarea, el Defensor del Pueblo también hizo cuatro sugerencias de mejora, que incluían: aclarar sus normas de consulta a las partes interesadas para las propuestas urgentes; garantizar que los documentos analíticos que sustituyan a las evaluaciones de impacto y describan las pruebas que respaldan sus propuestas se publiquen oportunamente para permitir un debate público antes de la adopción de la legislación; publicar orientaciones sobre la aplicación de evaluaciones de la coherencia climática; proporcionar y registrar justificaciones al acortar los períodos de consulta interservicios por debajo de los umbrales establecidos.
En su respuesta al Defensor del Pueblo, la Comisión acordó reflexionar sobre la definición de situaciones «urgentes» durante la próxima revisión de las normas para la mejora de la legislación, así como registrar y publicar los motivos para aplicar cualquier excepción a sus requisitos. La Comisión también se comprometió a garantizar consultas específicas sobre sus propuestas «urgentes», a publicar los documentos analíticos con pruebas que respalden sus propuestas en un plazo de tres meses a partir de su adopción, a incluir evaluaciones de la coherencia climática tanto en los documentos analíticos como en los memorandos explicativos de futuras propuestas y a proporcionar justificaciones para unas consultas interservicios más breves.
Los denunciantes, en sus observaciones sobre la respuesta de la Comisión, consideraron que los compromisos de la Comisión no son lo suficientemente claros ni concretos como para garantizar un proceso legislativo transparente, inclusivo y basado en pruebas.
La Defensora del Pueblo acogió con satisfacción la respuesta constructiva general de la Comisión a sus recomendaciones y sugerencias de mejora. Dicho esto, la respuesta de la Comisión aún no aporta suficiente claridad sobre las medidas concretas que pretende adoptar para aplicar las recomendaciones y sugerencias de mejora del Defensor del Pueblo.
Por consiguiente, el Defensor del Pueblo supervisará este asunto sobre la base de futuras reclamaciones y una vez que la Comisión haya finalizado la revisión de las normas para la mejora de la legislación. En esta fase, no se justifican más investigaciones, y el Defensor del Pueblo archivó los tres casos.
Cómo está tramitando la Comisión Europea un procedimiento de infracción relativo a las concesiones de playas en Italia [INFR(2020)4118]
Viernes | 19 junio 2026
El Banco Europeo de Inversiones (BEI) alegó el incumplimiento de sus normas internas en una evaluación del personal
Viernes | 19 junio 2026
Falta de respuesta de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (FRONTEX) a las preocupaciones sobre las disparidades salariales de los agentes temporales
Miércoles | 17 junio 2026