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El acceso de la Agencia Europea de Medicamentos a los documentos no se ajusta a las prácticas de buena administración, dice el Defensor del Pueblo
Noticias - Fecha Lunes | 18 diciembre 2023
Caso 2243/2022/SF - Abierto el Martes | 14 febrero 2023 - Decisión de Miércoles | 13 diciembre 2023 - Institución concernida Agencia Europea de Medicamentos ( Se constató mala administración ) - País Países Bajos
Reclamación presentada
13/12/2022Análisis de la reclamación
13/12/2022Investigación en curso
11/01/2023Resultado de la investigación
13/12/2023
El Defensor del Pueblo ha criticado dos prácticas que aplica la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) al tramitar las solicitudes de acceso a documentos.
La primera se refiere a la tramitación por parte de la EMA de determinadas solicitudes de acceso público a documentos colocándolas en una cola cronológica. En opinión del Defensor del Pueblo, esta práctica no cumple el requisito del Reglamento de transparencia de la UE de que la administración de la UE tramite las solicitudes de acceso con prontitud.
La segunda práctica se refiere a la EMA que restringe a las personas a un máximo de cinco solicitudes en la cola cronológica en un momento dado y limita cada una de estas solicitudes a no más de dos documentos. Esta «regla 5-2» es arbitraria y no tiene en cuenta la longitud, la complejidad o el número total de documentos que entran en el ámbito de aplicación de las solicitudes individuales. En consecuencia, el Defensor del Pueblo consideró que constituía una mala administración.
La Defensora del Pueblo señaló que la EMA ya está tomando medidas para eliminar gradualmente la cola cronológica y pidió a la agencia que le informara sobre su progreso.
Las conclusiones de la Defensora del Pueblo surgieron como parte de una investigación sobre el acceso público a documentos relativos a una vacuna contra la rinotraqueítis infecciosa bovina.