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El Defensor del Pueblo Europeo invita al público a enviar sus observaciones en relación con su investigación de oficio sobre el problema del retraso en los pagos por parte de la Comisión Europea
Public consultation - Date Tuesday | 12 January 2010
Case OI/1/2009/GG - Opened on Tuesday | 17 February 2009 - Decision on Tuesday | 08 February 2011
Contexto
Desde el establecimiento de la institución del Defensor del Pueblo Europeo el 1995, muchas de las reclamaciones recibidas están relacionadas con el retraso en los pagos por parte de las instituciones y los órganos de la Unión.
En 1999, el Defensor del Pueblo decidió iniciar una investigación de oficio («IO») sobre el problema del retraso en los pagos por parte de la Comisión Europea, institución que se encarga de la administración de la mayor parte de los pagos que realiza la UE. Tras brindar a las partes interesadas la posibilidad de comentar al respecto, el Defensor del Pueblo llegó a la conclusión de que era previsible que las medidas aplicadas o propuestas por la Comisión, debidamente ejecutadas, redundaran en un progreso considerable en este ámbito.
En 2007, el Defensor del Pueblo decidió iniciar una nueva IO relacionada con esta cuestión. Durante el transcurso de dicha investigación, la Comisión informó al Defensor del Pueblo de una serie de medidas adicionales que había aplicado, tanto en el ámbito administrativo como en el legislativo, con el propósito de mejorar la puntualidad de sus pagos. El Defensor del Pueblo consideró que estas medidas eran muy útiles y susceptibles de producir mejoras, si bien parecía todavía pronto para evaluar su impacto sobre la situación. En opinión del Defensor del Pueblo, el modo más oportuno de actuar era iniciar una nueva IO en 2009, cuando ya se dispusieran de cifras relativas a los resultados obtenidos por la Comisión en 2008, con objeto de determinar si ésta había aplicado todas las medidas necesarias para combatir los retrasos en sus pagos o si se requerían medidas adicionales.
Como resultado, el Defensor del Pueblo inició una nueva IO en febrero de 2009, solicitando por medio de una carta a la Comisión un informe al respecto. Tras examinar dicho informe, el Defensor del Pueblo pidió información adicional a la Comisión, que fue enviada a finales del mes de octubre de 2009.
Consulta al público
El Defensor del Pueblo considera que es apropiado y útil brindar a las partes interesadas la oportunidad de manifestar sus observaciones sobre este asunto. Por este motivo, es posible acceder a la correspondencia mantenida entre el Defensor del Pueblo y la Comisión a través de esta página en Internet. La mayor parte de las reclamaciones que guardan relación con el retraso en los pagos han sido enviadas en alemán, francés e inglés. El Defensor del Pueblo considera por tanto que la puesta a disposición del público de la documentación relevante en estas tres lenguas constituye un compromiso razonable entre el deseo de informar a los ciudadanos en el mayor número de lenguas posible, y la necesidad de administrar el dinero de los contribuyentes europeos con prudencia y austeridad.
Las aportaciones de las partes interesadas pueden remitirse, naturalmente, en cualquiera de las lenguas mencionadas en el apartado 1 de artículo 55 del Tratado de la Unión Europea.
Podrán acceder a dichos intercambios tanto la Comisión como terceras partes interesadas.
Objetivo del Defensor del Pueblo
La presente IO guarda relación con el problema del retraso en los pagos por parte de la Comisión. El Defensor del Pueblo estaría por tanto muy interesado en recibir comentarios de asociaciones, compañías y ciudadanos interesados que manifiesten si, a su juicio, los esfuerzos realizados por la Comisión en este ámbito son suficientes, o qué medidas adicionales podrían y deberían aplicarse.
Con esta investigación no se pretende examinar ni resolver casos particulares de retraso en los pagos. Estos últimos pueden presentarse al Defensor del Pueblo a través de reclamaciones individuales. A través de esta página Web es posible acceder a un formulario de reclamación que se puede utilizar para dicho fin.
Fecha límite para la presentación de observaciones
El plazo para el envío de observaciones al Defensor del Pueblo finaliza el 31 de marzo de 2010.
por carta: Defensor del Pueblo Europeo, 1 avenue du Président Robert Schuman, CS 30403, F-67001 Estrasburgo Cedex
por fax: +33-388-179062
por correo electrónico: http://www.ombudsman.europa.eu/shortcuts/contacts.faces
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