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Nota sobre los resultados de la consulta pública relativa a la investigación OI/1/2009/GG

La consulta pública

El 12 de enero de 2010, el Defensor del Pueblo inició una consulta pública.

Las respuestas recibidas

En el plazo previsto (31 de marzo de 2010), se habían presentado ocho contribuciones. Los días 13 y 14 de abril de 2010 se presentó otra contribución.

Sobre las alegaciones formuladas en las respuestas

Los argumentos expuestos en estas contribuciones pueden resumirse del siguiente modo:

(1) Una vez que la documentación pertinente se presenta a la Comisión, esta última suele transmitir una lista de observaciones e indica errores y defectos relacionados con los documentos que deben corregirse. Se suspende el plazo de pago hasta que el solicitante haya introducido las modificaciones necesarias. Una vez efectuadas estas correcciones, la Comisión vuelve a transmitir observaciones que no están relacionadas con las correcciones anteriores y que se refieren a cuestiones que ya podrían haberse planteado en sus primeras observaciones. Esto conduce de nuevo a una suspensión del plazo de pago.

(2) Los retrasos se deben, en particular, al hecho de que hay dos departamentos separados que se ocupan de los informes en lo que respecta a los aspectos sustantivos y administrativos, respectivamente. No parece haber suficiente comunicación entre estos departamentos. Las consultas de los solicitantes a menudo se pasan de uno de estos departamentos al otro y viceversa, lo que complica aún más las cosas.

(3) Durante las vacaciones de verano de cuatro semanas, prácticamente no hay nadie disponible en la Comisión para tratar los problemas de pago.

(4) El problema de la morosidad es endémico, es decir, es un problema que está integrado en el sistema. Los retrasos se producen cuando la Comisión tiene preguntas a uno o más socios del proyecto que conducen a un proceso interactivo entre la Comisión, el coordinador del proyecto y los socios que puede ser bastante prolongado. Cuando se propone una modificación del contrato, los pagos se suspenden hasta que se haya finalizado la modificación. Por último, los retrasos se producen porque el responsable financiero de la Comisión está enfermo o porque es nuevo y tarda tiempo en tramitar los asuntos.

(5) La Comisión retiene el 20 % del presupuesto al efectuar pagos intermedios. Esto significa que se debe mucho dinero durante mucho tiempo después del final del proyecto.

(6) El problema ha empeorado mucho desde que la Comisión pasó de los pagos semestrales a los pagos anuales. El sistema necesita cambiar para que los pagos se reciban con más frecuencia, digamos trimestralmente, con intereses que se pagarán si los pagos se retrasan más de 1 mes por cualquier razón.

(7) Cuando los pagos se retrasan, el beneficiario a menudo necesita encontrar los medios necesarios para cubrir los gastos pertinentes mientras tanto. El derecho a solicitar intereses de demora no resuelve los problemas que plantea la búsqueda de dichos fondos.

(8) Parece que el problema ya no se debe al sistema central de pagos de la Comisión, sino a los retrasos de la delegación de la Comisión en el país de que se trate. Esto apunta a problemas de gestión/personal en algunas Delegaciones, que deberían examinarse más de cerca.

(9) Los retrasos en el pago podrían deberse a la falta de competencia o de atención por parte de los funcionarios responsables. Por consiguiente, debe elaborarse un código de buena conducta para definir los derechos y obligaciones de los acreedores y prever medidas adecuadas, en particular una compensación sistemática en caso de retrasos evitables. Este código debe ser obligatorio.

(10) Debe abrirse sistemáticamente una investigación cuando no se respete este código o se produzcan retrasos evitables, a fin de comprender el origen de estas dificultades, establecer los motivos y las responsabilidades y definir medidas correctoras (en particular, sanciones disuasorias contra las personas responsables).

(11) Los considerandos 18 y 19 y los artículos 4, apartado 6, y 12 de la Directiva 2000/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 88/357/CEE del Consejo (DO 2000, L 181, p. 65), podrían servir de modelo para las medidas que deben adoptarse.

(12) Cuando surgen preguntas o problemas en relación con un socio del proyecto, los pagos se retienen en relación con todo el consorcio. Sería útil considerar la posibilidad de garantizar que al menos los demás socios del proyecto ya estén pagados.

(13) Existe una falta de uniformidad en lo que respecta al plazo de 30 días para los pagos a los proveedores. La DG AIDCO, por ejemplo, aplica un plazo de 45 días.

(14) El plazo para efectuar el pago solo comienza a correr en la fecha en que la Comisión introduce una factura en el sistema. De hecho, el período pertinente solo comienza a correr cuando la Comisión confirma que la factura está completa (aceptación provisional - PAC). La fecha en que se suministre el producto o servicio sería una fecha más apropiada.

(15) Las solicitudes de información complementaria permiten a la Comisión dar la impresión de que no se han producido retrasos.

(16) Las partes interesadas no se ponen en contacto con el Defensor del Pueblo Europeo porque temen perder a la Comisión como cliente. Las empresas también renuncian a cualquier reclamación por daños y perjuicios debido a la demora en el pago.

(17) Los expertos que trabajan para la Comisión son remunerados regularmente solo después de 55-65 días, a veces incluso más tarde. El problema parece deberse a la falta de compromiso y motivación por parte del personal de la Comisión que se ocupa de cuestiones financieras. La Comisión debería velar por que este personal esté mejor cualificado, por que se cree un ambiente de trabajo propicio para el compromiso y la motivación y por que se introduzca un sistema de responsabilidad personal, combinado con una remuneración relacionada con el rendimiento.

GG
21/4/2010

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