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Carta del Defensor del Pueblo Europeo por la que se abre una investigación de propia iniciativa OI/1/2009/GG relativa a la Comisión Europea

D. José Manuel Barroso
Presidente Comisión
Europea
B-1049 Bruselas
BÉLGICA

 

Estrasburgo, 17 de febrero de 2009

Investigación de oficio OI/1/2009/GG relativa a la Comisión Europea

Señor Presidente,

El artículo 195 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea faculta al Defensor del Pueblo Europeo para llevar a cabo investigaciones por iniciativa propia en relación con posibles casos de mala administración en las actividades de las instituciones y organismos comunitarios.

En su investigación de oficio OI/5/99/(IJH)GG, el Defensor del Pueblo investigó el asunto de la morosidad por parte de la Comisión. Esta investigación se dio por concluida el 16 de febrero de 2001.

El 14 de diciembre de 2007, le informé de que había decidido iniciar una investigación de oficio sobre la cuestión de la puntualidad del pago por parte de la Comisión Europea (OI/5/2007/GG). Esta investigación se dio por concluida el 20 de junio de 2008.

En mi decisión de cierre de esta investigación, observé que muchas de las medidas adoptadas por la Comisión en este contexto, y en particular las que dieron lugar a cambios en el Reglamento 2342/2002, parecían ser relativamente recientes y que, por lo tanto, era demasiado pronto para evaluar el impacto que tendrían en la situación. En mi opinión, la mejor manera de proceder era cerrar la investigación OI/5/2007/GG y abrir una nueva investigación por iniciativa propia a principios de 2009, cuando se dispusiera de las cifras del rendimiento de la Comisión en 2008.

Por lo tanto, he decidido abrir una nueva investigación de oficio sobre la cuestión de la puntualidad del pago por parte de la Comisión.

Le agradecería mucho que la Comisión me informara de los resultados de las medidas que ha adoptado para identificar y abordar las causas de los retrasos en los pagos a los contratistas y a los beneficiarios de subvenciones y subsidios. Naturalmente, también me interesaría obtener información sobre cualquier otra medida que la Comisión pueda haber adoptado en este ámbito.

En este contexto, sería muy útil que la Comisión presentara también datos estadísticos que pudieran ilustrar el problema o las medidas correctoras adoptadas por la Comisión. Estaría especialmente interesado en recibir información sobre el número y el porcentaje de casos en que se produjeron retrasos en los pagos, sobre el alcance de los retrasos que se produjeron, sobre las sumas correspondientes y sobre los casos en que se pagaron intereses de demora.

Como expliqué en el punto 1.10 de mi decisión sobre el asunto OI/5/2007/GG, también considero necesario revisar los efectos de la revisión del artículo 106, apartado 5, del Reglamento n.o 2342/2002. Por lo tanto, agradecería mucho que la Comisión abordara este aspecto en su dictamen.

Le agradecería mucho que la Comisión enviara su dictamen a más tardar el 31 de mayo de 2009.

Si tiene alguna pregunta sobre este caso, no dude en ponerse en contacto con el Sr. Gerhard Grill (+ 33 3 88 17 24 23), que será el responsable de esta investigación.

Le saluda con sinceridad,

 

P. Nikiforos DIAMANDOUROS

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