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Solicitud de reunión y documentos sobre la investigación estratégica OI/6/2014/NF - Anexo II

Metodología utilizada para elaborar el anexo III

Elección de los grupos de expertos

Para examinar la calidad de las actas de los grupos de expertos, se seleccionaron quince grupos de expertos de ocho Direcciones Generales de la Comisión. Estos grupos de expertos se eligieron en función de los tipos de miembros presentes en los grupos de expertos, a saber:

Miembros de tipo A, que son personas nombradas a título personal, actuando de forma independiente y en interés público;

Miembros de tipo B, que son individuos designados para representar un interés común compartido por las partes interesadas en un área política particular; y,

Miembros de tipo C, que son organizaciones en el sentido amplio de la palabra, incluidas empresas, asociaciones, ONG, sindicatos, universidades, institutos de investigación, bufetes de abogados y consultorías.

Se seleccionaron los siguientes grupos de expertos:

1. DG Agricultura y Desarrollo Regional (DG AGRI)

a. Grupo de Expertos en Mercados Agrícolas, en particular en lo que respecta a los aspectos que entran en el ámbito de aplicación del Reglamento único para las OCM

b. CDG Cultivos herbáceos

c. CDG Medio ambiente y cambio climático

2. DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión (DG EMPL)

a. ESCO

3. DG Medio Ambiente (DG ENV)

a. Grupo de Coordinación para la Biodiversidad y la Naturaleza

4. DG Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales (DG FISMA)

a. Reparación transfronteriza en los servicios financieros

b. Foro Europeo de Post-Comercio

c. Grupo de Expertos en el Mercado de Sistemas de Pago

5. DG Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes (DG GROW)

a. Grupo de expertos de la Comisión sobre la iniciativa empresarial social (GECES)

b. Grupo de expertos de alto nivel sobre industrias de gran consumo de energía

c. Grupo de expertos de múltiples partes interesadas sobre contratación pública electrónica

6. DG Justicia y Consumidores (DG JUST)

a. Grupo de expertos en reestructuración y régimen de la insolvencia

7. DG Movilidad y Transportes (DG MOVE)

a. Foro Europeo del Transporte Marítimo Sostenible (ESSF)

b. Órgano consultivo sobre la accesibilidad del sistema ferroviario de la UE para las PMR

8. DG Fiscalidad y Unión Aduanera (DG Fiscalidad y Unión Aduanera)

a. Grupo de Expertos sobre el IVA

Las actas de las reuniones de los grupos de expertos pueden consultarse en el Registro de grupos de expertos de la Comisión y otras entidades similares [1]. Las actas de dos reuniones se seleccionaron por grupo de expertos: las actas de una reunión antes del 30 de mayo de 2016 [2] y las actas de la reunión más reciente.

Registramos información básica sobre los grupos de expertos y las actas, a saber, el nombre del grupo de expertos, el número E (un número único asignado a cada grupo de expertos de la Comisión), el sitio web del grupo de expertos y los enlaces a las dos series de actas, así como el (proyecto de) orden del día. Estas actas se cotejaron con una lista de comprobación de los criterios de calidad (véase más adelante).

Hemos revisado lo siguiente:

· Lista de participantes: ¿Contenía el acta una lista de participantes en la reunión?

· Disidencia: ¿Mencionó el acta las opiniones discrepantes de los participantes?

· Comentarios atribuidos: ¿Se atribuyeron comentarios a miembros específicos? Se aceptó el uso de una abreviatura para indicar quién hizo un comentario en particular (por ejemplo: «NL señaló que ...»), ya que el miembro específico podía identificarse utilizando la lista de participantes.

Puntos de acción o conclusiones: ¿Contuvo el acta puntos de acción claros, decisiones o conclusiones tomadas por el grupo de expertos como resultado de la reunión? (Nota: No todas las reuniones tienen como propósito llegar a una decisión o conclusión específica. No obstante, el acta debe indicar, como mínimo, que no se ha adoptado ni llegado a ninguna decisión o conclusión específica o que la naturaleza de la reunión no lo exige.)

· Suficiente detalle: ¿Contuvo el acta suficiente detalle para informar a los ciudadanos de cómo los grupos de expertos han llegado a una decisión, opinión o conclusión?

Esto se centró en si se puede determinar a partir de las actas cuál fue el proceso de toma de decisiones durante la reunión y cómo el grupo de expertos trató cada punto del orden del día.

· Cada punto del orden del día discutido: ¿Cubrió el acta todos los puntos descritos en el (proyecto) de orden del día de la reunión?

o Aunque no se debatieron todos los puntos del orden del día, también se comprobó este criterio para determinar si en el acta se mencionaba que determinados puntos no se debatían (por ejemplo, debido a limitaciones de tiempo).

El Tribunal documentó en una hoja de cálculo Excel (véase el anexo III) los datos básicos sobre los grupos de expertos, así como los criterios para comprobar la calidad de las actas. A continuación, analizamos el acta de la reunión y elegimos: «Sí», «No» o «*Otros». Esta última categoría se refería a casos inusuales que requerían explicaciones adicionales o que no encajaban en una opción de «sí/no».

Por último, el número agregado de cada una de las tres opciones se determinó y se mostró en una pestaña separada de la hoja de cálculo de Excel (página «overview»). Esto permite una comparación bastante contundente entre la calidad de los minutos anteriores y posteriores al 30 de mayo de 2016.

 

[1] http://ec.europa.eu/transparency/regexpert/index.cfm

[2] El 30 de mayo de 2016 es la fecha en que la Comisión adoptó su Decisión por la que se establecen nuevas normas horizontales sobre la creación y el funcionamiento de los grupos de expertos de la Comisión.

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