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The European Commission’s failure to reply to concerns about the proposed legislative package on the food and feed safety simplification
Viernes | 19 junio 2026
Cómo garantiza la Comisión Europea la transparencia, la inclusión y la rendición de cuentas en la adopción de normas armonizadas relacionadas con la inteligencia artificial
Miércoles | 13 mayo 2026
Decisión sobre la forma en que el Banco Central Europeo (BCE) tramitó una solicitud de acceso público a documentos relativos a sus políticas relacionadas con el género (asunto 1309/2025/MIG)
Martes | 12 mayo 2026
El asunto se refería a la negativa del Banco Central Europeo (BCE) a dar acceso público a documentos que contenían asesoramiento relacionado con su política de género y medidas conexas. El BCE consideró que la divulgación socavaría la protección del asesoramiento jurídico y su toma de decisiones interna. El denunciante alegó que existe un interés público superior en la divulgación, es decir, en la comprensión del razonamiento jurídico en el que se basa la política de género del BCE y las medidas conexas.
El equipo de investigación del Defensor del Pueblo inspeccionó los documentos controvertidos. Sobre esta base, el Defensor del Pueblo consideró que el contenido de los documentos podía considerarse razonablemente asesoramiento jurídico y que había sido razonable que el BCE considerara que la divulgación de los documentos habría socavado la protección otorgada al asesoramiento jurídico. Además, el Defensor del Pueblo consideró razonable que el BCE considerara que no existía un interés público superior en la divulgación.
Así pues, el Defensor del Pueblo archivó la investigación y constató que no había mala administración.
Cómo abordó la Comisión Europea dos solicitudes de acceso público a documentos relativos a una Iniciativa Ciudadana Europea («Europa sin pieles»)
Viernes | 06 marzo 2026
Cómo ha tratado la Comisión Europea una iniciativa ciudadana europea («Europa sin pieles»)
Martes | 03 marzo 2026
Cómo ha tratado la Comisión Europea una iniciativa ciudadana europea («Europa sin pieles»)
Lunes | 02 marzo 2026
Cómo respondió el Fondo Europeo de Inversiones a las preguntas de un periodista sobre una financiación específica
Miércoles | 25 febrero 2026
Cómo autorizó la Comisión Europea la torta fermentada de colza como nuevo alimento
Jueves | 29 enero 2026
Cómo autorizó la Comisión Europea la torta fermentada de colza como nuevo alimento
Martes | 27 enero 2026
Recomendación sobre el cumplimiento por parte de la Comisión Europea de las normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento en la preparación de propuestas legislativas que consideró urgentes (983/2025/MAS, el asunto «Ómnibus», 2031/2024/VB, el asunto «migración», y 1379/2024/MIK, el asunto «CAP»)
Martes | 25 noviembre 2025
Los tres asuntos se refieren a la forma en que la Comisión Europea aplicó sus normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento al preparar propuestas legislativas relativas a la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (983/2025/MAS), la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes (2031/2024/VB) y la política agrícola común (1379/2024/MIK). La Comisión consideró que estas propuestas eran urgentes y, por lo tanto, omitió las medidas previstas en sus normas, como las evaluaciones de impacto y las consultas públicas. Los denunciantes, que son organizaciones de la sociedad civil, consideraron que estas omisiones incumplían las normas de la Comisión sobre la mejora de la legislación. En dos casos, los denunciantes también alegaron que la Comisión no comprobó la coherencia de las propuestas legislativas con los objetivos climáticos de la UE, tal como exige la Legislación Europea sobre el Clima. En un caso, al demandante le preocupaba además que la Comisión infringiera su Reglamento interno sobre las consultas interservicios.
El Defensor del Pueblo inició investigaciones sobre los tres casos. Recibió la respuesta escrita de la Comisión en los tres casos, inspeccionó los expedientes pertinentes de la Comisión y sus equipos de investigación se reunieron con representantes de la Comisión en el contexto de dos investigaciones.
La Comisión respondió que las normas de mejora de la legislación no son una ley vinculante, sino un conjunto de herramientas de elaboración de políticas para recopilar información pertinente que debe aplicarse de manera proporcionada. También alegó que había recopilado todas las pruebas pertinentes antes de adoptar las propuestas legislativas en cuestión, había consultado a las partes interesadas y había llevado a cabo las evaluaciones de la coherencia climática y la consulta interservicios de conformidad con las normas aplicables.
Sobre la base de sus investigaciones, la Defensora del Pueblo constató una serie de deficiencias de procedimiento en la forma en que la Comisión preparó las propuestas legislativas que, en conjunto, constituyen mala administración.
En particular, el Defensor del Pueblo constató que la Comisión adoptó una interpretación amplia de la «urgencia» y no justificó suficientemente la «urgencia» de las propuestas legislativas hacia el público ni documentó sus excepciones a las normas aplicables en materia de mejora de la legislación. El Defensor del Pueblo también constató que la Comisión no ha establecido un procedimiento que garantice, como exigen los Tratados y la jurisprudencia, una preparación transparente, basada en pruebas e inclusiva de las propuestas legislativas «urgentes». La Defensora del Pueblo también constató que, al no mantener registros adecuados de los controles obligatorios de coherencia de sus propuestas con los objetivos climáticos de la UE, la Comisión no actuó de manera responsable.
Para subsanar estas deficiencias, el Defensor del Pueblo formuló dos recomendaciones. El Defensor del Pueblo recomendó que la Comisión garantizara una aplicación previsible, coherente y no arbitraria de sus normas para la mejora de la legislación, definiendo las situaciones «urgentes» que justifican una excepción a los requisitos establecidos en las normas. Además, cuando se concedan excepciones, la Comisión debe establecer un procedimiento para garantizar que la preparación urgente de propuestas legislativas siga cumpliendo los principios de un proceso legislativo transparente, basado en pruebas e inclusivo. Para ayudar a la Comisión en esta tarea, el Defensor del Pueblo hizo cuatro sugerencias, que incluyen aclarar sus normas de consulta a las partes interesadas para las propuestas urgentes y garantizar que las pruebas que respaldan sus propuestas se publiquen a su debido tiempo para permitir un debate público antes de que se adopte la legislación.
Cómo garantiza la Comisión Europea la transparencia, la inclusión y la rendición de cuentas en la adopción de normas armonizadas relacionadas con la inteligencia artificial
Viernes | 26 septiembre 2025
Cómo abordó el Banco Central Europeo (BCE) una solicitud de acceso público a documentos e información sobre sus políticas relacionadas con el género
Viernes | 19 septiembre 2025
Gestión del riesgo de las sustancias químicas peligrosas por parte de la Comisión Europea
Martes | 01 julio 2025
Decisión sobre la gestión del riesgo de las sustancias químicas peligrosas por parte de la Comisión Europea (asunto OI/2/2023/MIK)
Martes | 01 julio 2025
Esta investigación de propia iniciativa se refería a la forma en que la Comisión Europea decide sobre las solicitudes presentadas por las empresas para la autorización de sustancias químicas especialmente peligrosas en virtud del Reglamento de la UE relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (en lo sucesivo, «Reglamento REACH»). Estas sustancias especialmente peligrosas pueden ser carcinógenas, mutágenas, tóxicas para la reproducción o tener propiedades de alteración endocrina. Si bien el proceso de toma de decisiones sobre estas solicitudes está en curso, las empresas que han presentado las solicitudes dentro de un plazo pueden seguir utilizando las sustancias en la UE. En vista de las preocupaciones sobre los retrasos en el proceso de toma de decisiones de la Comisión, el Defensor del Pueblo investigó el tiempo que le toma a la Comisión decidir sobre las solicitudes de autorización de sustancias químicas especialmente peligrosas, así como sobre la transparencia del proceso de autorización.
El Defensor del Pueblo constató que, si bien el plazo legal es de tres meses, la Comisión tardó una media de 14,5 meses y, en algunos casos, varios años en preparar proyectos de decisión para conceder o denegar la autorización. Además, el proceso de toma de decisiones carecía de transparencia. La Defensora del Pueblo constató que el incumplimiento sistemático por parte de la Comisión del plazo legal y de la garantía de transparencia constituía una mala administración.
Los retrasos constituyen un grave riesgo para la salud pública y el medio ambiente. Los retrasos también socavan los intereses de las empresas cuyas actividades económicas pueden verse perturbadas debido a la persistente incertidumbre sobre si se concederá una autorización. Ante estos retos, la Comisión debe hacer todo lo posible para presentar un plan claro sobre cómo abordar los retrasos.
El Defensor del Pueblo formuló recomendaciones a la Comisión para que revisara sus procedimientos internos a fin de garantizar que pudiera adoptar decisiones más rápidas sobre estas solicitudes. Como parte de esto, la Comisión debe aplicar la norma según la cual los solicitantes deben demostrar que han cumplido los requisitos legales para la autorización (la carga de la prueba) y dar prioridad a la denegación de aquellas solicitudes que no contengan información suficiente a este respecto. La Comisión también debe garantizar que publica actas resumidas más significativas de las reuniones del «Comité REACH», compuesto por representantes de los Estados miembros, que aprueba las decisiones finales.
La Comisión aceptó la recomendación del Defensor del Pueblo de publicar actas resumidas más significativas de las reuniones del «Comité REACH». Sin embargo, no estuvo de acuerdo con el análisis de la Defensora del Pueblo de las principales causas de los retrasos, afirmando que los retrasos se debían principalmente a factores ajenos a su control, a saber, el gran número de solicitudes, las divergencias entre los miembros del Comité REACH y el tiempo necesario para aplicar los cambios exigidos por el Tribunal.
Lamentablemente, la Comisión no abordó la recomendación del Defensor del Pueblo de revisar sus largos procedimientos internos y proporcionó información incoherente e incompleta sobre su práctica de hacer cumplir la carga de la prueba al evaluar las solicitudes de autorización. En general, la Comisión no presentó un plan claro y exhaustivo sobre cómo abordar el reto de los retrasos en el procedimiento de autorización. Es necesario que la Comisión adopte nuevas medidas para aplicar plenamente los objetivos del Reglamento REACH y la jurisprudencia reciente a fin de evitar retrasos en la gestión de riesgos de sustancias químicas especialmente peligrosas. Por lo tanto, la Defensora del Pueblo mantiene su conclusión de mala administración.
Recomendación sobre la gestión del riesgo de las sustancias químicas peligrosas por parte de la Comisión Europea (asunto OI/2/2023/MIK)
Martes | 01 julio 2025
Esta investigación de propia iniciativa se refería a la forma en que la Comisión Europea decide sobre las solicitudes presentadas por las empresas para la autorización de usos específicos de sustancias químicas especialmente peligrosas. Estas sustancias pueden ser carcinógenas, mutágenas, tóxicas para la reproducción o tener propiedades de alteración endocrina. De conformidad con el Reglamento de la UE sobre el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (en lo sucesivo, «Reglamento REACH»), mientras esté en curso este proceso de toma de decisiones, las empresas que hayan presentado las solicitudes dentro de un plazo pueden seguir utilizando las sustancias en la UE. Se ha expresado preocupación por los retrasos en el proceso de toma de decisiones, lo que significa que estas sustancias peligrosas siguen utilizándose, así como por la falta de transparencia del proceso.
El Defensor del Pueblo constató que, si bien el plazo legal es de tres meses, la Comisión tardó una media de 14,5 meses y, en algunos casos, varios años en preparar proyectos de decisión para conceder o denegar la autorización. Estos retrasos sistémicos y el consiguiente incumplimiento por parte de la Comisión de los plazos legales en el proceso de toma de decisiones constituyen mala administración. Para abordar esta cuestión, el Defensor del Pueblo recomendó a la Comisión que revisara sus procedimientos internos para garantizar que pueda adoptar decisiones más rápidas sobre estas solicitudes. Esto reflejaría el propósito de la legislación, que es eliminar o controlar con urgencia el uso de sustancias químicas particularmente peligrosas. Como parte de ello, la Comisión debe garantizar que las empresas que soliciten autorizaciones cumplan su obligación de presentar solicitudes que contengan información suficiente para que la Comisión decida si se cumplen las condiciones legales para la autorización, y debe dar prioridad al rechazo de las solicitudes que no contengan información suficiente. Esto también significaría que las empresas que no proporcionen información suficiente con su solicitud no podrían seguir comercializando las sustancias para el uso en cuestión.
El Defensor del Pueblo también consideró que la Comisión no garantiza una transparencia suficiente del proceso de toma de decisiones, lo que constituye una mala administración. Para abordar esta cuestión, el Defensor del Pueblo recomendó que la Comisión publicara informes más significativos de las reuniones del «Comité REACH», que reúne a representantes de la Comisión y de los Estados miembros, y aprueba las decisiones finales. Estos informes deberían publicarse oportunamente y sin duda antes de la próxima reunión. Dada la importancia de las deliberaciones de la comisión, el público debe poder seguir su trabajo en las diferentes fases del proceso de toma de decisiones sobre sustancias específicas y comprender las razones de los posibles retrasos para exigir responsabilidades a los agentes implicados.
Cómo decidió la Comisión Europea la composición del Grupo Consultivo de la Industria de la Plataforma Energética de la UE
Lunes | 10 marzo 2025