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Retrasos en la ejecución de dos contratos que dieron lugar a una reducción de los fondos pagados al reclamante

Alegaciones

1)La Comisión rechazó erróneamente la solicitud del denunciante, de 8 de noviembre de 2010, de ampliar el plazo para la ejecución de los contratos.

2) La Comisión no tuvo en cuenta que el retraso de 101 días en la ejecución de los contratos no se debió a la culpa del denunciante.

Reclamación(es)

1) La Comisión debe prorrogar retroactivamente el plazo para la ejecución de los contratos hasta el 31 de diciembre de 2010.

2) La Comisión no debe aplicar el artículo 21.1 de las Condiciones Generales [1] al mencionado retraso de 101 días en la ejecución de los contratos. La indemnización por daños y perjuicios correspondiente a los dos contratos en cuestión debe reducirse en un 50 %, es decir, a 33 235 EUR.



[1] Condiciones generales aplicables a los contratos de suministro financiados por la Comunidad Europea o por el Fondo Europeo de Desarrollo.

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