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Decisión sobre la forma en que la Comisión Europea tramitó una reclamación administrativa relativa al pago retroactivo de los subsidios familiares (asunto 1220/2024/VB)

Viernes | 29 agosto 2025

El asunto se refería a la forma en que la Comisión Europea tramitó una reclamación administrativa sobre la decisión de la Oficina Pagadora de la Comisión (PMO) de no pagar al denunciante determinados subsidios familiares con carácter retroactivo.

El Defensor del Pueblo consideró que la Comisión debería haber sido más clara en su comunicación con el reclamante y que la forma en que tramitó la reclamación administrativa no se ajustaba a los principios de buena administración.

Teniendo en cuenta que la Comisión ha insistido en que, en ningún caso, abonaría las indemnizaciones al reclamante con carácter retroactivo, el Defensor del Pueblo decide que no están justificadas nuevas investigaciones sobre esta reclamación.

Decisión sobre la forma en que la Delegación de la UE en Argelia tramitó la solicitud de un contratista de pago de los costes adicionales incurridos en el contexto de la pandemia de COVID-19 (asunto 1080/2022/LA)

Martes | 11 junio 2024

El asunto se refería a la negativa de la Delegación de la UE en Argelia a pagar los costes adicionales en que incurrió un contratista durante la pandemia de COVID-19. Como resultado de un «procedimiento de solución amistosa» sobre el asunto, la Delegación de la UE confirmó que algunos costes podían reembolsarse al reclamante, pero sostuvo que otros costes incurridos no podían.  

El Defensor del Pueblo constató que el demandante y la Comisión Europea discrepaban esencialmente sobre la interpretación de las disposiciones contractuales aplicables. En tales casos, no corresponde al Defensor del Pueblo determinar cómo debe interpretarse el contrato, sino más bien a un tribunal. El Defensor del Pueblo consideró que la posición de la Comisión no era irrazonable. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo archivó el asunto con la conclusión de que no había mala administración.

Decisión sobre la forma en que una delegación de la UE tramitó una solicitud de pago de una reserva de hotel (asunto 1980/2023/PGP)

Miércoles | 07 febrero 2024

El asunto se refería a la forma en que una delegación de la UE tramitó una reclamación de una empresa de apartahoteles por el pago de una compensación por una reserva realizada para uno de sus miembros del personal para un viaje de negocios después de que el miembro del personal no se presentara a la reserva.

El Defensor del Pueblo investigó la cuestión e invitó al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), que tiene determinadas responsabilidades en relación con las delegaciones de la UE, a que considerara la posibilidad de efectuar un pago compensatorio. En respuesta, el SEAE aceptó pagar un importe equivalente a una estancia de dos noches, lo que el reclamante aceptó.

Por consiguiente, el Defensor del Pueblo archivó el asunto basándose en que había sido resuelto.  

Decisión sobre la forma en que el Parlamento Europeo trató una cuestión contractual con un intérprete de conferencia (asuntos conjuntos 1643/2022/TM y 2036/2022/TM)

Jueves | 04 mayo 2023

El reclamante es un intérprete independiente que expresó su preocupación por la forma en que el Parlamento Europeo cumplió sus obligaciones contractuales en relación con la prestación de servicios de interpretación a distancia al Parlamento Europeo durante la pandemia de COVID-19.

El Defensor del Pueblo consideró que el Parlamento había proporcionado explicaciones razonables sobre su posición y dio por concluida la investigación con la conclusión de que no había habido mala administración.

Decisión en el asunto 616/2020/DL sobre cómo trató la Comisión Europea a un contratista que no había pagado a sus consultores

Miércoles | 19 mayo 2021

El denunciante trabajó como experto para un contratista externo de la Delegación de la UE en Ghana. Al no haber sido remunerada por su trabajo, la reclamante recurrió al Defensor del Pueblo, alegando que la Delegación de la UE no había velado por que el contratista externo respetara sus obligaciones con los expertos.

El Defensor del Pueblo constató que tanto la Delegación de la UE como la Comisión Europea habían actuado de conformidad con las normas aplicables al retener algunos pagos en virtud del contrato. También constató que habían tomado las medidas adecuadas con respecto al contratista para tratar de resolver la situación que afectaba al reclamante. La Defensora del Pueblo considera que la Comisión cuenta con mecanismos adecuados para supervisar a los contratistas, y confía en que la Comisión utilizará estos mecanismos para supervisar la situación y tomar medidas dentro de su ámbito de competencias en caso necesario.

Por consiguiente, el Defensor del Pueblo archivó el asunto con la conclusión de que no había mala administración.