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Informe sobre la reunión del equipo de investigación del Defensor del Pueblo Europeo con representantes del Consejo de la Unión Europea sobre cómo tramitó una solicitud de acceso público a documentos relativa a sus deliberaciones sobre la aplicación del «procedimiento del Estado de Derecho» en Hungría
Informe de inspección - Fecha Jueves | 11 julio 2024
Caso 444/2024/PVV - Abierto el Martes | 12 marzo 2024 - Decisión de Martes | 18 febrero 2025 - Institución concernida Consejo de la Unión Europea ( No se justifican medidas de investigación adicionales ) - País Alemania
Reclamación presentada
29/02/2024Análisis de la reclamación
01/03/2024Investigación en curso
12/03/2024Resultado de la investigación
18/02/2025
Fecha: Jueves 11 de julio de 2024
En los locales del Consejo de la Unión Europea
Presente
Consejo de la Unión Europea
Dos representantes de la Secretaría General de la Unidad de Servicios de Información del Consejo (COMM.2.C) - Transparencia
Tres representantes del Servicio Jurídico del Consejo
Defensor del Pueblo Europeo
Tanja Ehnert - Coordinadora de consultas
Paulien Van de Velde-Van Rumst - Responsable de investigaciones
Alice Bernard - Oficial de investigaciones
Anežka Hlinovská - Solicitudes de información
Antecedentes
La denuncia se refiere a la negativa del Consejo a conceder pleno acceso público a tres documentos relacionados con las deliberaciones en el Consejo a raíz de la propuesta de la Comisión, de 18 de septiembre de 2022, de Decisión de Ejecución del Consejo sobre medidas para la protección del presupuesto de la Unión contra las violaciones de los principios del Estado de Derecho en Hungría. La Comisión publicó la propuesta a raíz de los intercambios entre la Comisión y las autoridades húngaras, tras los cuales decidió que estaba justificado proponer la adopción de medidas adecuadas en consonancia con el Reglamento sobre condicionalidad.
Finalidad de la reunión
El objetivo de la reunión era que el equipo de investigación del Defensor del Pueblo obtuviera aclaraciones sobre las expurgaciones en los documentos solicitados.
Introducción e información procedimental
El equipo de investigación de la Defensora del Pueblo se presentó, dio las gracias a los representantes de la Secretaría General del Consejo (SGC) por reunirse con ellos y expuso el propósito de la reunión. Esbozaron el marco jurídico aplicable a las reuniones celebradas por el Defensor del Pueblo, en particular, que el Defensor del Pueblo no divulgaría ninguna información identificada por el Consejo como confidencial, ni al reclamante ni a ninguna otra persona ajena a la Oficina del Defensor del Pueblo, sin el consentimiento previo del Consejo [1].
El equipo de investigación explicó que elaboraría un proyecto de informe sobre la reunión que se enviaría a la SGC para garantizar que el contenido fuera exacto y completo desde el punto de vista fáctico. A continuación, se ultimaría el informe de la reunión, se incluiría en el expediente y se facilitaría al denunciante. No se incluiría información confidencial en el informe ni se proporcionaría de otro modo al denunciante ni a ningún tercero.
Información intercambiada
Los representantes de la SGC señalaron que un elemento clave a tener en cuenta en el contexto de esta denuncia es que los documentos solicitados fueron elaborados por la Comisión Europea y consisten en información facilitada por la Comisión Europea a los Estados miembros en el Comité Presupuestario del Consejo. Cuando se le consultó sobre la solicitud de acceso público de que se trata en la presente denuncia, de conformidad con el artículo 4, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001, la Comisión subrayó que los documentos solicitados contienen un intercambio de consideraciones preliminares a nivel técnico, que no constituyen una posición oficial o definitiva de la Comisión.
Los representantes de la SGC explicaron que las partes específicas de los documentos a los que el Consejo denegó el acceso están directamente relacionadas con cuestiones que son objeto de motivos en asuntos judiciales en curso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Más concretamente, como se menciona en la Decisión confirmatoria, la Decisión de Ejecución (UE) 2022/2506 del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a las medidas de protección del presupuesto de la Unión contra las violaciones de los principios del Estado de Derecho en Hungría, está siendo impugnada actualmente ante el TJUE por determinados fideicomisos de interés público, que son las entidades específicamente afectadas por las partes expurgadas de los documentos en cuestión. Además, más recientemente, el Parlamento Europeo presentó un recurso de anulación de una decisión de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 de poner fondos a disposición de Hungría en virtud del Reglamento sobre disposiciones comunes [2]. Aunque este último asunto ante el TJUE no se refiere a la Decisión de Ejecución del Consejo, determinados elementos contenidos en los documentos son pertinentes y su divulgación podría afectar negativamente a la posición de la demandada en dicho procedimiento y del autor de los documentos, la Comisión. Los representantes de la SGC proporcionaron explicaciones adicionales sobre el alcance de los procedimientos judiciales pertinentes y sobre cómo estos procedimientos podrían verse socavados si los documentos solicitados se divulgaran en su totalidad. Estas explicaciones figuran en un anexo confidencial del informe de la reunión.
Los representantes de la SGC señalaron que, de conformidad con la jurisprudencia del TJUE, puede denegarse la divulgación de cualquier documento que contenga información que pueda afectar a la igualdad de armas en los procedimientos judiciales. La evaluación común del Consejo y de la Comisión fue que tal impacto se produciría si se concediera acceso a los elementos específicos que se expurgaban. No obstante, tras una evaluación exhaustiva del Consejo y de la Comisión, se concedió un amplio acceso al resto de los documentos solicitados.
Si bien la divulgación de las partes expurgadas afectaría a los procedimientos judiciales en cuestión y puede afectar a la igualdad de armas de las instituciones ante el TJUE, los representantes de la SGC consideraron que el público no se beneficiaría de la divulgación de estos elementos tan específicos, ya que no tendrían ningún valor adicional para el debate público. Los representantes del Consejo añaden que las consideraciones muy específicas y preliminares relacionadas con los fideicomisos de interés público constituyen el núcleo de los procedimientos judiciales en curso y no el núcleo del debate público sobre el Estado de Derecho en Hungría. Por lo tanto, el Consejo consideró que no existe un interés público superior en su divulgación.
Conclusión de la reunión
El equipo de investigación agradeció a los representantes de la SGC su tiempo y las explicaciones facilitadas, y la reunión concluyó.
Bruselas, 11 de julio de 2024
Tanja Ehnert Paulien Van de Velde-Van Rumst
Intervenciones Coordinador Intervenciones Oficial
[1] Artículo 4.8 de las disposiciones de aplicación del Defensor del Pueblo Europeo.
[2] Recurso interpuesto el 25 de marzo de 2024, asunto C-225/24, Parlamento/Comisión.