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Carta del Defensor del Pueblo Europeo a la Comisión Europea sobre la forma en que la Comisión Europea supervisa y garantiza el respeto de los derechos fundamentales por parte de las autoridades croatas en el contexto de las operaciones de gestión de fronteras que reciben fondos de la UE

D.a Ursula von der Leyen

presidente

Comisión Europea

 

Estrasburgo, 6.11.2020

Denuncia 1598/2020/ΜΜΟ

 

Asunto: Cómo supervisa y garantiza la Comisión Europea el respeto de los derechos fundamentales por parte de las autoridades croatas en el contexto de las operaciones de gestión de fronteras que reciben fondos de la UE

Estimado Presidente:

He decidido abrir una investigación sobre una denuncia que he recibido de Amnistía Internacional contra la Comisión Europea, en particular en relación con la forma en que la Comisión garantiza que las autoridades croatas respeten los derechos fundamentales en el contexto de las operaciones de gestión de fronteras financiadas con fondos de la UE.

El denunciante alega que la Comisión no ha abordado las persistentes alegaciones de violaciones graves de los derechos humanos por parte de las autoridades croatas en el contexto de las operaciones de gestión de fronteras, para las que recibió fondos de la UE [1], en particular en sus fronteras con Bosnia y Herzegovina y Serbia. En particular, el denunciante alega que la Comisión no ha verificado que las autoridades croatas hayan establecido un «mecanismo de seguimiento» eficaz para garantizar que las operaciones de gestión de fronteras respeten plenamente los derechos fundamentales y el Derecho de la UE.

Según el denunciante, la Comisión se ha referido a dicho mecanismo de seguimiento y ha declarado que se han destinado 300 000 EUR a tal fin. Sin embargo, no hay pruebas de que se haya establecido tal mecanismo ni de qué organizaciones participan en el seguimiento de los derechos fundamentales [2]. Por lo tanto, continúa el denunciante, existe una falta de transparencia en cuanto a la forma en que se utilizaron los fondos de la UE en cuestión.

Por último, según el denunciante, a pesar de ser consciente de las acusaciones de violaciones de los derechos humanos, la Comisión concedió financiación adicional a Croacia para la gestión de las fronteras en diciembre de 2019.

Como primer paso en esta investigación, he decidido solicitar una respuesta por escrito de la Comisión a las preguntas que figuran en el anexo.

También sería útil que la Comisión pudiera compartir con mi Oficina cualquier documento relacionado con las cuestiones señaladas anteriormente, como la correspondencia con las autoridades croatas, los acuerdos con entidades nacionales o internacionales o los informes de aplicación y evaluación.

Tenga en cuenta que es probable que envíe su respuesta y los anexos correspondientes al reclamante para que formule observaciones. [3] Le agradecería que tuviera a bien recibir la respuesta de la Comisión a más tardar el 31 de enero de 2021.

La responsable de esta investigación es Maria Moustakali.

Si, en el curso de esta investigación, la Comisión interviene en procedimientos judiciales relativos al mismo asunto que esta denuncia, le ruego que nos lo comunique.

Le saluda con sinceridad,

 

Emily O'Reilly Defensora del Pueblo
Europeo

 

anexo

1. ¿Qué implica el concepto de mecanismo de seguimiento en el marco de la financiación de emergencia de la UE? Por ejemplo, ¿implica la financiación de organismos internacionales o nacionales existentes para supervisar los derechos fundamentales y el cumplimiento de la legislación de la UE en materia de asilo?

2. El Comisario Johansson se refirió recientemente a un acuerdo según el cual el Defensor del Pueblo croata, el Centro de Derecho Croata y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados participarían en esta labor. ¿Podría la Comisión facilitar más información sobre dicho acuerdo con el Gobierno croata y explicar si estas entidades han participado?

3. ¿Era la creación de un mecanismo de seguimiento eficaz un requisito previo para asignar financiación de la UE a Croacia en el marco del proyecto de ayuda de emergencia de diciembre de 2018 [4]?

4. Según el Comisario Johansson [5], la Comisión ha recibido de las autoridades croatas el informe final de ejecución relativo al proyecto de ayuda de emergencia anteriormente mencionado. ¿Podría la Comisión compartir ese informe, así como su propia evaluación de cómo se llevó a cabo el proyecto?

5. Sobre la base de dicho informe, ¿dispone la Comisión de información concreta sobre i) si se creó el mecanismo de seguimiento, ii) si entró en funcionamiento, iii) sus objetivos y actividades, y iv) las entidades implicadas?

Si efectivamente se creó el mecanismo, y la Comisión lo ha verificado:

6. ¿Dispone la Comisión de información sobre el importe de los fondos realmente gastados en el mecanismo?

7. ¿Cómo ha verificado directamente la Comisión la independencia y la eficacia del mecanismo? ¿Organizó una misión de investigación a Croacia? ¿Ha debatido la Comisión los resultados del mecanismo de seguimiento con las autoridades croatas, el Defensor del Pueblo croata y las organizaciones de la sociedad civil, tal como se prevé en la Comunicación al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la verificación de la plena aplicación del acervo de Schengen por Croacia [6]?

8. ¿Ha solicitado la Comisión que las autoridades croatas adopten nuevas medidas para mejorar la eficacia de la supervisión de los derechos fundamentales en el contexto de la gestión de las fronteras?

9. ¿Tiene previsto la Comisión adoptar nuevas medidas para mejorar el control de los derechos fundamentales en el contexto de las operaciones fronterizas croatas? Por ejemplo, ¿organizará la Comisión una misión sobre el terreno para ayudar a las autoridades croatas? En caso afirmativo, ¿cuál será el papel y las tareas concretos de dicha misión, en el marco de la financiación de emergencia de la UE?

10. ¿Las acusaciones de violaciones sistemáticas de los derechos fundamentales en la frontera croata tuvieron un impacto en la asignación de nuevos fondos (relacionados con la migración) a Croacia en diciembre de 2019?

11. ¿Ha considerado la Comisión la posibilidad de recuperar fondos si existen pruebas de que Croacia no cumplió las condiciones del proyecto?

12. ¿Qué procedimientos dispone la Comisión para i) reaccionar si existen pruebas de que Croacia no cumplió las condiciones del proyecto, y ii) garantizar que la financiación de la UE en el contexto de la gestión de fronteras contribuya a mejorar la protección de los derechos fundamentales?

 

[1] En el marco del Fondo de Asilo, Migración e Internacional de la UE (FAMI) y del Fondo de Seguridad Interior (FSI) 2014-2020.

[2] Según el autor, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Centro de Derecho Croata han dicho que no están involucrados.

[3] Si desea presentar documentos o información que considere confidencial y que no debe divulgarse al reclamante, márquelos como «confidencial». Dichos documentos pueden enviarse a través de canales seguros, como Ares, CIRCABC o aplicaciones equivalentes. El manejador de casos puede ser contactado de antemano, si es necesario.

[4] HOME/2017/ISFB/AG/EMAS/0076

[5] http://hr.n1info.com/English/NEWS/a567446/Johansson-We-have-to-make-sure-the-protection-of-borders-does-not-involve-abuse.html

[6] COM(2019) 497 final, de 22 de octubre de 2019: https://ec.europa.eu/home-affairs/sites/homeaffairs/files/what-we-do/policies/european-agenda-migration/20191022_com-2019-497-communication_en.pdf.

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