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Cómo tramitó la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) una denuncia relativa al retorno voluntario de Bulgaria a Mauritania
Martes | 04 agosto 2026
Cómo aborda la Agencia de Asilo de la Unión Europea las denuncias de violaciones de los derechos fundamentales en sus actividades en Grecia
Martes | 07 julio 2026
Recomendación sobre la manera en que la Agencia de Asilo de la Unión Europea aborda las denuncias de violaciones de los derechos fundamentales en sus actividades en Grecia (asunto 229/2024/AML)
Jueves | 02 julio 2026
El caso se refería a la forma en que la Agencia de Asilo de la Unión Europea (AAUE) abordó las denuncias de violaciones de los derechos fundamentales en sus actividades en la isla griega de Samos. A los denunciantes les preocupaba que la forma en que los trabajadores sociales desplegados en los equipos de apoyo al asilo de la EUAA realizaban entrevistas con solicitantes de asilo vulnerables fuera contraria al Derecho de la UE, y que la EUAA no hubiera abordado esta cuestión. Además, a los denunciantes les preocupaba la forma en que la EUAA tramitaba los informes de devoluciones forzosas de los solicitantes de asilo.
La Defensora del Pueblo constató que, en el momento de la reclamación, la EUAA no había garantizado que los trabajadores sociales desplegados en sus equipos de apoyo al asilo estuvieran preparados para llevar a cabo adecuadamente entrevistas con solicitantes de asilo vulnerables, en particular en lo que respecta a la forma de tener en cuenta los indicadores de vulnerabilidad cuando surgen por primera vez durante la entrevista de asilo. Además, el Defensor del Pueblo constató que la EUAA no había proporcionado a los solicitantes de asilo vulnerables un procedimiento adecuado para notificar los errores cometidos durante las entrevistas ni para que la EUAA revisara dichos informes. El Defensor del Pueblo constató que esto constituía mala administración y formuló cuatro recomendaciones a la AAUE para subsanar las deficiencias.
La Defensora del Pueblo también envió estas recomendaciones a sus homólogos de la Red Europea de Defensores del Pueblo (ENO), solicitando su opinión sobre cómo se garantiza el cumplimiento de los derechos fundamentales en la cooperación entre los trabajadores sociales de la EUAA y los funcionarios nacionales de asilo.
Además, el Defensor del Pueblo detectó importantes deficiencias en relación con la forma en que la AAUE trató la divulgación por parte de los solicitantes de asilo de las experiencias de devoluciones forzosas durante las entrevistas. Dado que la AAUE comenzó a aplicar medidas para subsanar estas deficiencias durante la investigación de la Defensora del Pueblo, no constató mala administración, sino que formuló dos sugerencias de mejora.
Decisión de la Comisión Europea de no llevar a cabo una evaluación de impacto sobre dos propuestas legislativas para luchar contra el tráfico ilícito de migrantes
Jueves | 25 junio 2026
Cómo preparó la Comisión Europea una propuesta para modificar la legislación relacionada con la política agrícola común
Jueves | 25 junio 2026
Decisión sobre el cumplimiento por parte de la Comisión Europea de sus normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento en la preparación de propuestas legislativas que consideró urgentes (983/2025/MIK, el asunto «Ómnibus», 2031/2024/VB, el asunto «migración», y 1379/2024/MIK, el asunto «CAP»)
Jueves | 25 junio 2026
Los tres asuntos se referían a la forma en que la Comisión Europea aplicó sus normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento al preparar propuestas legislativas relativas a la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (983/2025/MIK), la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes (2031/2024/VB) y la política agrícola común (1379/2024/MIK). La Comisión consideró que estas propuestas eran urgentes y, por lo tanto, omitió las medidas previstas en sus normas, como las evaluaciones de impacto y las consultas públicas. Los denunciantes, que son organizaciones de la sociedad civil, consideraron que estas omisiones incumplían las normas de la Comisión sobre la mejora de la legislación. En dos casos, los denunciantes también alegaron que la Comisión no evaluó la coherencia de las propuestas legislativas con los objetivos climáticos de la UE, tal como exige la Legislación Europea sobre el Clima. En un caso, al demandante le preocupaba además que la Comisión infringiera su Reglamento interno sobre las consultas interservicios.
Sobre la base de sus investigaciones, la Defensora del Pueblo detectó deficiencias de procedimiento en la forma en que la Comisión preparó las propuestas legislativas en cuestión, que, en conjunto, constituyeron una mala administración. Para subsanar estas deficiencias, la Defensora del Pueblo recomendó que la Comisión garantizara una aplicación previsible, coherente y no arbitraria de sus normas para la mejora de la legislación, definiendo las situaciones «urgentes» que justifican una excepción a sus requisitos, así como registrando y explicando los motivos de las excepciones concedidas. Además, cuando se concedan excepciones, la Comisión debe establecer un procedimiento para garantizar que la preparación urgente de propuestas legislativas siga cumpliendo los principios de un proceso legislativo transparente, basado en pruebas e inclusivo. Para ayudar a la Comisión en esta tarea, el Defensor del Pueblo también hizo cuatro sugerencias de mejora, que incluían: aclarar sus normas de consulta a las partes interesadas para las propuestas urgentes; garantizar que los documentos analíticos que sustituyan a las evaluaciones de impacto y describan las pruebas que respaldan sus propuestas se publiquen oportunamente para permitir un debate público antes de la adopción de la legislación; publicar orientaciones sobre la aplicación de evaluaciones de la coherencia climática; proporcionar y registrar justificaciones al acortar los períodos de consulta interservicios por debajo de los umbrales establecidos.
En su respuesta al Defensor del Pueblo, la Comisión acordó reflexionar sobre la definición de situaciones «urgentes» durante la próxima revisión de las normas para la mejora de la legislación, así como registrar y publicar los motivos para aplicar cualquier excepción a sus requisitos. La Comisión también se comprometió a garantizar consultas específicas sobre sus propuestas «urgentes», a publicar los documentos analíticos con pruebas que respalden sus propuestas en un plazo de tres meses a partir de su adopción, a incluir evaluaciones de la coherencia climática tanto en los documentos analíticos como en los memorandos explicativos de futuras propuestas y a proporcionar justificaciones para unas consultas interservicios más breves.
Los denunciantes, en sus observaciones sobre la respuesta de la Comisión, consideraron que los compromisos de la Comisión no son lo suficientemente claros ni concretos como para garantizar un proceso legislativo transparente, inclusivo y basado en pruebas.
La Defensora del Pueblo acogió con satisfacción la respuesta constructiva general de la Comisión a sus recomendaciones y sugerencias de mejora. Dicho esto, la respuesta de la Comisión aún no aporta suficiente claridad sobre las medidas concretas que pretende adoptar para aplicar las recomendaciones y sugerencias de mejora del Defensor del Pueblo.
Por consiguiente, el Defensor del Pueblo supervisará este asunto sobre la base de futuras reclamaciones y una vez que la Comisión haya finalizado la revisión de las normas para la mejora de la legislación. En esta fase, no se justifican más investigaciones, y el Defensor del Pueblo archivó los tres casos.
Decisión sobre la forma en que la Comisión Europea garantiza que Rumanía aplique plenamente una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la denegación ilegal de la expedición de documentos de identidad a ciudadanos rumanos domiciliados en otros Estados miembros (asunto 244/2025/JN)
Martes | 09 junio 2026
El asunto se refería a la forma en que la Comisión Europea garantiza que Rumanía aplique plenamente una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la denegación ilegal de la expedición de documentos de identidad a ciudadanos rumanos domiciliados en otros Estados miembros.
El Defensor del Pueblo constató que el asunto parecía estar evolucionando a nivel nacional y que la Comisión había estado supervisando la situación de forma activa y a intervalos razonables.
El Defensor del Pueblo archivó el caso con la conclusión de que no se justifican más investigaciones en esta fase. Sin embargo, la Defensora del Pueblo solicitó a la Comisión que le informara, en un plazo de seis meses, sobre su evaluación del cumplimiento de la sentencia por parte de Rumanía y sobre cualquier otra medida adoptada por la Comisión.
Negativa de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) a dar pleno acceso público a un informe de incidente grave
Martes | 21 abril 2026
Cómo tramitó la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) una solicitud de acceso público a documentos relativos a actividades de lucha contra el contrabando en el Canal de la Mancha
Viernes | 20 marzo 2026
Decisión sobre la forma en que la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) tramitó una solicitud de acceso público a documentos relativos a actividades de lucha contra el contrabando en el Canal de la Mancha (asunto 555/2025/MAS)
Viernes | 20 marzo 2026
El asunto se refería a una solicitud de acceso público a documentos en poder de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) en relación con su cooperación con las autoridades de los Estados miembros, el Reino Unido y Frontex en las actividades de lucha contra el contrabando en el Canal de la Mancha. Europol identificó 197 documentos como incluidos en el ámbito de aplicación de la solicitud y denegó el acceso a todos ellos. Al denegar el acceso, Europol alegó que la divulgación de los documentos socavaría la protección del interés público en lo que respecta a la seguridad pública y sus relaciones internacionales.
El equipo de investigación del Defensor del Pueblo inspeccionó muestras de los documentos en cuestión y se reunió con representantes de Europol. Sobre esta base y teniendo en cuenta el amplio margen de discrecionalidad del que gozan las instituciones y agencias de la UE cuando consideran que la seguridad pública y las relaciones internacionales están en peligro, el Defensor del Pueblo consideró que la decisión de Europol de denegar el acceso público no era manifiestamente errónea.
Dado que los intereses públicos en juego no pueden ser reemplazados por otro interés público que se considere más importante, la Defensora del Pueblo concluyó la investigación concluyendo que no hubo mala administración por parte de Europol.
Cómo tramitó la Comisión Europea una solicitud de acceso público a tres informes sobre las reuniones del Consejo de Administración de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex)
Martes | 10 marzo 2026
Decisión sobre la forma en que la Comisión Europea tramitó una solicitud de acceso público a los documentos intercambiados por el Grupo Operativo de Gestión de la Migración de la Comisión
Viernes | 06 febrero 2026
Falta de respuesta por parte de la Comisión Europea a las observaciones formuladas en el contexto de una denuncia por infracción contra Grecia en relación con sus procedimientos de asilo (CPLT(2025)01660)
Jueves | 05 febrero 2026
Cómo tramitó la Comisión Europea una solicitud de acceso público a documentos relativos a investigaciones sobre violaciones de los derechos fundamentales de nacionales de terceros países en Grecia
Viernes | 09 enero 2026