¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
- ES Español
Las traducciones automáticas pueden contener errores que menoscaben la claridad y la exactitud del texto. El Defensor del Pueblo declina toda responsabilidad por las eventuales discrepancias. Para asegurarse de que dispone de información fiable y [disfruta de] seguridad jurídica, consulte la versión original en inglés cuyo enlace aparece arriba.
Para ampliar información, consulte nuestra política en materia de idiomas y de traducción.
Carta a la Comisión Europea relativa a las declaraciones de su presidenta y de su vicepresidenta de Democracia y Demografía en el período previo a las elecciones croatas (1141/2020/MIG y 1143/2020/MIG)
Correspondencia - Fecha Martes | 14 julio 2020
Caso 1141/2020/MIG - Abierto el Martes | 14 julio 2020 - Decisión de Martes | 14 julio 2020 - País Croacia
Caso 1143/2020/MIG - Abierto el Martes | 14 julio 2020 - Decisión de Martes | 14 julio 2020 - País Bélgica
|
D.a Ursula von der Leyen
|
Estrasburgo, 14.7.2020
Decisiones del Defensor del Pueblo Europeo sobre las reclamaciones 1141/2020/MIG y 1143/2020/MIG contra la Comisión Europea en relación con las declaraciones de su presidente y de su vicepresidente para la Democracia y la Demografía en el período previo a las elecciones croatas
Estimado Presidente:
Los días 5 y 6 de julio de 2020, dos organizaciones de la sociedad civil —GONG y Good Lobby— presentaron a mi Oficina denuncias relativas a la participación de usted y de la vicepresidenta Suica en un vídeo de apoyo a la campaña electoral de un partido político croata. Los reclamantes cuestionaron si esto estaba en consonancia con el Código de Conducta de la Comisión para sus miembros. Uno de los autores expresó escepticismo sobre la explicación de que esto se había hecho a título personal y también expresó su preocupación por las deficiencias del sistema de supervisión del Código. Las preocupaciones de los denunciantes son fundadas.
Observo que la Comisión, durante su rueda de prensa del 6 de julio de 2020, reconoció que se habían cometido errores y declaró que se establecerían procedimientos para garantizar que no se volvieran a cometer tales errores. Por lo tanto, la Comisión ya está estudiando la mejor manera de abordar esta cuestión.
Además, una de las principales cuestiones que plantean los denunciantes es si, en general, los comisarios deberían participar en la política nacional. Esto es en gran medida un asunto político. Sin embargo, es comprensible que el público se pregunte en qué medida los miembros de la Comisión pueden o deben participar en campañas políticas, teniendo en cuenta la diversidad y el alcance de las funciones de la Comisión, que son políticas, jurídicas, ejecutivas, reglamentarias y más.
Puede haber confusión en la opinión pública sobre las funciones y competencias respectivas de las principales instituciones de la UE y creo que estaría de acuerdo en que la confianza de los ciudadanos puede reforzarse a través de la claridad a este respecto.
Por lo tanto, he llegado a la conclusión de que la forma más adecuada de abordar las cuestiones planteadas, en esta fase, es indicándole a usted y al órgano competente del Parlamento Europeo que adopten las medidas necesarias. Ya le escribí el mes pasado acerca de una queja separada para preguntar cómo garantiza la Comisión en la práctica que los Comisarios sean informados de sus obligaciones en virtud del Código [1].
Los denunciantes han planteado preocupaciones legítimas sobre el Código, que se hacen eco de algunas de las deficiencias que he identificado en el pasado [2]. Estos incluyen el Código no ser lo suficientemente claro, en partes, y la necesidad de fortalecer la supervisión independiente.
Por ejemplo, no está claro a quién, como presidente, tendría que declarar su intención de participar en una campaña electoral nacional. Esto sugiere que puede haber una necesidad de un código de conducta separado para usted como presidente.
A la luz de la inquietud y las preocupaciones planteadas, también por el público en general, considero importante que la Comisión aclare estas cuestiones. Por lo tanto, he decidido remitirle las dos denuncias para que pueda tener en cuenta las preocupaciones de los denunciantes a la hora de considerar posibles medidas.
Dado que se pidió al Parlamento Europeo que emitiera su opinión sobre la versión actual del Código cuando se redactó, también considero importante señalar estas cuestiones a la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento. Por consiguiente, enviaré una copia de la presente carta y de sus anexos al Parlamento.
Le agradecería que me informara, en un plazo de tres meses, de las medidas que tiene previsto adoptar para dar seguimiento a las preocupaciones planteadas.
Se adjuntan copias de las dos denuncias, así como mis decisiones al respecto.
Le saluda con sinceridad,
Emily O'Reilly
Defensor del Pueblo Europeo
Anexos:
- Reclamación 1141/2020/MIG
- Denuncia 1143/2020/MIG
- Decisión sobre la reclamación 1141/2020/MIG
- Decisión sobre la reclamación 1143/2020/MIG
- Carta al Parlamento Europeo
[1] Véase https://www.ombudsman.europa.eu/es/correspondence/es/129654.
[2] Véanse, por ejemplo, mis decisiones: https://www.ombudsman.europa.eu/es/decision/en/68762 y https://www.ombudsman.europa.eu/es/decision/en/99946.