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Decisión del Defensor del Pueblo Europeo sobre la reclamación 259/2000/(IJH)BB contra la Comisión Europea


Estrasburgo, 7 de septiembre de 2000

Estimado señor P.:
El 18 de febrero de 2000, usted presentó una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo en nombre del Instituto Finlandés de Medio Ambiente en relación con el supuesto incumplimiento por parte de la Comisión Europea del pago del segundo tramo por parte de la Comisión Europea en relación con el proyecto «Gestión de la escorrentía de agua en las zonas de cultivo» (LIFE97/ENV/FIN/000335). Además, el denunciante alegó que la Comisión no había respondido a una solicitud de ampliación del proyecto.
El 27 de marzo de 2000, transmití la denuncia al Presidente de la Comisión Europea. El 7 de abril de 2000, usted me informó de que, tal como se había solicitado, el proyecto se había prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2000. El 5 de julio de 2000, la Comisión envió un dictamen sobre su denuncia y se lo remití con una invitación a presentar observaciones, que usted envió el 16 de agosto de 2000.
Le escribo ahora para informarle de los resultados de las investigaciones que se han realizado.

LA DENUNCIA


En 1997, la Comisión decidió financiar el proyecto "Gestión del agua de escorrentía en las zonas de cultivo" (LIFE97/ENV/FIN/335). El proyecto comenzó oficialmente el 1 de agosto de 1997 y debía durar 32 meses. El presupuesto final del proyecto es de 4,2 millones de FIM, de los cuales, según la decisión de la Comisión, el Fondo LIFE debía aportar el 49,16 %.
La Comisión pagó el primer tramo del 40 % (830 000 FIM) desde el principio, durante la fase inicial del proyecto. Sin embargo, el siguiente tramo del 40 %, que debía haber sido abonado por la Comisión sobre la base de un informe intermedio sobre el proyecto, aún no se ha cumplido. El informe provisional se refería a los trabajos del proyecto y a sus resultados desde el 1 de agosto de 1997 hasta el 30 de noviembre de 1998, y se remitió a la Comisión a mediados de febrero de 1999. En consecuencia, el siguiente tramo debería haberse abonado al proyecto, a más tardar, a finales de abril del mismo año.
Se ha presentado a la Comisión una solicitud de prórroga del proyecto hasta finales del año 2000, pero la Comisión no ha respondido a dicha solicitud.
El denunciante alega que la Comisión ha fallado:
a) i) pagar el segundo tramo de su apoyo al proyecto, que debía haberse abonado a finales de abril de 1999;
ii) responder a una solicitud, formulada sobre la base de un informe de situación presentado en octubre de 1999, de prórroga del proyecto hasta finales del año 2000.

LA INVESTIGACIÓN


En
su dictamen,
la Comisión señalaba lo siguiente:
La Comisión confirmó los hechos tal como los presentó el denunciante. Además, la Comisión explicó que el puesto de responsable de proyectos LIFE Medio Ambiente en los países nórdicos (Dinamarca, Finlandia y Suecia) estaba vacante durante el período de septiembre de 1998 a diciembre de 1999 debido a los procedimientos administrativos y a la falta de candidatos con los requisitos lingüísticos necesarios. La ausencia de un responsable, combinada con una carga de trabajo muy elevada para las demás oficinas nacionales, ha dado lugar a retrasos considerables en la evaluación y el tratamiento de los expedientes de Finlandia, Dinamarca y Suecia, que la mayoría de las veces requieren conocimientos lingüísticos específicos.
En cuanto a la denuncia, la Comisión explicó que desde diciembre de 1999 ha habido un nuevo funcionario para los países nórdicos y que la acumulación de asuntos pendientes se está reduciendo constantemente. Por lo que se refiere a las cuestiones relacionadas con el proyecto LIFE97/ENV/FIN/335, se ha avanzado en los últimos meses:
- Tras un intercambio de correos electrónicos relativos a las justificaciones de la prórroga del proyecto solicitada por el beneficiario en octubre de 1999, la Comisión concedió una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2000 mediante carta de 17 de marzo de 2000 (también notificada al beneficiario por fax el 17 de marzo de 2000), y
- La oficina ha revisado la solicitud de pago del segundo pago y esta solicitud se está transfiriendo actualmente a la unidad financiera para su pago.
La Comisión se disculpó por los retrasos que se produjeron durante la ausencia de un funcionario responsable de los proyectos LIFE Medio Ambiente en Finlandia y asegura que, a la luz del cambio de circunstancias, estos retrasos previamente encontrados se reducirán significativamente.
Observaciones del autor El
autor no ha enviado ninguna observación.
El 29 de agosto de 2000, la secretaría del Defensor del Pueblo Europeo se puso en contacto con el demandante para preguntarle si estaba satisfecho con el resultado. El autor expresó su satisfacción por el resultado positivo de la investigación. Según el denunciante, el pago final se efectuó en mayo de 2000.

LA DECISIÓN


1 Supuesta falta de pago del segundo tramo
El denunciante alegó que la Comisión no había pagado el segundo tramo de su ayuda al proyecto, que debía haberse abonado a finales de abril de 1999. En su dictamen, la Comisión explicó que la ausencia de un funcionario responsable, combinada con una carga de trabajo muy elevada para las demás oficinas nacionales, dio lugar a retrasos considerables en la evaluación y el tratamiento de los expedientes de Finlandia. La Comisión se disculpó por los retrasos, que se produjeron durante la ausencia de un funcionario responsable de los proyectos LIFE Medio Ambiente en Finlandia. El autor expresó su satisfacción por el resultado. Por lo tanto, la Comisión ha tomado medidas para resolver el asunto y, de este modo, ha satisfecho la denuncia.
2 Supuesta falta de respuesta a una solicitud de prórroga
El demandante alegó que no había respondido a una solicitud, presentada sobre la base de un informe de situación presentado en octubre de 1999, de prórroga del proyecto hasta finales del año 2000. En su dictamen, la Comisión explicó que la prórroga del proyecto hasta el 31 de diciembre de 2000 fue concedida por la Comisión en una carta dirigida al denunciante con fecha de 17 de marzo de 2000. El 7 de abril de 2000, el demandante informó al Defensor del Pueblo de la prórroga. Por lo tanto, la Comisión ha tomado medidas para resolver el asunto y, de este modo, ha satisfecho la denuncia.
3 Conclusión
Del dictamen de la Comisión Europea y de las observaciones del denunciante se desprende que la Comisión ha tomado medidas para resolver el asunto y, por tanto, ha satisfecho la denuncia. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo archiva el asunto.
También se informará de esta decisión al Presidente de la Comisión Europea.
Le saluda atentamente,
Jacob SÖDERMAN
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