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Decisión en el asunto 1381/2017/JN sobre la decisión de la Comisión Europea de recuperar dinero en cuatro proyectos financiados por la UE relativos a la libertad de expresión y el periodismo independiente en Bielorrusia

El asunto se refería a la decisión de la Comisión Europea de recuperar 8 620 EUR de una ONG en relación con cuatro proyectos financiados por la UE en el ámbito de la libertad de expresión y el periodismo independiente en Bielorrusia.

Los documentos examinados por el Defensor del Pueblo en el curso de esta investigación no revelaron ninguna deficiencia en la evaluación de la Comisión de si los costes declarados por el reclamante eran subvencionables. Además, el Defensor del Pueblo constató que las acciones de la Comisión estaban en consonancia con el principio de proporcionalidad. El Defensor del Pueblo no constató mala administración.

Antecedentes de la denuncia

1. El denunciante, una ONG, ejecutó cuatro proyectos financiados por la UE en Bielorrusia. Los proyectos, financiados en el marco del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos, se centraron en la libertad de expresión y el periodismo independiente [1].

2. La Comisión auditó los libros del denunciante y decidió que debía reembolsar 8 620 EUR. El 8 de agosto de 2017, el demandante recurrió al Defensor del Pueblo para impugnar esta decisión.  

La investigación

3. La Defensora del Pueblo inició una investigación sobre la equidad de la decisión de la Comisión de recuperar fondos.

4. En el curso de la investigación, el Defensor del Pueblo recibió la respuesta de la Comisión sobre la reclamación y, posteriormente, los comentarios del demandante en respuesta a la respuesta de la Comisión.

Argumentos presentados al Defensor del Pueblo

5. La Comisión consideró que su decisión de recuperar fondos estaba plenamente justificada y era legal. Aportó explicaciones detalladas de por qué consideraba que diferentes partidas de costes no eran subvencionables. En particular, la Comisión afirmó lo siguiente:

  •   En cuanto a las primas, el autor no demostró que se hubieran concedido de manera que se garantizara la igualdad de trato del personal en el marco de cualquier proyecto que requiriera conocimientos técnicos similares, independientemente de la fuente de financiación. Además, las primas no se incluyeron en los presupuestos de los proyectos, lo que sugiere que se concedieron por motivos discrecionales a los miembros del personal que trabajan en proyectos de la UE.
  •   En cuanto a la doble contabilización del tiempo en diferentes proyectos, la Comisión dijo que la actividad realizada por el personal pertinente en un tercer país no estaba prevista en la descripción de la acción. Además, el proyecto debía ejecutarse en Belarús y no en un país diferente.
  •   En cuanto a los gastos de combustible, la Comisión dijo que el denunciante se limitó a proporcionar los ingresos de las gasolineras, pero no proporcionó una lista de las distancias recorridas, el consumo medio de los vehículos utilizados y cómo se calculó la cantidad necesaria para el proyecto. El denunciante alegó que sus actividades en Bielorrusia eran ilegales, pero no expuso de qué manera el riesgo de seguridad relacionado era pertinente a este respecto.
  •   En cuanto a los tipos de cambio, la Comisión dijo que había llamado la atención del denunciante sobre las normas aplicables a su debido tiempo y que el denunciante aplicaba los tipos de cambio de manera incoherente a diferentes contratos.

6. La Comisión reconoció que el denunciante había actuado de buena fe. No obstante, algunos de los costes reclamados por el denunciante no eran subvencionables de conformidad con las normas pertinentes. Como tal, la Comisión estaba legalmente obligada a recuperar estos costes. La Comisión consideró que no era pertinente, desde el punto de vista jurídico, que los proyectos se ejecutaran con éxito en un entorno muy difícil y que las deficiencias financieras pudieran haber sido menores. El contrato es claro y la Comisión está obligada a actuar de conformidad con la ley.

7. El denunciante cuestionó la evaluación de la Comisión. Consideró que la respuesta de la Comisión era demasiado rígida y que su solicitud de recuperación era desproporcionada. Las auditorías se llevaron a cabo de una manera que no permitió a los auditores realizarlas satisfactoriamente. En opinión del denunciante, la Comisión aplicó una «política de riesgo cero de error financiero». La Comisión no debe tratar de recuperar cantidades tan pequeñas cuando la organización en cuestión actuó de buena fe y cuestionó las conclusiones. El denunciante alegó además que las directrices y la comunicación de la UE no siempre eran plenamente claras. El denunciante señaló además que los recursos invertidos en la recuperación de los fondos eran desproporcionados, teniendo en cuenta los importes en cuestión. Todo el procedimiento, que incluyó cuatro auditorías, impuso al denunciante una carga administrativa y presupuestaria desproporcionada.

Evaluación del Defensor del Pueblo

8. El Defensor del Pueblo reconoce que la ejecución de estos proyectos debe haber sido difícil teniendo en cuenta el contexto político. La Comisión también parece estar satisfecha con el resultado. El hecho de que algunos errores contables se cometieran realmente a favor de la Comisión sugiere que el denunciante actuó de buena fe en todo momento. También parece que los errores identificados eran de naturaleza relativamente menor.

9.  El Defensor del Pueblo es consciente de que el demandante es una organización no gubernamental con recursos limitados. Las organizaciones no gubernamentales se enfrentan a una serie de retos específicos cuando ejecutan proyectos financiados por la UE y se someten a auditorías posteriores. Las cuatro auditorías organizadas varios años después de la finalización de los proyectos representaron sin duda una carga administrativa significativa para el denunciante.

10. Al tomar decisiones, las instituciones de la UE deben garantizar que las medidas adoptadas sean proporcionadas al objetivo perseguido. En el caso que nos ocupa, el objetivo de la Comisión era garantizar la buena gestión financiera de los recursos de la UE. Es muy posible que, en este caso, el coste de estas auditorías y el procedimiento administrativo de seguimiento para la UE superaran el importe finalmente recuperado. Sin embargo, cuando se iniciaron las auditorías, su resultado era obviamente desconocido y la auditoría se refería al gasto total, que en este caso ascendía a 3 307 380 EUR [2]. Como tal, las acciones de la Comisión en este caso estaban en consonancia con el principio de proporcionalidad.

11. El Defensor del Pueblo señala, además, que no basta con demostrar que se ha llevado a cabo un proyecto para justificar el pago de una subvención. Quienes se beneficien de subvenciones de la UE deben presentar pruebas de que los importes solicitados se ajustan plenamente a los costes reales incurridos y de que cumplen todas las normas aplicables. Esto es esencial para que los ciudadanos confíen en la forma en que las instituciones de la UE gestionan el dinero de los contribuyentes.

12. El denunciante alegó que, incluso si se cometieran errores y se produjeran inexactitudes, esto no debería dar lugar a la recuperación de parte de la subvención.

13. El Defensor del Pueblo ha examinado exhaustivamente todo el material facilitado por las partes y no ha podido detectar ninguna deficiencia manifiesta en la evaluación de la Comisión de las partidas de costes individuales consideradas no subvencionables. El Defensor del Pueblo considera que las explicaciones de la Comisión, resumidas en el anterior apartado 5, son convincentes y razonables.

14. Por lo tanto, el Defensor del Pueblo considera que no hubo mala administración por parte de la Comisión en este caso.

Conclusión

Sobre la base de la investigación, la Defensora del Pueblo archiva este asunto con la siguiente conclusión:

No hubo mala administración.

Se informará de esta decisión al denunciante y a la Comisión.

 

Emily O'Reilly Defensora del Pueblo
Europeo


Estrasburgo, 21.6.2019

[1] Acuerdos de subvención EIDHR/2010/214-845 Media Education for Democracy in Belarus, EIDHR/2010/227-079 Support to Freedom of Expression via Broadcasting and New Media in Belarus, EIDHR/2011/246-869 Support to Independent Print Media in Belarus, EIDHR/2012/294-176 Support to Freedom of Expression via Broadcasting and New Media in Belarus.

[2] La Comisión recuperó 8 620 EUR, es decir, alrededor del 0,26 % de la contribución total de la UE.

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