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Decisión sobre la decisión de la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) de repetir las pruebas en el procedimiento de selección EPSO/AD/414-421/24-traductores (ocho lenguas) (asunto 2051/2025/MAG)
Martes | 03 noviembre 2026
Decisión sobre la decisión de la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) de repetir las pruebas en los procedimientos de selección EPSO/AD/414-421/24 y cómo tramitó las solicitudes posteriores de reprogramación (asuntos 980/2025/MAG & 1147/2025/MAG & 1161/2025/MAG)
Martes | 03 noviembre 2026
El asunto se refería a la decisión de la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) de volver a someter a prueba a todos los candidatos a raíz de un fallo técnico durante una sesión de prueba para ocho procedimientos de selección de traductores en 2025. El problema fue un error de configuración que permitió a los candidatos seleccionar múltiples respuestas en pruebas donde solo se aceptó una respuesta. Alrededor de un tercio de los candidatos habían seleccionado múltiples respuestas. La sesión de reexamen se programó en un solo día, con la posibilidad de reprogramar solo en caso de fuerza mayor. Los denunciantes se dirigieron al Defensor del Pueblo, alegando que la decisión de volver a examinar a todos los candidatos era desproporcionada y que la negativa a permitir la reprogramación de la prueba era injusta.
La Defensora del Pueblo constató que la EPSO y los tribunales de oposición habían evaluado cuidadosamente el asunto y que no había nada que sugiriera que el enfoque elegido no representara un equilibrio razonable entre las dos consideraciones clave presentadas por la EPSO y los tribunales de oposición, a saber, la viabilidad técnica y administrativa y la igualdad de trato de los candidatos. Así pues, la decisión de volver a examinar a todos los candidatos era proporcionada al objetivo de preservar la igualdad de trato de los candidatos. La Defensora del Pueblo también llegó a la conclusión de que, en el contexto técnico dado, era razonable que la EPSO aplicara su política estándar de reprogramación.
La Defensora del Pueblo cerró la investigación con la conclusión de que la EPSO no había incurrido en mala administración.
Decisión sobre la forma en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramita las reclamaciones relativas a la calidad de la traducción de las preguntas de las pruebas (asunto 145/2025/MAG)
Lunes | 12 octubre 2026
El asunto se refería a la forma en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramitó una reclamación sobre cuestiones poco claras en una prueba en el contexto de un procedimiento de selección de personal para la función pública de la UE. El reclamante alegó que el problema se debía a una mala traducción y también le preocupaba la forma en que la EPSO tramitaba estas reclamaciones de manera más general.
El Defensor del Pueblo investigó el asunto y constató que la EPSO había tramitado razonablemente la reclamación en cuestión y que había proporcionado una descripción satisfactoria de su práctica y procedimiento para tramitar las reclamaciones relacionadas con la traducción en general.
Si bien reconoce que las circunstancias para que los candidatos presenten una reclamación válida pueden ser difíciles, dada la situación estresante de las pruebas y el hecho de que los candidatos no pueden tomar notas, la Defensora del Pueblo cerró la investigación con la conclusión de que no estaba justificada ninguna otra investigación. No obstante, el Defensor del Pueblo sugirió que la EPSO considerara la posibilidad de publicar instrucciones adicionales para los candidatos sobre el tipo de información y descripciones requeridas al presentar reclamaciones relacionadas con la traducción.
Decisión sobre el tiempo que tardó el Banco Central Europeo (BCE) en llevar a cabo una investigación administrativa sobre un presunto acoso, y el tiempo que tardó en adoptar medidas de seguimiento (2354/2024/PB)
Lunes | 05 octubre 2026
El asunto se refería a un miembro del personal del Banco Central Europeo (BCE) que consideraba haber sido acosado por su superior jerárquico. Se quejó de ello a principios de 2021. El BCE inició una investigación administrativa y, al mismo tiempo, asignó al demandante a otro lugar de trabajo en el BCE para su propia protección.
La investigación administrativa duró dos años y medio y se cerró tres años después de que el denunciante pidiera ayuda por primera vez. La investigación administrativa determinó que el autor había sido acosado e inició oficialmente un procedimiento disciplinario contra el superior jerárquico.
Durante el seguimiento del BCE del resultado de la investigación administrativa, el demandante se dirigió al Defensor del Pueblo. Alegó que había demoras irrazonables en el proceso.
En el curso de la investigación del Defensor del Pueblo, el BCE finalizó el procedimiento disciplinario y el demandante regresó finalmente a su lugar de trabajo principal.
El Defensor del Pueblo constató que se habían producido retrasos irrazonables en todas las fases de la tramitación del asunto por parte del BCE, y que el BCE no había abordado cuestiones importantes en su seguimiento. Por lo tanto, el Defensor del Pueblo propuso una solución al BCE, a saber, que se disculpe, pague una indemnización y garantice una comunicación interna significativa al personal sobre el caso de acoso.
En su respuesta a la propuesta de solución del Defensor del Pueblo, el BCE lamentó lo sucedido. Organizó una comunicación interna adicional sobre el caso de acoso. Sin embargo, no consideró que tuviera los elementos necesarios para considerar la compensación financiera. La Defensora del Pueblo constató que, lamentablemente, el perjuicio causado por la tramitación por el BCE del caso de acoso del demandante no había sido reparado por la respuesta del BCE a la propuesta de solución. Sin embargo, dado que una recomendación en la que se reiteraban los mismos puntos no parece ser útil, la Defensora del Pueblo cerró la investigación con sugerencias de mejoras sistémicas y volvió a pedir al BCE que se pusiera en contacto con el reclamante para identificar las consecuencias financieras pertinentes de su mala administración.
Sobre la supuesta falta de diligencia de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) a la hora de tramitar un procedimiento de nulidad
Lunes | 14 septiembre 2026
Decisión de la Comisión Europea (Representación en Rumanía) de declarar inelegible una solicitud de empleo por incumplir el plazo
Viernes | 17 julio 2026
Cómo tramitó la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) una solicitud de revisión en el procedimiento de selección EPSO/AST/156/24 Asistentes financieros
Viernes | 17 julio 2026
Falta de respuesta del Parlamento Europeo a una reclamación administrativa relativa a las pruebas a distancia en el procedimiento de selección PE/AD/304/2024
Lunes | 01 junio 2026
Falta de registro por parte de la Comisión Europea de una solicitud de acceso público a documentos relativos a la decisión de no acreditar a un periodista
Martes | 28 abril 2026
Cómo abordó la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) las preocupaciones sobre la falta de respuestas en una prueba del procedimiento de selección (EPSO/AD/412/24)
Jueves | 29 enero 2026
Decisión sobre el tiempo que tarda el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) en iniciar una investigación preliminar sobre las denuncias de acoso (asunto 2275/2024/PB)
Lunes | 15 diciembre 2025
El asunto se refería a la tramitación de una denuncia de acoso presentada por un miembro del personal de una misión de la UE. La misión de la UE en cuestión decidió abrir una «investigación preliminar», pero se enfrentó a problemas al iniciarla realmente.
El demandante se puso en contacto con el Defensor del Pueblo Europeo cuando, al cabo de varios meses, parecía que la investigación preliminar no había comenzado.
La Defensora del Pueblo inició una investigación y pidió al SEAE que diera cuenta de la situación.
En el curso de la investigación del Defensor del Pueblo, el SEAE inició efectivamente la investigación preliminar, que dio lugar a un informe sobre cuya base se decidió incoar un procedimiento disciplinario.
El Defensor del Pueblo concluyó que el retraso en el inicio de la investigación preliminar constituía una vulneración del derecho fundamental del reclamante a un plazo razonable de tramitación administrativa. Además, el Defensor del Pueblo concluyó que había habido mala administración en la comunicación inicial con el demandante.
Sin embargo, dado que la investigación preliminar había dado lugar a la incoación de un procedimiento disciplinario conexo, el Defensor del Pueblo dio por concluida la investigación.
Decisión relativa a la reclamación 2984/2025/AGU contra la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)
Jueves | 13 noviembre 2025
El hecho de que el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) no haya respondido a los correos electrónicos que solicitaban asistencia técnica en relación con el pago de la indemnización por gastos de reasentamiento
Jueves | 30 octubre 2025