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El Defensor del Pueblo resuelve el litigio sobre pagos entre la Comisión y la universidad austriaca

Tras la intervención del Defensor del Pueblo Europeo, P. Nikiforos Diamandouros, la Comisión Europea resolvió un litigio sobre pagos con la Universidad Tecnológica de Viena. Esto es consecuencia de una denuncia de la Universidad según la cual la Comisión no pagó una cantidad pendiente de 97 000 euros por un contrato de investigación y desarrollo en el ámbito de la ingeniería química.

Para justificar su negativa a pagar, la Comisión explicó que el denunciante no presentó las declaraciones de gastos finales a tiempo. El Defensor del Pueblo consideró que era desproporcionado imponer una sanción de 97 000 EUR por el retraso. Por consiguiente, pide a la Comisión que reconsidere su posición. La Comisión acordó pagar 54 000 EUR para resolver el asunto. La Universidad aceptó la propuesta y agradeció al Defensor del Pueblo su intervención.

Antecedentes

En 1996, la Universidad Tecnológica de Viena firmó un contrato de investigación con la Comisión Europea en el ámbito de la ingeniería química. El gasto total del proyecto ascendió a 127 000 EUR.

Según la Universidad, los informes científicos y financieros finales del proyecto se enviaron a la Comisión en octubre de 2001. Dos años más tarde, la Comisión escribió a la Universidad y le dio un mes para presentar "declaraciones de costos faltantes". Dado que la Universidad no cumplió, la Comisión archivó el expediente. Como resultado, la Universidad perdió 97 000 EUR.

La Universidad intentó durante dos años que la Comisión cambiara de opinión. Cuando esto resultó infructuoso, recurrió al Defensor del Pueblo (en diciembre de 2006). El Defensor del Pueblo inició una investigación y consideró que la posición de la Comisión era desproporcionada. En una propuesta de solución amistosa, pidió a la Comisión que reconsiderara su posición.

La Comisión acordó resolver el asunto mediante el pago de 54 000 EUR. La Universidad aceptó la propuesta. Agradeció al Defensor del Pueblo su propuesta de solución amistosa.

Para leer la decisión completa, por favor vaya a:

http://www.ombudsman.europa.eu/decision/en/063784.htm

 

 

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