¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
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Cómo respondió la Comisión Europea a las preocupaciones de que recopila información insuficiente sobre la aplicación por parte de Irlanda del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE
Caso abierto
Caso 97/2022/PB - Abierto el Jueves | 10 febrero 2022 - Decisión de Lunes | 19 diciembre 2022 - Institución concernida Comisión Europea ( No se constató mala administración ) - País Irlanda
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D.a Ursula von der Leyen presidente Comisión Europea |
Estimado Presidente:
He recibido una denuncia contra la Comisión Europea del Consejo Irlandés de Libertades Civiles (ICCL) y he decidido abrir una investigación.
El denunciante expresa su preocupación por el hecho de que la Comisión no haya recopilado suficiente información para supervisar la aplicación del Reglamento general de protección de datos (RGPD) de la UE en Irlanda. De esto se trata la presente investigación, a saber, si la Comisión ha tomado medidas adecuadas para recopilar información suficiente sobre los hechos. La ICCL ha estado recientemente en contacto con la Comisión sobre esta cuestión [1].
Al denunciante también le preocupa, en términos más generales, que la Comisión Europea no esté haciendo lo suficiente para garantizar la aplicación del RGPD. No estoy indagando en esa preocupación. He informado al denunciante de que la Comisión dispone de un amplio margen de apreciación a la hora de decidir si procede o no incoar un procedimiento de infracción y cuándo. En cuanto al fondo de una reclamación por infracción, el Defensor del Pueblo solo puede intervenir (pidiendo a la Comisión que vuelva a examinar la reclamación) en caso de que haya indicios de que la Comisión se equivocó manifiestamente en su presentación de los hechos o del Derecho.
Indago sobre la preocupación específica del reclamante por las siguientes razones: es probable que surjan preguntas en la mente de los ciudadanos si circulan diferentes relatos fácticos sobre la aplicación de esta importante legislación. Los organismos públicos, junto con las organizaciones de la sociedad civil, informan de que la aplicación del RGPD en Irlanda es inadecuada, mientras que la reciente respuesta de la Comisión al reclamante en este caso parece sugerir que no hay pruebas de ello.
Por lo tanto, considero oportuno pedir a la Comisión que proporcione una relación detallada y exhaustiva de la información que ha recopilado hasta ahora para informarse de si el RGPD se aplica en todos los aspectos en Irlanda.
Le agradecería que, al proporcionarme dicha información, la Comisión también pudiera abordar los puntos específicos planteados por el denunciante sobre la cuestión de la recopilación de información. Sería útil que la Comisión incluyera explicaciones sobre cómo y de qué fuentes recopila la información.
Tenga en cuenta que es probable que envíe su respuesta y los anexos correspondientes al reclamante para que formule observaciones [2].
Le agradecería que recibiera la respuesta de la Comisión a más tardar el 15 de mayo de 2022.
Por último, tenga en cuenta que, si la información mencionada figura en un expediente muy amplio y/o complejo, y la Comisión considera que, por lo tanto, sería conveniente celebrar una reunión de inspección in situ lo antes posible, le ruego se ponga en contacto con mi oficina a este respecto lo antes posible. El oficial de investigaciones es el señor Peter Bonnor.
Le saluda con sinceridad,
Emily O'Reilly Defensora del Pueblo
Europeo
Estrasburgo, 10.2.2022
[1] Véase la carta de 1 de diciembre de 2021 del comisario Reynders al denunciante [ref. Ares S(2021) 8354751]. El Defensor del Pueblo también tiene conocimiento de la reciente carta del comisario Reynder a los diputados al Parlamento Europeo sobre esta cuestión [Ares S(2021) 8673573].
[2] Si desea presentar documentos o información que considere confidencial y que no debe divulgarse al reclamante, márquelos como «confidencial». Los correos electrónicos cifrados se pueden enviar a nuestro buzón dedicado. La información y los documentos de este tipo se eliminarán de los expedientes del Defensor del Pueblo Europeo poco después de que finalice la investigación.