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Decisión del Defensor del Pueblo Europeo relativa a la aplicación del artículo 28 (inspecciones reguladoras) del Reglamento (CE) n.o 1005/2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono

Jean-Claude Juncker

Presidente de la Comisión Europea

 

Estrasburgo, 17.4.2018

 

Iniciativa estratégica SI/7/2017/JN relativa a la aplicación del artículo 28 (inspecciones reguladoras) del Reglamento (CE) n.o 1005/2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono

Muy señor mío:

Me dirijo a usted en relación con mi carta de 24 de julio de 2017 relativa a la aplicación del artículo 28 (inspecciones reguladoras) del Reglamento (CE) n.o 1005/2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono.

He examinado ahora la respuesta de la Comisión, que recibí el 11 de diciembre de 2017, así como la información facilitada por varios defensores del pueblo nacionales.

Observo que, hasta la fecha, la Comisión no ha hecho uso de la disposición del Reglamento (CE) n.o 1005/2009 por la que puede ayudar a los Estados miembros en sus inspecciones de cumplimiento.  Dada la importancia de las inspecciones de cumplimiento en el sistema general del Reglamento (CE) n.o 1005/2009, sugiero que la Comisión asista a las inspecciones de los Estados miembros de vez en cuando.

Observo también que el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 debe ser evaluado por un contratista independiente a lo largo de este año. En este contexto, me complace informarle de que en breve se publicará una relación completa de las respuestas que he recibido de los defensores del pueblo nacionales en la sección «Red Europea de Defensores del Pueblo» de mi sitio web (https://www.ombudsman.europa.eu/es/correspondence/en/106196).

Mientras tanto, permítame darle las gracias por su respuesta y por su cooperación con esta iniciativa. Se da por concluida la iniciativa estratégica.

 

Le saluda con sinceridad,

 

Emily O'Reilly

Defensor del Pueblo Europeo

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