¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
Consultar investigaciones
Mostrando 1 - 20 de 454 resultados
How the European Commission handle an infringement complaint (CPLT(2023)01463) against Denmark, concerning the Habitats Directive
Martes | 23 junio 2026
Cómo respondió el Banco Europeo de Inversiones (BEI) a una solicitud de revisión interna sobre su decisión de financiar un proyecto de parque eólico en Bosnia y Herzegovina
Jueves | 07 mayo 2026
El hecho de que la Comisión Europea no haya adoptado una decisión definitiva en el plazo aplicable sobre una solicitud de acceso público a documentos relativos al consumo de energía y agua de los centros de datos
Miércoles | 06 mayo 2026
Falta de registro y respuesta de la Comisión Europea a una solicitud de acceso público a documentos relativos a licitaciones para análisis energéticos basados en modelos
Miércoles | 06 mayo 2026
Cómo respondió el Banco Europeo de Inversiones (BEI) a una solicitud de revisión interna sobre su decisión de financiar un proyecto de parque eólico en Bosnia y Herzegovina
Martes | 05 mayo 2026
Presunta falta de información del denunciante por parte de la Comisión Europea sobre la situación de una denuncia por infracción contra Francia (CPLT(2024)01405)
Jueves | 30 abril 2026
El tiempo empleado por la Comisión Europea para tramitar una denuncia de infracción contra Irlanda relativa al transporte de terneros no destetados – CPLT(2024)00104
Miércoles | 18 marzo 2026
Decisión sobre la forma en que la Comisión Europea tramitó una solicitud de acceso público a documentos relacionados con un proyecto que buscaba la condición de «proyecto estratégico» en virtud de la Ley de Materias Primas Fundamentales (2646/2025/MIG)
Lunes | 16 marzo 2026
El asunto se refería a la negativa de la Comisión Europea a conceder acceso público a una solicitud de reconocimiento de un proyecto de extracción y transformación de minerales como «proyecto estratégico» con arreglo a la Ley de Materias Primas Fundamentales y a la evaluación correspondiente de la Comisión. La Comisión consideró que la divulgación socavaría los intereses comerciales de la empresa afectada, en particular porque el proyecto no había sido designado como proyecto estratégico. Entre otros elementos, el denunciante alegó que existe un interés público superior en la divulgación, alegando que es probable que los documentos en cuestión contengan información medioambiental importante.
Sobre la base de la inspección de los documentos controvertidos por parte de su equipo de investigación, la Defensora del Pueblo consideró que había sido razonable que la Comisión considerara que la divulgación perjudicaría los intereses comerciales de la empresa afectada. Además, aunque los documentos contienen cierta información sobre los impactos ambientales y sociales previstos del proyecto, esto no fue suficiente para establecer un interés público superior en la divulgación.
Por consiguiente, la Defensora del Pueblo archivó la investigación y constató la inexistencia de mala administración en la denegación de acceso por parte de la Comisión.
Cómo tramitó la Comisión Europea una solicitud de acceso público a documentos relacionados con la construcción de la central nuclear de Paks II en Hungría
Lunes | 02 marzo 2026
Cómo preparó la Comisión Europea una propuesta para modificar la legislación relacionada con la política agrícola común
Viernes | 20 febrero 2026
Cómo tramitó el Banco Europeo de Inversiones (BEI) una solicitud de acceso público a documentos relativos a un proyecto de parque eólico financiado por la UE
Viernes | 23 enero 2026
La negativa del Consejo de la UE a dar acceso público a un documento relacionado con el procedimiento legislativo relativo a la Directiva sobre alegaciones ecológicas
Viernes | 09 enero 2026
Decisión sobre el tiempo empleado por la Comisión Europea en concluir un procedimiento de infracción sobre el cumplimiento por parte de España de las normas de la UE en materia de ruido ambiental – INFR (2016)2118 (asunto 410/2025/EIS)
Viernes | 12 diciembre 2025
El asunto se refería al tiempo empleado por la Comisión Europea en concluir un procedimiento de infracción, abierto en 2016 contra España sobre su cumplimiento de la normativa de la UE en materia de ruido ambiental. El reclamante, un grupo de ciudadanos preocupados por el ruido de los aeropuertos en España, denunció que el tiempo empleado por la Comisión para investigar el asunto no era razonable.
La Defensora del Pueblo Europeo constató que durante un período de tres años no hay rastro de que se hubiese tomado medida alguna por parte de la Comisión, lo que constituía un caso de mala administración.
Posteriormente, la Comisión reanudó las actuaciones sobre el caso, por lo que no tendría sentido formular una recomendación. Habida cuenta de las importantes repercusiones para la salud pública de las cuestiones objeto de controversia, la Defensora del Pueblo Europeo espera que la Comisión trate el procedimiento de infracción con carácter prioritario.
Falta de acuse de recibo por parte de la Comisión Europea de una denuncia de infracción contra España en materia de medio ambiente
Viernes | 12 diciembre 2025
Falta de decisión definitiva de la Comisión Europea sobre una solicitud de acceso público a documentos relativos a la eficiencia energética de los centros de datos
Jueves | 27 noviembre 2025
Recomendación sobre el cumplimiento por parte de la Comisión Europea de las normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento en la preparación de propuestas legislativas que consideró urgentes (983/2025/MAS, el asunto «Ómnibus», 2031/2024/VB, el asunto «migración», y 1379/2024/MIK, el asunto «CAP»)
Martes | 25 noviembre 2025
Los tres asuntos se refieren a la forma en que la Comisión Europea aplicó sus normas de mejora de la legislación y otros requisitos de procedimiento al preparar propuestas legislativas relativas a la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (983/2025/MAS), la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes (2031/2024/VB) y la política agrícola común (1379/2024/MIK). La Comisión consideró que estas propuestas eran urgentes y, por lo tanto, omitió las medidas previstas en sus normas, como las evaluaciones de impacto y las consultas públicas. Los denunciantes, que son organizaciones de la sociedad civil, consideraron que estas omisiones incumplían las normas de la Comisión sobre la mejora de la legislación. En dos casos, los denunciantes también alegaron que la Comisión no comprobó la coherencia de las propuestas legislativas con los objetivos climáticos de la UE, tal como exige la Legislación Europea sobre el Clima. En un caso, al demandante le preocupaba además que la Comisión infringiera su Reglamento interno sobre las consultas interservicios.
El Defensor del Pueblo inició investigaciones sobre los tres casos. Recibió la respuesta escrita de la Comisión en los tres casos, inspeccionó los expedientes pertinentes de la Comisión y sus equipos de investigación se reunieron con representantes de la Comisión en el contexto de dos investigaciones.
La Comisión respondió que las normas de mejora de la legislación no son una ley vinculante, sino un conjunto de herramientas de elaboración de políticas para recopilar información pertinente que debe aplicarse de manera proporcionada. También alegó que había recopilado todas las pruebas pertinentes antes de adoptar las propuestas legislativas en cuestión, había consultado a las partes interesadas y había llevado a cabo las evaluaciones de la coherencia climática y la consulta interservicios de conformidad con las normas aplicables.
Sobre la base de sus investigaciones, la Defensora del Pueblo constató una serie de deficiencias de procedimiento en la forma en que la Comisión preparó las propuestas legislativas que, en conjunto, constituyen mala administración.
En particular, el Defensor del Pueblo constató que la Comisión adoptó una interpretación amplia de la «urgencia» y no justificó suficientemente la «urgencia» de las propuestas legislativas hacia el público ni documentó sus excepciones a las normas aplicables en materia de mejora de la legislación. El Defensor del Pueblo también constató que la Comisión no ha establecido un procedimiento que garantice, como exigen los Tratados y la jurisprudencia, una preparación transparente, basada en pruebas e inclusiva de las propuestas legislativas «urgentes». La Defensora del Pueblo también constató que, al no mantener registros adecuados de los controles obligatorios de coherencia de sus propuestas con los objetivos climáticos de la UE, la Comisión no actuó de manera responsable.
Para subsanar estas deficiencias, el Defensor del Pueblo formuló dos recomendaciones. El Defensor del Pueblo recomendó que la Comisión garantizara una aplicación previsible, coherente y no arbitraria de sus normas para la mejora de la legislación, definiendo las situaciones «urgentes» que justifican una excepción a los requisitos establecidos en las normas. Además, cuando se concedan excepciones, la Comisión debe establecer un procedimiento para garantizar que la preparación urgente de propuestas legislativas siga cumpliendo los principios de un proceso legislativo transparente, basado en pruebas e inclusivo. Para ayudar a la Comisión en esta tarea, el Defensor del Pueblo hizo cuatro sugerencias, que incluyen aclarar sus normas de consulta a las partes interesadas para las propuestas urgentes y garantizar que las pruebas que respaldan sus propuestas se publiquen a su debido tiempo para permitir un debate público antes de que se adopte la legislación.
Falta de respuesta de la Comisión Europea a una solicitud confirmatoria relativa a una solicitud de acceso público a documentos en relación con proyectos de reciclado que recibieron financiación de la UE
Jueves | 20 noviembre 2025
Decisión sobre la forma en que la Comisión Europea tramitó una denuncia de infracción relativa a la calidad del aire en Italia (asunto 1113/2024/VB)
Miércoles | 12 noviembre 2025
El asunto se refería a la forma en que la Comisión Europea tramitó una denuncia de infracción relativa a la calidad del aire en Bolzano, en Trentino-Alto Adige/Südtirol. La Comisión había suspendido inicialmente la tramitación de la denuncia a la espera del resultado de los procedimientos judiciales en curso relativos al mismo asunto. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, la Comisión informó al denunciante de su intención de archivar el asunto.
El Defensor del Pueblo investigó el tiempo empleado por la Comisión para tramitar la reclamación. Durante la investigación, la Comisión adoptó su decisión final de archivar el asunto.
El Defensor del Pueblo constató que la Comisión había mantenido informado al demandante y que no había tardado demasiado en tramitar la reclamación.
La Defensora del Pueblo concluyó la investigación con la conclusión de que no hubo mala administración por parte de la Comisión.
Cómo tramitó la Comisión Europea una solicitud de acceso público a documentos relacionados con proyectos que solicitaban la condición de «proyecto estratégico» en virtud de la Ley de Materias Primas Fundamentales
Martes | 11 noviembre 2025