¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
- ES Español
Las traducciones automáticas pueden contener errores que menoscaben la claridad y la exactitud del texto. El Defensor del Pueblo declina toda responsabilidad por las eventuales discrepancias. Para asegurarse de que dispone de información fiable y [disfruta de] seguridad jurídica, consulte la versión original en inglés cuyo enlace aparece arriba.
Para ampliar información, consulte nuestra política en materia de idiomas y de traducción.
Decisión del Defensor del Pueblo Europeo por la que se archiva la reclamación 273/2014/KM contra la Comisión Europea
Decisión
Caso 273/2014/KM - Abierto el Viernes | 21 febrero 2014 - Decisión de Lunes | 17 noviembre 2014 - Institución concernida Comisión Europea ( No se justifican medidas de investigación adicionales ) - País Austria
D. Jean-Claude Juncker
Presidente Comisión
Europea
1049 BRUSELAS BÉLGICA
Confidencial
Estrasburgo, 17 de noviembre de 2014
Decisión del Defensor del Pueblo Europeo por la que se archiva la reclamación 273/2014/KM contra la Comisión Europea
Muy señor mío:
Adjunto le remito una copia de mi carta de decisión dirigida al denunciante en el caso anterior, en la que este alegaba que la Comisión no había respondido a su denuncia de que su estancia en un hospital no había sido reembolsada al 100 %.
En la carta de decisión, informo al denunciante de que me puse en contacto con el servicio pertinente de la Comisión a este respecto y de que la Comisión respondió el 3 de marzo de 2014.
Tras un examen exhaustivo de la respuesta de la Comisión y de las observaciones del denunciante al respecto, llegué a la conclusión de que no se justifican nuevas investigaciones sobre el asunto porque considero que la respuesta es exacta.
Sin embargo, tengo una observación más.
El demandante en este caso alegó que podía esperar que se le reembolsara el importe íntegro porque eso es lo que pedía en el formulario de solicitud, y la autorización previa no indicaba nada al respecto. Si bien en mi carta de decisión dejé claro que este argumento no puede seguirse, considero, no obstante, que las administraciones que se comunican con la mayor claridad posible se encargan de una buena administración. Por consiguiente, invito a la Comisión a que considere la posibilidad de incluir, en los documentos que concedan una autorización previa, el porcentaje exacto de reembolso aplicable y cualquier límite de reembolso aplicable al tratamiento en cuestión.
Le agradecería que me informara, a más tardar el 30 de junio de 2015, de cualquier medida que la Comisión haya adoptado en relación con mis conclusiones. Tendré en cuenta estas respuestas a mis observaciones críticas y otras observaciones al llevar a cabo mi evaluación anual sobre la forma en que las instituciones y los órganos han reaccionado a mis conclusiones.
Le saluda con sinceridad,
Emily O'Reilly