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Decisión en el asunto 1851/2012/OV - Litigio relativo a un pago entre un experto y la Agencia Ejecutiva de Investigación

El asunto se refería a un desacuerdo entre un experto y la Agencia Ejecutiva de Investigación (REA) acerca del número de días trabajados por los que podía exigir el pago. La Defensora del Pueblo hizo una propuesta de solución amistosa en la que solicitaba a la REA: (i) que pagara al reclamante los días trabajados que alegaba y (ii) que explicara claramente las condiciones específicas adjuntas a los contratos de expertos con respecto a futuros pagos. Así lo hizo la REA.

El fondo

1. El denunciante es un experto que actuó como revisor de la Agencia Ejecutiva de Investigación (REA). Por lo que se refiere al pago de sus servicios, las condiciones específicas anejas a la carta de nombramiento del demandante establecían lo siguiente:

«Se le invita a realizar sus tareas [...] durante un número total de días no superior a cinco días.

Este número máximo de días incluye:

1 día(s) para realizar la lectura y el análisis a distancia del convenio de subvención y del proyecto, así como otra información de referencia y entregables en su domicilio o lugar de trabajo.

1 día(s) para asistir a la(s) reunión(es) de revisión del proyecto HEDRad que tendrá lugar en Bruselas (Bélgica) el 18.1.2011.

0,5 días para redactar el informe o informes de revisión a distancia en su domicilio o lugar de trabajo y para presentar su informe o informes a más tardar diez días hábiles después de la recepción de los informes y las prestaciones contractuales. ..."

2. Sobre la base de estas disposiciones, el denunciante solicitó el pago de 4 días hábiles (para tareas que no implican viajes) a 450 euros por día, es decir, un total de 1 800 euros. Sin embargo, la AEI le pagó solo 1,5 días y alegó que esto estaba en consonancia con los límites máximos de las condiciones específicas.

3. A continuación, el demandante se dirigió al Defensor del Pueblo, que abrió una investigación sobre la alegación del demandante de que la AEI se equivocó al negarse a reembolsar los honorarios del demandante de 1 800 EUR, y solicitó que se le reembolsaran los honorarios totales [1].

Alegación de que la AEI se negó erróneamente a pagar los honorarios del denunciante

Propuesta de solución amistosa del Defensor del Pueblo

4. Al proponer la solución amistosa, el Defensor del Pueblo tuvo en cuenta los argumentos y opiniones presentados por las partes.

5. El Defensor del Pueblo señaló que, de acuerdo con las condiciones específicas citadas anteriormente, el número máximo de días laborables que podían reclamarse era de 5 días, y que este máximo de 5 días incluía 1, 1 y 0,5 días (es decir, un total de 2,5 días) para las tareas específicas mencionadas. Sin embargo, entendida literalmente, la expresión "incluye" no implica que el número total de días hábiles que podrían reclamarse para estas tareas se limitara a un máximo de 2,5 días (o a 1,5 días cuando un revisor no asistió a la reunión central de revisión en Bruselas). En opinión del Defensor del Pueblo, si la AEI pretendía que los revisores pudieran reclamar solo un máximo de 2,5 días para todas las tareas (y, por lo tanto, no un máximo de 5 días), entonces debería haberlo indicado claramente en las Condiciones Específicas, pero no lo hizo. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo concluyó que la posición de la AEI de que el reclamante solo podía reclamar 1,5 días hábiles no se ajustaba a las disposiciones de las Condiciones Específicas. También consideró que, para evitar una incertidumbre similar con respecto al número de días hábiles que los revisores pueden reclamar, debería revisar las Condiciones Específicas y establecer claramente el número máximo de días que pueden reclamarse.

6. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo presentó la siguiente propuesta de solución amistosa:

"1. Sobre la base del texto de las Condiciones Específicas, la AEI debe considerar el pago al reclamante durante cuatro días hábiles a razón de 450 EUR por día. 

2. La AEI debería considerar la posibilidad de revisar las condiciones específicas del modelo de carta de nombramiento a fin de dejar perfectamente claro a los revisores el número máximo de días laborables que pueden solicitar.

7. La AEI aceptó el primer punto de la propuesta de solución amistosa y pagó 1 125 EUR adicionales al denunciante por los 2,5 días hábiles restantes.

8. Por lo que se refiere al segundo punto, la AEI declaró que en el nuevo Programa Marco de Investigación e Innovación de la UE «Horizonte 2020», el modelo de carta de nombramiento del 7o PM ha sido sustituido por el modelo de contrato de expertos de Horizonte 2020 [2], adoptado mediante la Decisión C(2013) 8373 de la Comisión. Las disposiciones del modelo de contrato, incluidas las relativas al número máximo de días laborables, no se han modificado sustancialmente. Una razón para ello es que el modelo de contrato fue diseñado para ser utilizado para diferentes tipos de expertos (evaluadores, revisores, observadores, aproximadamente 18 000 contratos para expertos en 2014). Otra razón es mantener un cierto nivel de flexibilidad para evitar trabajos administrativos adicionales (como modificar o emitir un nuevo contrato debido a tareas adicionales). No obstante, teniendo en cuenta el razonamiento del Defensor del Pueblo y con el fin de evitar cualquier interpretación errónea, la AEI propondría a la Comisión que aclarara las normas pertinentes del Manual en línea para expertos de Horizonte 2020 de la siguiente manera:

«El número total máximo de días laborables, junto con una planificación indicativa, se establece en el contrato y no puede superarse.

El número máximo total de días establece el límite máximo de días para los que se le puede pedir que realice tareas en virtud del contrato. Este número puede ser superior al número de días hábiles definido en la planificación indicativa y está destinado a cubrir eventos imprevistos en la fecha de la firma del contrato, que podrían dar lugar a la necesidad de que la parte contratante le asigne tareas adicionales que resulten en días hábiles adicionales.

A menos que la asignación de tareas complementarias se acuerde por escrito, el número de días que puede solicitar el pago corresponde al número de días hábiles definido en la planificación indicativa".

9. En sus observaciones, el autor aceptó el resultado de la solución amistosa. Lo encontró justo y estaba satisfecho con él. Añadió que, mientras tanto, la AEI había pagado el importe pendiente.

10. Por lo que se refiere al segundo punto de la propuesta de solución amistosa, el denunciante declaró que el contrato debería mencionar claramente todo lo que se espera del experto, junto con el pago correspondiente. Pero el contrato también debe mencionar las actividades no remuneradas (como el tiempo dedicado a familiarizarse con el sistema informático de la REA, las conversaciones telefónicas y la investigación). La claridad a este respecto es el único enfoque profesional. El denunciante alegó que debía asignarse un pago máximo a cada una de las actividades.

Evaluación del Defensor del Pueblo tras la propuesta de solución amistosa

11. El Defensor del Pueblo señala que la AEI ha aceptado el primer punto de la propuesta de solución amistosa y que el reclamante quedó satisfecho tras recibir el pago adicional.

12. Por lo que se refiere al segundo punto de la propuesta de solución amistosa, la Defensora del Pueblo señala que ya se está utilizando el nuevo modelo de contrato para expertos de Horizonte 2020, de 7 de febrero de 2014.  Su artículo 4 dispone lo siguiente: i) el perito tendrá derecho a una tasa de 450 EUR por cada día completo efectivamente trabajado de conformidad con el artículo 3, apartado 2, y ii) el «importe máximo de las tasas pagadas en virtud del contrato se limitará al número máximo de días hábiles» establecido en el artículo 3, apartado 2. El artículo 3, apartado 2, establece, para cada tipo de experto, la planificación indicativa y el número de días hábiles para completar las tareas separadas. Por ejemplo, el artículo 3, apartado 2, establece lo siguiente para un experto que actúe como evaluador:

"- [Número] día(s) laborable(s) para asistir a una sesión informativa en ... el ...

- [Número] de reuniones que implican viajes separados a los locales centrales de evaluación.

- [Número] día(s) laborable(s) para la evaluación central en ..., entre ... y ...

- [Número] día(s) laborable(s) para la evaluación a distancia sin desplazamiento, entre ... y ..."

13. El párrafo 1 del artículo 3 del modelo de contrato fija la fecha de inicio del trabajo del perito y dispone que "no podrá exceder de [número] día(s) laborable(s)". Además, establece que "[e]l número máximo total de días incluye el 'número de días laborables'" (el subrayado es mío) establecido en la planificación indicativa del artículo 3, apartado 2. El Defensor del Pueblo señala que la expresión "incluye" todavía podría dar lugar a confusión en lo que respecta al número máximo de días laborables que los expertos podrían reclamar. Por lo tanto, acoge con satisfacción la aclaración adicional que la AEI propuso incluir en el Manual en línea para expertos de Horizonte 2020, en respuesta a su propuesta de solución amistosa. La Defensora del Pueblo señala que esta propuesta se ha aplicado ya que esta aclaración ya se ha integrado en el Manual en línea para expertos de Horizonte 2020, en la sección sobre «Contratación y ampliación; pago»[3]. La aclaración deja claro que, a menos que al experto se le asignen tareas adicionales por escrito, los honorarios máximos que puede reclamar corresponderán al número de días hábiles establecido en la planificación indicativa. En otras palabras, solo cuando deban realizarse tareas adicionales, el número máximo de días hábiles será el mencionado en el artículo 3, apartado 1, y no en la planificación indicativa del artículo 3, apartado 2. Por lo tanto, la Defensora del Pueblo considera que la AEI también ha aceptado el segundo punto de su propuesta de solución amistosa.

Conclusión

Sobre la base de la investigación de esta reclamación, el Defensor del Pueblo la cierra con la siguiente conclusión:

La AEI ha aceptado ambos puntos de la propuesta de solución amistosa del Defensor del Pueblo.

Se informará de esta decisión al denunciante y a la AEI.

 

Emily O'Reilly

Estrasburgo, 4 de septiembre de 2014


[1] Para más información sobre los antecedentes de la reclamación, los argumentos de las partes y la investigación del Defensor del Pueblo, véase el texto completo de la propuesta de solución amistosa del Defensor del Pueblo disponible en: http://www.ombudsman.europa.eu/en/cases/correspondence.faces/en/54659/html.bookmark

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