¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
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Decisión sobre la falta de respuesta de la Delegación de la Unión Europea en el Líbano a las reclamaciones administrativas de antiguos agentes locales en las que se solicitaban intereses de demora en el pago de la indemnización por cese en el servicio
Decisión
Caso OI/4/2026/FA - Abierto el Lunes | 17 agosto 2026 - Decisión de Martes | 01 septiembre 2026 - Institución concernida Servicio Europeo de Acción Exterior ( Resolución por la institución ) - País Francia
Inicio de una investigación
17/08/2026Investigación en curso
17/08/2026Resultado de la investigación
01/09/2026
Muy señora mía:
Recientemente ha presentado una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo. Su denuncia se refiere a la falta de respuesta de la Delegación de la Unión Europea en el Líbano a su denuncia administrativa en la que solicitó intereses de demora en el pago de la indemnización por cese en el servicio. El Defensor del Pueblo Europeo inició una investigación de oficio sobre la base de su reclamación.
El 24 de agosto de 2026, usted nos informó de que la Delegación había respondido a su reclamación administrativa. Consideramos que el objeto de su denuncia ya está resuelto y hemos dado por concluida la investigación de oficio.
Tenga en cuenta que esta investigación se refería exclusivamente a la falta de respuesta de la Delegación a su reclamación administrativa.
Entendemos que ahora ha presentado una solicitud de revisión a la Delegación en relación con su decisión sobre su reclamación administrativa. Aunque debe esperar la respuesta de la Delegación a su solicitud de revisión antes de considerar si vuelve a dirigirse al Defensor del Pueblo [1], tenga en cuenta que, con arreglo a las normas aplicables, la Delegación solo aceptará revisar su caso si existen nuevos hechos pertinentes de los que el agente local no tuviera conocimiento previamente. Es posible que este no parezca ser el caso con respecto a su presentación.
Le saluda con sinceridad,
Vieri Biondi
Jefe de la Unidad de Investigación III (interino)
[1] Si no recibe una respuesta satisfactoria a su solicitud en un plazo razonable, puede dirigirse de nuevo al Defensor del Pueblo. A continuación, el Defensor del Pueblo evaluará si está justificado iniciar una investigación por iniciativa propia. Si desea presentar una nueva queja, utilice el formulario de queja en nuestro sitio web: https://www.ombudsman.europa.eu/es/make-a-complaint («Reclamar»). Si nos envía un correo electrónico, no podremos procesar esto como una queja.