¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
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Decisión sobre cómo organizó el Consejo de la Unión Europea una entrevista en un procedimiento de selección de personal y cómo reembolsó los gastos de viaje y estancia (asunto 2112/2023/RVK)
Decisión
Caso 2112/2023/RVK - Abierto el Jueves | 23 noviembre 2023 - Decisión de Jueves | 23 noviembre 2023 - Institución concernida Consejo de la Unión Europea ( No se constató mala administración ) - País Grecia
Reclamación presentada
29/10/2023Análisis de la reclamación
30/10/2023Investigación en curso
23/11/2023Resultado de la investigación
23/11/2023
Muy señora mía:
Recientemente presentó una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo contra el Consejo de la Unión Europea («el Consejo») en relación con la forma en que organizó su entrevista en un procedimiento de selección de personal (CONS/AD/188/23, jefe de unidad, responsable de protección de datos de la SGC.DPO).
En su denuncia, usted cuestiona el hecho de que el Consejo le exigiera que asistiera a la entrevista en persona, en lugar de en línea, a pesar de sus circunstancias particulares durante el período en cuestión. Además, no está satisfecho con los reembolsos que recibió por sus gastos de viaje y alojamiento. En particular, considera que, de conformidad con la Reglamentación relativa a las contribuciones financieras para gastos de viaje y estancia [1], el Consejo debe reembolsarle el billete de ida y vuelta y los gastos de taxi.
Tras un cuidadoso análisis de toda la información que nos ha facilitado con su denuncia, hemos decidido cerrar la investigación con la siguiente conclusión:
No hubo mala administración por parte del Consejo.
Agradecemos su frustración por tener que viajar a Bruselas para la entrevista, especialmente dadas sus circunstancias particulares. Aunque animamos a los órganos de la UE a ofrecer la mayor flexibilidad posible a los candidatos a este respecto, corresponde al Consejo decidir el formato de una entrevista.
Si bien también apreciamos que hubiera querido que se le reembolsaran más gastos, constatamos que el Consejo aplicó correctamente las normas pertinentes, que compartió con usted por adelantado. Las Reglas solo prevén una contribución a tanto alzado para sus gastos de viaje y alojamiento. La contribución a los gastos de viaje se basa en la distancia (de ida) entre el lugar de residencia y el lugar de la entrevista.
Le saluda con sinceridad,
Tina Nilsson
Jefa de la Unidad de Atención de Casos
Estrasburgo, 23.11.2023
[1] Véase: https://eu-careers.europa.eu/sites/default/files/documents/general/contribution_to_travel/rules/es.pdf