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Decisión del Defensor del Pueblo Europeo en el asunto 213/2020/DL sobre la falta de respuesta adecuada de Your Europe Advice a la pregunta del reclamante

Muy señor mío:

El 3 de febrero de 2020, presentó una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo contra la Comisión Europea (Your Europe Advice). La denuncia se refería a la supuesta falta de respuesta por parte de Your Europe Advice a su pregunta sobre el derecho a la libre circulación.

El Defensor del Pueblo me ha pedido que tramite la reclamación y le responda en su nombre.

Lamento informarle de que, sobre la base de la información que nos ha facilitado, el Defensor del Pueblo no constata mala administración [1].

En respuesta a sus preguntas de seguimiento, en las que alega que la respuesta a su pregunta inicial fue incompleta e incorrecta, Your Europe Advice le informó de que sus expertos jurídicos no responderían porque la cuestión se había abordado anteriormente.  Observo que Your Europe Advice respondió de manera sustantiva a su pregunta inicial (pregunta n.o 293201). Le proporcionó un razonamiento completo y le aconsejó sobre qué pasos podría tomar a continuación. Por lo tanto, considero razonable que Your Europe Advice considere que han atendido adecuadamente su solicitud.

Además, alega que no ha recibido respuesta a su correo electrónico final de 23 de enero de 2020. De conformidad con el artículo 14, apartado 3, del Código Europeo de Buena Conducta Administrativa [2], «no es necesario enviar acuse de recibo ni respuesta en los casos en que las cartas o reclamaciones sean abusivas debido a su número excesivo o a su carácter repetitivo o inútil». Dado que Your Europe Advice ha respondido a su pregunta inicial y le ha informado dos veces de que no respondería a sus preguntas de seguimiento, no encuentro nada que sugiera que la falta de respuesta a su último correo electrónico de 23 de enero de 2020 sea una mala administración por parte de la Comisión Europea.

Por lo que se refiere a la cuestión subyacente de su pregunta dirigida a Your Europe Advice, a saber, los problemas encontrados con la Oficina de Inmigración MA35 en Viena, podría plantearse la posibilidad de presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo austriaco (Volksanwaltschaft). Si lo desea, puede encontrar más información sobre el procedimiento y cómo presentar una reclamación en el siguiente enlace: https://volksanwaltschaft.gv.at/es.

Me doy cuenta de que esta decisión le decepcionará, pero espero que la información y las explicaciones anteriores sean útiles.

Le saluda con sinceridad,

Fergal Ó Regan
Jefe de Investigación - Unidad 2

Estrasburgo, 24.2.2020

 

[1] Puede encontrarse información completa sobre el procedimiento y los derechos relativos a las reclamaciones en https://www.ombudsman.europa.eu/es/document/70707.

[2] El Código Europeo de Buena Conducta Administrativa, disponible en: https://www.ombudsman.europa.eu/es/publication/es/3510.

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