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Decisión sobre la forma en que la Comisión Europea tramitó una solicitud de acceso público a documentos relacionados con un proyecto financiado por la UE sobre diagnóstico del cáncer (asunto 3099/2025/MIG)

Jueves | 25 junio 2026

El asunto se refería a una solicitud de acceso público a documentos relacionados con los gastos de una universidad en el contexto de un proyecto financiado por la UE. El denunciante presentó su solicitud a la Comisión Europea en julio de 2025.

La Comisión respondió por primera vez en septiembre de 2025. Señaló que diez documentos estaban comprendidos en el ámbito de aplicación de la solicitud de acceso, a los que denegó el acceso del público en su totalidad. Al hacerlo, la Comisión alegó que la divulgación podría perjudicar los intereses comerciales de la universidad de que se trata.

El denunciante impugnó la decisión de la Comisión presentando una «solicitud confirmatoria» en septiembre de 2025. Cuando la Comisión no dio una respuesta explícita, el reclamante recurrió al Defensor del Pueblo en octubre de 2025.

La Defensora del Pueblo inició una investigación sobre la negativa implícita de la Comisión a conceder acceso público y, como primer paso, pidió a la Comisión que adoptara una respuesta explícita a la solicitud confirmatoria del reclamante lo antes posible. A falta de respuesta en el plazo establecido, el equipo de investigación del Defensor del Pueblo inspeccionó los documentos en cuestión, junto con la documentación sobre la consulta de la universidad en cuestión.

La Comisión respondió al denunciante en mayo de 2026, concediendo un amplio acceso parcial a los documentos en cuestión. El denunciante, en sus observaciones sobre la decisión confirmatoria de la Comisión, no impugnó las expurgaciones restantes. Por lo tanto, el Defensor del Pueblo consideró que la reclamación sobre la denegación implícita de acceso por parte de la Comisión se había resuelto mediante el acceso ahora concedido. Dicho esto, la Defensora del Pueblo lamentó el retraso en que incurrió la Comisión para tramitar la solicitud de acceso de la reclamante, que persistió incluso después de haber abierto su investigación. La Defensora del Pueblo sigue vigilando de cerca la cuestión de los retrasos sobre la base de las reclamaciones que se le presentan.

Decisión sobre cómo trató la Comisión Europea el uso y la publicación de un estudio elaborado en el marco de un contrato financiado por la UE (asunto OI/4/2024/MIK)

Jueves | 10 julio 2025

El asunto se refería a un estudio realizado por un organismo de investigación en virtud de un contrato con la Delegación de la UE en Guinea-Bissau. La organización expresó su preocupación por las condiciones relacionadas con la publicación del estudio, en particular que debería distribuirse gratuitamente. La organización consideró que esta condición impediría efectivamente la publicación del estudio como libro académico, ya que las editoriales académicas son entidades comerciales que obtienen ganancias de los libros que publican.

La investigación demostró que el estudio se había encargado en virtud de un «contrato de servicios», en virtud del cual la Comisión Europea, que es responsable del presupuesto global en cuestión, adquirió la propiedad del estudio. Como tal, el estudio se consideró un «bien público», y la Comisión insistió acertadamente en que se pusiera a disposición del público de forma gratuita.

El Defensor del Pueblo consideró razonable que la Comisión insistiera en que el estudio se distribuyera gratuitamente, dado que se elaboró con fondos de la UE y, por lo tanto, no debería comercializarse. No obstante, el Defensor del Pueblo consideró lamentable que la Comisión hubiera especificado de manera clara las condiciones relativas a la publicación solo después de que se hubiera completado el estudio. El Defensor del Pueblo archivó el asunto y constató que no estaban justificadas más investigaciones, pero sugirió evitar que se produjeran problemas similares en el futuro.

Decisión sobre la negativa de la Agencia Ejecutiva Europea de Investigación (AEI) a conceder un «sello de excelencia» a una propuesta de financiación en el marco de un programa de becas postdoctorales de la UE (asunto 1804/2024/FA)

Martes | 06 mayo 2025

El asunto se refería a la decisión de la Agencia Ejecutiva Europea de Investigación (REA) de no conceder un «sello de excelencia» a una propuesta de financiación de la UE en el marco de una convocatoria de propuestas de 2023 para la beca postdoctoral Marie Sklodowska-Curie (MSCA-PF), que forma parte del programa Horizonte Europa de la UE. REA se había negado a conceder el sello de excelencia a la propuesta porque la demandante tenía su sede en el Reino Unido.

La Defensora del Pueblo constató que la AEI había facilitado una explicación razonable de su decisión y había actuado de conformidad con las normas aplicables. Como tal, cerró la investigación con la conclusión de que no había mala administración. Sin embargo, hizo una sugerencia de mejora a la AEI para que facilitara al denunciante y a otros solicitantes con sede en el Reino Unido que se encontraran en la misma situación una nota explicativa o publicara una declaración pública que aclarara la situación específica de los solicitantes con sede en el Reino Unido en las convocatorias de propuestas de las ACEM-PF de 2023, en particular en relación con el sello de excelencia.