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Seguimiento de una denuncia relativa a determinadas actividades de certificación en un tercer país

Alegaciones

La Comisión no tomó las medidas adecuadas, en particular sobre la base del artículo 33, apartado 3, del Reglamento (CE) no 834/2007, para dar curso a una denuncia relativa a determinadas actividades de certificación en un tercer país que el denunciante le presentó el 14 de enero de 2013.

Reclamación(es)

La Comisión debe adoptar las medidas adecuadas para dar curso a la denuncia mencionada.

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