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Decisión del Defensor del Pueblo Europeo relativa a la reclamación 517/2021/LM sobre la forma en que el Banco Central Europeo tramitó una solicitud de asistencia en un caso de presunto acoso en el Banco de España

Muy señora mía:

El 16 de marzo de 2021, presentó usted una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo contra el Banco Central Europeo (BCE). Denuncia usted que el BCE no le ha prestado asistencia en relación con el supuesto acoso que sufrió mientras trabajaba para el Banco de España. Considera usted que el BCE debe velar por que el Banco de España cumpla su protocolo contra el acoso.

Tras un cuidadoso análisis de toda la información que ha facilitado, lamento informarle de que el Defensor del Pueblo no constata mala administración por parte del BCE [1].

En su respuesta a su solicitud de asistencia, de 9 de febrero de 2021, el BCE se refirió a su propia política de acoso, al tiempo que señaló que los bancos centrales nacionales tienen sus propios protocolos de acoso y que son los únicos responsables de su aplicación. El BCE le aconsejó que siguiera el protocolo contra el acoso establecido por el Banco de España.

La respuesta del BCE es adecuada y razonable, así como acorde con su papel.

La función supervisora del BCE en relación con los bancos centrales nacionales se limita a la supervisión bancaria [2]. El BCE no es competente para intervenir en cuestiones relacionadas con la gestión del personal. Por lo tanto, el BCE no tiene ningún poder de supervisión sobre las políticas de acoso en los bancos centrales nacionales.

Por lo tanto, a la luz de lo anterior, he archivado el asunto.

Aunque soy consciente de que este resultado le decepcionará, espero que estas explicaciones sean útiles.

Le saluda con sinceridad,

 

Tina Nilsson
Jefa de la Unidad de Atención de Casos

Estrasburgo, 7.4.2021

 

[1] Puede encontrarse información completa sobre el procedimiento y los derechos relativos a las reclamaciones en https://www.ombudsman.europa.eu/es/document/70707 .

[2] Para obtener más información, consulte: https://www.bankingsupervision.europa.eu/banking/tasks/html/index.en.html

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