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Decisión en el asunto 1801/2018/LM sobre la falta de respuesta de la EPSO a preguntas específicas relativas a la evaluación de la solicitud del reclamante

1. El 7 de agosto de 2018, el reclamante envió a la EPSO una solicitud de aclaración sobre la evaluación de su solicitud y el método de evaluación utilizado por la EPSO. Dado que no recibió una respuesta específica a sus preguntas, el demandante se dirigió al Defensor del Pueblo Europeo el 20 de octubre de 2018.

2. El personal del Defensor del Pueblo encargado de la investigación se puso en contacto con la EPSO. Posteriormente, la EPSO respondió al reclamante el 4 de diciembre de 2018.

3. Dado que se ha enviado una respuesta clara y razonable, se ha resuelto el problema subyacente a la denuncia en cuestión y, por lo tanto, hemos decidido archivar el asunto [1].

 

Tina Nilsson

Jefe de Unidad 4 - Investigaciones

Estrasburgo, 11.12.2018

 

[1] Esta reclamación ha sido tramitada por delegación para la tramitación de casos, de conformidad con el artículo 11 de la Decisión del Defensor del Pueblo Europeo por la que se adoptan medidas de ejecución

 

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