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Cómo garantizan la Agencia Ejecutiva para el Consejo Europeo de Innovación y las Pymes (EISMEA) y la Comisión Europea que el uso de la inteligencia artificial (IA) por parte de expertos externos es compatible con sus tareas como evaluadores de las solicitudes de fondos de Horizonte

Director EISMEA

 

Muy señor mío:

He recibido una denuncia contra la Agencia Ejecutiva para el Consejo Europeo de Innovación y las Pymes (EISMEA). El denunciante es una empresa establecida en Polonia que presentó una propuesta en el marco del programa Acelerador del Consejo Europeo de Innovación de Horizonte Europa (con fecha límite el 8 de noviembre de 2023), pero no logró recibir financiación de este programa.

Al denunciante le preocupa, entre otras cosas, que los expertos que evaluaron su propuesta utilizaran sistemas de inteligencia artificial (IA) de terceros para preparar sus revisiones. Si bien la EISMEA ya ha examinado esta preocupación y ha establecido que algunos evaluadores utilizaron sistemas de IA para editar sus revisiones e investigar alguna información de referencia, el denunciante cree que esto podría haber tenido un impacto en la equidad del proceso de evaluación. Además, el denunciante alega que, al cargar información procedente de su propuesta en un sistema de IA de terceros, los expertos podrían haber divulgado la información comercial confidencial del denunciante y, por lo tanto, socavar su estrategia empresarial y de innovación. Por lo tanto, el demandante solicita una indemnización por daños y perjuicios. Además, el denunciante considera que deben introducirse normas más claras que regulen el uso de los sistemas de IA por parte de los evaluadores y la transparencia de este uso hacia los autores de las propuestas.

Sobre la base de la información facilitada en la denuncia, no he encontrado motivos suficientes para abrir una investigación sobre la evaluación sustantiva de la propuesta del reclamante y las preocupaciones del reclamante en relación con la divulgación de información comercial confidencial y la correspondiente reclamación de indemnización. Considero que la EISMEA ha explicado al denunciante de manera clara y razonable cómo se evaluó su propuesta. También ha indicado que el reclamante puede volver a presentar una propuesta mejorada dentro de una convocatoria en curso, y que las propuestas como la presentada por el reclamante generalmente no deben contener ninguna información confidencial sin una indicación clara de su uso restringido.

Sin embargo, he decidido abrir una investigación sobre el aspecto sistémico de la denuncia relativa a las normas que rigen el uso de sistemas de IA por parte de evaluadores expertos de las propuestas presentadas en el contexto de los programas de la UE ejecutados por la EISMEA y la transparencia de este uso hacia los autores de las propuestas.

Dado que es la Comisión Europea la que ha adoptado algunas de las normas pertinentes, he decidido abrir una investigación sobre este aspecto de la denuncia contra EISMEA y la Comisión. Por lo tanto, sería útil que EISMEA se pusiera en contacto con la Comisión en relación con esta denuncia.

He llegado a la conclusión de que, como primer paso, es necesario que mi equipo de investigación se reúna con los representantes pertinentes de la EISMEA y de la Comisión Europea para obtener respuestas a las preguntas específicas que figuran en el anexo de la presente carta. Le agradecería que su oficina se pusiera en contacto con el Sr. Michał Krajewski, responsable de esta investigación, para acordar las modalidades de la reunión antes del 20 de marzo de 2026.

También he decidido que es necesario que mi equipo de investigación inspeccione, preferiblemente en formato electrónico [1], los intercambios entre la EISMEA y los expertos que participan en la evaluación de la propuesta en cuestión en relación con el uso de la IA en la preparación de las revisiones de los expertos, así como cualquier otra documentación interna relativa a la gestión de las preocupaciones del reclamante en cuestión. Le agradecería que me enviara estos documentos a más tardar el 18 de febrero de 2026.

La información o los documentos que la EIMEA considere confidenciales no se divulgarán al reclamante ni a ninguna otra persona sin el acuerdo previo de la EIMEA [2].

Le saluda con sinceridad,

Teresa Anjinho Defensora del Pueblo
Europeo

Estrasburgo, 4.2.2026

 

Anexo - Preguntas para la reunión

1) ¿Cómo ha evaluado la EISMEA (o la Comisión) los riesgos y oportunidades que conlleva el uso de sistemas de IA de terceros por parte de evaluadores expertos o verificadores externos de las propuestas de financiación presentadas en el contexto de los programas de la UE ejecutados por la EISMEA? Si hay documentación de dicha evaluación, compártala con el equipo de investigación del Defensor del Pueblo antes de la reunión.

2) ¿Cuáles son las normas vigentes (en su caso) relativas al uso de la IA por parte de evaluadores expertos o verificadores externos de las propuestas o solicitudes de financiación presentadas en el contexto de los programas de financiación de la UE ejecutados por la EIMEA? Comparta estas normas con el equipo de investigación del Defensor del Pueblo antes de la reunión.

3) ¿Existen otros materiales pertinentes relativos al uso de la IA facilitados por la EISMEA (o la Comisión) a evaluadores expertos o verificadores externos? En caso afirmativo, compártalos con el equipo de investigación del Defensor del Pueblo antes de la reunión.

4) Teniendo en cuenta el uso generalizado de sistemas de IA de terceros de libre acceso (chats), ¿considera la EISMEA (o la Comisión) abordar explícitamente en sus contratos el uso de la IA por parte de evaluadores expertos o verificadores externos?

5) ¿Existe alguna medida actualmente en vigor que exija que los evaluadores expertos o los verificadores externos revelen a la EISMEA (o a la Comisión) el uso de la IA en la preparación de las revisiones de las propuestas o solicitudes de financiación (como los cuestionarios)? En caso afirmativo, compártalos con el equipo de investigación del Defensor del Pueblo antes de la reunión.

6) ¿Examina la EIMEA el uso de la IA por evaluadores expertos o revisores externos por iniciativa propia o solo en caso de reclamaciones?

7) ¿Ha recibido la EIMEA otras quejas sobre el uso de la IA por parte de sus evaluadores expertos o revisores externos y, en caso afirmativo, cómo las ha tratado y cuáles han sido los resultados? En caso afirmativo, comparta los documentos pertinentes con el equipo de investigación del Defensor del Pueblo antes de la reunión.

 

[1] Los correos electrónicos cifrados se pueden enviar a nuestro buzón dedicado. La información y los documentos de este tipo se eliminarán de los expedientes del Defensor del Pueblo Europeo poco después de que finalice la investigación.

[2] Marque claramente dichos documentos o información como «confidencial». La información y los documentos de este tipo se eliminarán de los expedientes del Defensor del Pueblo Europeo poco después de que finalice la investigación.

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