¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
- ES Español
Las traducciones automáticas pueden contener errores que menoscaben la claridad y la exactitud del texto. El Defensor del Pueblo declina toda responsabilidad por las eventuales discrepancias. Para asegurarse de que dispone de información fiable y [disfruta de] seguridad jurídica, consulte la versión original en inglés cuyo enlace aparece arriba.
Para ampliar información, consulte nuestra política en materia de idiomas y de traducción.
Carta del Defensor del Pueblo Europeo a la ECHA sobre la adopción de una política de transparencia
Carta - Fecha Miércoles | 03 septiembre 2014
|
D. Geert Dancet Director
|
Estrasburgo, 3.9.2014
Re: Adopción de una política de transparencia
Muy señor mío:
Habida cuenta del impacto directo de la labor de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) en la vida cotidiana de los ciudadanos, es muy consciente de que es especialmente importante que sus políticas en ámbitos como la ética, la transparencia y la participación pública reflejen los valores y principios de la Unión.
Mi predecesor tuvo la oportunidad de debatir detenidamente estas cuestiones con su Oficina, en el contexto de su visita a la ECHA en octubre de 2012 y de la correspondencia posterior en el contexto de la investigación por iniciativa propia OI/12/2012/EIS. En aras de la claridad, cabe señalar que la presente carta debe considerarse una acción de seguimiento específica de la serie de visitas del Defensor del Pueblo a las agencias de la UE, cuyo objetivo era identificar y difundir las mejores prácticas utilizadas por las agencias de la UE en sus relaciones con los ciudadanos [1].
En su informe sobre el documento OI/12/2012/EIS, mi predecesor felicitó a la ECHA por su sitio web, que, señaló, proporciona al público una gran cantidad de información relacionada principalmente con las actividades básicas de la ECHA. Observo además que la transparencia es uno de los cinco valores clave de la ECHA y que la ECHA ha adoptado un enfoque proactivo para la difusión de información, principalmente a través de sus servicios de asistencia, publicaciones en línea y registro público de documentos, que contienen documentos que han sido i) etiquetados electrónicamente para una mejor capacidad de búsqueda, y ii) agrupados para su fácil referencia electrónica.
A pesar de estos loables logros, no conozco una política de transparencia específica de la ECHA, similar a la que está elaborando actualmente una de las otras agencias reguladoras de la UE, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Me alentó observar que la EFSA lanzó recientemente una consulta pública sobre este tema en forma de documento de debate titulado "Transformación a una 'EFSA abierta'"[2]. La idea general de proceder sobre la base de dicha consulta es un enfoque útil y, a este respecto, quisiera mencionar también la consulta pública lanzada recientemente por el Banco Europeo de Inversiones sobre su política de transparencia [3].
Hoy he escrito a la EFSA para llamar su atención sobre dos iniciativas importantes en las que mi Oficina ha participado y que podrían ser pertinentes a medida que desarrolla su política de transparencia.
A principios de este año, hablé en la reunión europea de la Open Government Partnership (OGP)[4]. El objetivo de la OGP, en la que ahora participan 19 Estados miembros de la UE, es hacer que los gobiernos sean más abiertos, responsables y receptivos a los ciudadanos. Como Defensor del Pueblo Europeo, tengo la intención de hacer todo lo posible para ayudar a la administración de la UE a estar a la altura de estas expectativas, en consonancia con las disposiciones de los Tratados de la Unión. Por lo tanto, los animo a que se inspiren en el trabajo realizado dentro de los cuatro temas entrelazados de la OGP: responsabilidad, participación ciudadana, transparencia y el papel facilitador de las nuevas tecnologías.
Mi oficina también organizó este año una conferencia de la Red de Investigación sobre Derecho Administrativo de la UE (ReNEUAL), que ha elaborado normas modelo de procedimiento administrativo, incluidos procedimientos para la adopción de normas generales («reglamentación»). Esto último podría ayudar a las instituciones y agencias de la UE, incluida la ECHA, a llevar a cabo la elaboración de normas de una manera que promueva la democracia participativa y la transparencia, en el espíritu del artículo 11 del Tratado de la Unión Europea. Adjunto las normas modelo, como posible fuente de inspiración para su Agencia, en particular en lo que se refiere a los procedimientos que podría utilizar para promover la participación ciudadana a la hora de desarrollar nuevas normas y políticas.
En este contexto, le agradecería que obtuviera información sobre i) los planes de su Agencia para adoptar una política de transparencia, ii) el proceso de elaboración de dicha política, en particular, si las partes interesadas y el público en general tendrán la oportunidad de expresar sus puntos de vista y, en caso afirmativo, de qué manera, iii) en qué medida tiene intención de basarse en la experiencia reciente de otras agencias reguladoras en este ámbito, y iv) en qué medida las iniciativas OGP y ReNEUAL mencionadas anteriormente podrían ser pertinentes para los esfuerzos de la ECHA en este ámbito.
Tenga en cuenta que hoy también me dirijo a la Agencia Europea de Seguridad Aérea. Todas estas cartas se publicarán en mi sitio web, junto con su respuesta, que espero recibir a más tardar el 31 de octubre de 2014, si es posible.
En caso de que sus servicios necesiten más información o aclaraciones sobre esta cuestión, no dude en ponerse en contacto con la Sra. Eija Salonen (tel.: +33 3 88 1 7 24 29), Oficial Jurídico.
Le saluda con sinceridad,
Emily O'Reilly
Anexo: Normas modelo sobre los procedimientos administrativos de la UE:
Libro II – Reglamentación administrativa
[1] Puede obtenerse más información sobre estas visitas en el sitio web del Defensor del Pueblo en: http://www.ombudsman.europa.eu/es/activities/visits.faces
[2] Véase: http://www.efsa.europa.eu/es/corporate/pub/openefsadiscussionpaper14.htm
[3] Véase: http://www.eib.org/about/partners/cso/consultations/item/public-consultation-on-eibs-transparency-policy-2014.htm
[4] Véase: http://www.opengovpartnership.org