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0672/2007/(WP)PB

Por lo que respecta a las solicitudes de acceso que se refieren a una categoría de documentos, es, en principio, una buena administración que la institución garantice que su decisión sobre la solicitud de acceso (ya sea inicial o confirmatoria) incluya documentos que obviamente están cubiertos por la solicitud. Esto se aplica incluso cuando los documentos en cuestión se añadieron al expediente o registro después de la solicitud, pero antes de la decisión pertinente de la institución de conceder o denegar el acceso.

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