# Discurso inaugural del Defensor del Pueblo Europeo, Jacob Söderman, Seminario sobre las 3 A para conectar a los ciudadanos con la UE, Foro Europeo de Servicios de Asesoramiento Ciudadano, Bruselas (Bélgica), 5 de diciembre de 2002
- Autor: Defensor del Pueblo Europeo
- Fecha: 2002-12-05T00:00+01:00[Europe/Paris]
- [URL](https://www.ombudsman.europa.eu/es/speech/es/282)
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Estimados participantes:

Para los ciudadanos de Europa, la clara prioridad del nuevo Tratado Constitucional es la salvaguardia de sus derechos fundamentales y humanos. Deben aclararse las relaciones de la Unión Europea con los convenios internacionales de derechos humanos y el estatuto jurídico de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

La mejor manera de avanzar sería hacer posible que la Unión Europea se adhiera a los convenios internacionales de derechos humanos, incluido el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y hacer que la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE sea vinculante dondequiera que se apliquen las leyes de la UE.

Los ciudadanos europeos también necesitan vías de recurso efectivas que estén claramente establecidas en el Tratado Constitucional. Estos recursos deberían facilitar lo más posible a los ciudadanos la obtención de justicia. El poder judicial debe ser el principal garante del Estado de Derecho y del respeto de los derechos fundamentales. Los recursos extrajudiciales, como los defensores del pueblo y organismos similares a todos los niveles de la Unión Europea, también deben establecerse claramente para promover estos derechos y resolver los litigios entre la administración y el ciudadano de manera flexible.
*Iniciativa positiva*   

La iniciativa del Presidente de la Convención, Sr. Giscard d'Estaing, de publicar un anteproyecto de Tratado Constitucional es muy positiva. Este procedimiento abierto invita a todos los interesados en el futuro de la Unión a debatir y presentar propuestas para el proyecto de Tratado Constitucional. Este procedimiento es mucho más democrático que los anteriores y merece una calurosa acogida.

Como sabrán, tengo el honor de participar en los debates de la Convención Europea en calidad de observador. He hecho algunas propuestas que afectan directamente al Defensor del Pueblo, al derecho de petición y a los derechos fundamentales. Por lo tanto, me gustaría un intercambio de puntos de vista sobre estas propuestas y también estaría dispuesto a responder preguntas sobre mi trabajo como Defensor del Pueblo Europeo.
*Derechos fundamentales y humanos*   

El Tratado Constitucional que se está elaborando debería incluir los derechos fundamentales y humanos que la Unión debe respetar. Estos deben presentarse de manera clara y accesible para los ciudadanos europeos.

El Grupo de Trabajo sobre la Carta de los Derechos Fundamentales y la adhesión al Convenio Europeo de Derechos Humanos, presidido por el Comisario António VITORINO, informó al Convenio a finales de octubre. Sus conclusiones dan la esperanza de que una amplia mayoría apoyará una propuesta que permita a la UE adherirse al Convenio Europeo de Derechos Humanos. En mi opinión, sería aún mejor si la Unión pudiera adherirse a todos los instrumentos internacionales de derechos humanos, ya que las Naciones Unidas y la OIT han adoptado algunos que podrían mejorar el bienestar de los ciudadanos europeos.

También parece probable que la Convención apoye la idea de hacer que la Carta, proclamada en Niza, sea vinculante en el Derecho de la UE.

Esto representaría un gran progreso para los ciudadanos europeos. Además de garantizar que los derechos de los ciudadanos se reconozcan en el Tratado Constitucional, creo que es importante indicar explícitamente las vías de recurso disponibles cuando no se respeten esos derechos.
*Recursos y Estado de Derecho*   

En una de las propuestas que hice a la Convención Europea, sugerí una enmienda al Tratado para reconocer la cooperación existente entre los defensores del pueblo y los órganos parlamentarios que se ocupan de las peticiones en la Unión. La red de defensores del pueblo y de comisiones de peticiones debe estar a disposición de todos los ciudadanos de la Unión como recurso efectivo. Esta vía de recurso debe formalizarse en el Tratado y darse a conocer a los ciudadanos.

Los ciudadanos europeos quieren que la legislación europea se aplique correctamente y que se respeten los derechos fundamentales en todos los niveles de la Unión. Los recursos efectivos deben estar disponibles si no se sigue la ley.

El actual anteproyecto de Tratado Constitucional no prevé que los ciudadanos deban ser informados de las vías de recurso disponibles si el Derecho europeo no se aplica correctamente. No contiene ninguna mención al derecho a acudir a los tribunales nacionales, ni a los defensores del pueblo europeos o nacionales. Parece que se ha olvidado la disposición actual del Tratado que otorga a los ciudadanos y residentes de la Unión el derecho a quejarse de mala administración en las actividades de una institución u organismo comunitario. Esto a pesar del hecho de que la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo ha estado funcionando con éxito en nombre de los ciudadanos durante siete años y ahora recibe más de 2000 reclamaciones al año.

He dado a conocer ampliamente mi opinión de que la red de defensores del pueblo y comisiones de peticiones debe mencionarse en el Tratado como un medio de reparación para los ciudadanos. Para que dicha red sea realmente eficaz, debe incluir defensores del pueblo u organismos similares a niveles adecuados en todos los Estados miembros.
*Defensor del Pueblo en todos los Estados miembros*   

Después de haber trabajado como Defensor del Pueblo durante más de 13 años, primero como Defensor del Pueblo nacional y luego como Defensor del Pueblo de la Unión Europea, creo que los ciudadanos europeos deberían tener derecho a un recurso extrajudicial cuando tengan un litigio con la administración pública. Este recurso puede ser un defensor del pueblo o un órgano similar con un mandato constitucional.

Por supuesto, corresponde a cada Estado miembro decidir por sí mismo el alcance y las competencias de este órgano, siempre que garantice la promoción de una buena administración y del Estado de Derecho, mejorando así las relaciones entre la administración y los ciudadanos. En caso de litigio con una administración pública, debe existir un organismo con competencias para resolver las reclamaciones individuales. Este órgano también puede tomar iniciativas para promover mejores procedimientos y prácticas administrativas.

Es posible contar tanto con una comisión de peticiones como con un defensor del pueblo, que cooperen con éxito. Esta es la situación en la Unión Europea, donde la cooperación funciona claramente en beneficio de los ciudadanos. La Comisión de Peticiones, como órgano político, debe centrarse en cuestiones de principio en las que se necesitan experiencia e influencia políticas para corregir las cosas. El Defensor del Pueblo debe ocuparse, por regla general, de las quejas individuales de los ciudadanos. Es útil que el comité supervise la labor del ombudsman tramitando su informe anual y dando así orientación y asesoramiento al ombudsman.

Los defensores del pueblo nacionales están actualmente establecidos en 12 de los 15 Estados miembros de la Unión Europea. Alemania tiene una Comisión de Peticiones que funciona bien a nivel nacional y defensores del pueblo que operan a nivel regional. Italia no tiene actualmente un defensor del pueblo nacional ni una comisión de peticiones, pero cuenta con una red activa de defensores del pueblo regionales. En Luxemburgo, por el momento, no existe ningún recurso extrajudicial para los litigios individuales con la administración pública. No obstante, tanto en Italia como en Luxemburgo se ha propuesto la creación de un Defensor del Pueblo nacional. Los diez países que se incorporarán a la Unión Europea en 2004 ya cuentan con defensores del pueblo nacionales u organismos similares.
*Buena administración*   

Se ha establecido un compromiso con un conjunto coherente de buenas prácticas administrativas a escala de la UE como nuevo derecho fundamental en el artículo 41 de la Carta de Niza.

Los ciudadanos europeos de todos los Estados miembros quieren una administración europea abierta, responsable y orientada al servicio. El presente anteproyecto de Tratado Constitucional contiene algún indicio de estos principios, pero no hay nada para remediar la situación actual, en la que la administración de cada institución puede tener una idea diferente de cómo tratar a los ciudadanos. El Parlamento Europeo adoptó un Código de Buena Conducta Administrativa en septiembre de 2001 y encargó al Defensor del Pueblo Europeo que siguiera el Código en su trabajo diario. Todavía no es una ley vinculante, aunque sus principios se basen en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

Creo que el Tratado Constitucional debería establecer una base jurídica clara para un Derecho administrativo europeo, que se aplique por igual a todas las instituciones y órganos de la Unión.
*Apertura y subsidiariedad*   

Ha habido cierto debate sobre si el Tratado Constitucional debería mantener las palabras "una unión cada vez más estrecha", actualmente en el artículo 1 del Tratado de la Unión Europea. En mi opinión, los principios que siguen a estas palabras en el presente artículo 1 tienen una importancia aún mayor. Son que la Unión es una Unión entre los pueblos de Europa, en la que
> \<\<las decisiones se toman de la ++manera más abierta++ posible y ++lo más cerca++ posible del ciudadano\>\>.

Tomar decisiones cercanas al ciudadano es el principio de subsidiariedad, introducido por el Tratado de Maastricht. El Tratado de Amsterdam añadió apertura.

Este importante compromiso con la apertura y la subsidiariedad no se incluye en el anteproyecto. También falta el derecho de acceso de los ciudadanos a los documentos públicos, establecido en el artículo 255 del Tratado CE, que es un elemento esencial de la apertura.

En mi opinión, el Tratado Constitucional debería establecer claramente la apertura y la subsidiariedad como principios fundamentales de la Unión.

Parece que se publicará un segundo anteproyecto antes de Navidad. Espero que el borrador preliminar que se presentó en octubre se perfeccione y desarrolle para tener en cuenta las cuestiones importantes que he mencionado.

Me parece claro que hay que avanzar para garantizar que:

* Se concede autorización constitucional para que la UE se adhiera a los convenios internacionales de derechos humanos, incluido el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
* que la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, proclamada en Niza en diciembre de 2000, sea vinculante en el Derecho de la UE;
* se informa a los ciudadanos de los recursos disponibles si no se respetan sus derechos, incluidos los derechos fundamentales. Estos recursos incluyen tribunales, defensores del pueblo y comisiones de peticiones a todos los niveles de la Unión.
* existe una base jurídica para garantizar una administración abierta, responsable y orientada al servicio a través de una legislación administrativa europea;
* la apertura y la subsidiariedad se establecen como principios fundamentales.

De este modo, los ciudadanos europeos podrían confiar realmente en la Unión Europea.

Gracias por su atención.