¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?

Consultar investigaciones

Criterios de filtrado de documentos
Caso
Límites de fecha
Palabras clave
O pruebe palabras clave antiguas (anteriores a 2016)

Mostrando 1 - 20 de 72 resultados

Decisión sobre la forma en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramitó una reclamación relativa a un procedimiento de selección para la contratación de personal en el ámbito de las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE (asunto 1656/2021/FA)

Miércoles | 28 febrero 2024

El asunto se refería al modo en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramitó una reclamación administrativa relativa a un procedimiento de selección para la contratación de personal en el ámbito de las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE. El demandante se mostró en desacuerdo con la decisión de la EPSO de no incluirlo en la lista de reserva y expresó su preocupación por el régimen lingüístico en el procedimiento de selección.

El Defensor del Pueblo consideró que la posición adoptada por la EPSO en su respuesta a la reclamación administrativa era errónea desde el punto de vista jurídico. Propone que la EPSO reconsidere la reclamación administrativa del reclamante, teniendo en cuenta la jurisprudencia reciente de la UE sobre el uso de lenguas en los procedimientos de selección, e invita a la EPSO a abordar el impacto negativo que el régimen lingüístico ha tenido en el reclamante. La EPSO rechazó la propuesta de solución.

Por consiguiente, el Defensor del Pueblo concluyó que la respuesta de la EPSO a la reclamación administrativa constituía mala administración. Recomienda a la EPSO que reconsidere la reclamación administrativa del reclamante y su solicitud de volver a realizar las pruebas en cuestión. La EPSO rechazó la recomendación del Defensor del Pueblo, alegando que el demandante no había demostrado un vínculo estrecho entre la decisión de no incluirlo en la lista de reserva y la ilegalidad del régimen lingüístico en el procedimiento de selección, que, a su juicio, era exigida por la jurisprudencia de la Unión.

El Defensor del Pueblo consideró que, contrariamente a lo que afirma la EPSO, en su reclamación administrativa, el demandante había vinculado la decisión de no incluirlo en la lista de reserva al régimen lingüístico del procedimiento de selección. Según la jurisprudencia de la Unión, el conocimiento de una lengua por parte de un candidato se refleja inevitable y necesariamente en los resultados de las pruebas. Por lo tanto, la Defensora del Pueblo archivó el caso reiterando su conclusión de mala administración.

Decisión sobre la falta de traducción al alemán por parte de la Comisión Europea de un apéndice técnico del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773 (557/2022/PB)

Jueves | 20 julio 2023

El asunto se refería al hecho de que no se había facilitado la traducción de un apéndice de un reglamento de ejecución de la Comisión Europea. El apéndice, que solo estaba disponible en inglés, forma parte de las medidas que la UE ha adoptado para garantizar la interoperabilidad de los sistemas ferroviarios de la Unión.

La Comisión Europea informó al Defensor del Pueblo de que había decidido traducir el contenido del apéndice y que en el futuro se traducirá un contenido similar.

Por consiguiente, el Defensor del Pueblo llegó a la conclusión de que no había motivos para seguir investigando.

Recomendación sobre el modo en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramitó una reclamación relativa a un procedimiento de selección para la contratación de personal en el ámbito de las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE (asunto 1656/2021/FA)

Viernes | 30 junio 2023

El asunto se refería al modo en que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) tramitó una reclamación administrativa relativa a un procedimiento de selección para la contratación de personal en el ámbito de las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE. El reclamante se mostró en desacuerdo con la decisión de la EPSO de no incluirlo en la lista de reserva y expresó su preocupación por la forma en que se organizó el procedimiento de selección, en particular en lo que respecta al régimen lingüístico.

El Defensor del Pueblo consideró que la posición adoptada por la EPSO en su respuesta a la reclamación administrativa era errónea desde el punto de vista jurídico. Propone que la EPSO reconsidere la reclamación administrativa del reclamante, teniendo en cuenta la jurisprudencia reciente de la UE relativa al uso de lenguas en los procedimientos de selección. También invitó a la EPSO a adoptar las medidas necesarias para abordar el impacto negativo que el régimen lingüístico tuvo en la condición de candidato del reclamante. La EPSO rechazó la propuesta de solución basándose en argumentos procedimentales, afirmando que solo el Tribunal de Justicia podía anular la decisión de la EPSO de no reconsiderar la reclamación administrativa.

El Defensor del Pueblo consideró que la forma en que la EPSO tramitó la reclamación administrativa constituye mala administración. Llama la atención sobre el hecho de que, en principio, cualquier autoridad de la UE puede revocar por sí misma decisiones ilegales. Así pues, formuló una recomendación basada en la propuesta de solución, a saber, que la EPSO reconsiderara la reclamación administrativa del reclamante y que, al hacerlo, la EPSO aceptara la solicitud del reclamante de que se le permitiera volver a realizar las pruebas en cuestión. 

Decisión sobre el uso de lenguas por parte de la Agencia Europea de Medicamentos en su sitio web (asunto 1096/2021/PL)

Miércoles | 22 junio 2022

Al denunciante le preocupaba que la mayor parte de la información del sitio web de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) estuviera disponible únicamente en inglés.

En el contexto de la investigación, la Defensora del Pueblo recordó a la EMA sus recomendaciones sobre el uso de las lenguas oficiales de la UE para la administración de la UE a la hora de comunicarse con el público.

La EMA informó al Defensor del Pueblo de que está trabajando en una política lingüística y una interfaz multilingüe para su sitio web.

La Defensora del Pueblo acogió con satisfacción los planes de la EMA de abordar el asunto y dio por concluida la investigación, sugiriendo que diera seguimiento a su compromiso a su debido tiempo. La Defensora del Pueblo también sugirió que, mientras tanto, la EMA trata de hacer que la información básica en todas las lenguas oficiales de la UE sea más destacada en su sitio web.