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Decision on how the European Investment Bank (EIB) handled the move of a former Vice-President to an energy utility company that had received EIB loans (1016/2021/KR)

Miércoles | 27 julio 2022

The case concerned the decision of the European Investment Bank to approve a request made by a former vice-president and member of its Management Committee (MC) (the ‘former VP’) to become a non-executive board member of a Spanish energy utility company, which received loans from the EIB.

The complainants, two Members of the European Parliament, raised concerns that the move gave rise to the risk of conflicts of interest. The EIB argued that the former VP had not been involved in the negotiation and implementation of the financing agreements between the EIB and the company.

The Ombudsman found that, in approving the move, the EIB did not properly manage the risk of conflicts of interest to which the former VP’s request arguably gave rise. However, given the EIB has, in the meantime, made improvements to the relevant ethics rules to address these matters, the Ombudsman determined that no further inquiries were justified.

Nonetheless, the Ombudsman made suggestions for improvement with a view to strengthening how the EIB assesses ‘revolving door’ moves by members of its MC to the private sector, and how it ensures compliance where its Ethics and Compliance Committee authorises a move but applies conditions on the individual and their activities.

Decisión sobre el papel de la Comisión Europea en la evaluación de la sostenibilidad de los proyectos gasísticos en la lista de «proyectos de trascendencia regional» de la «Comunidad de la Energía» (327/2021/KR)

Viernes | 15 julio 2022

El reclamante, una organización de la sociedad civil, planteó inquietudes en relación con la evaluación de la sostenibilidad de los proyectos de gas en la Comunidad de la Energía, una organización internacionales para la cooperación energética entre la UE y los países de los Balcanes Occidentales y en la región del Mar Negro. Estos proyectos pueden beneficiarse de procedimientos de autorización racionalizados y deben cumplir los criterios establecidos en el Reglamento sobre las redes transeuropeas de energía (RTE-E) de la UE, aplicado también por la Comunidad de la Energía.

La Comunidad de la Energía no es un organismo de la UE y no está incluido por tanto dentro del mandato del Defensor del Pueblo. No obstante, dado que la Comisión Europea representa a la UE en la Comunidad de la Energía, la Defensora del Pueblo solicitó a la Comisión que explicase cómo garantiza la sostenibilidad de la correcta evaluación de los proyectos gasísticos, y su papel en el proceso.

En el contexto de esta investigación, la Comisión proporcionó también una actualización de los esfuerzos desarrollados para mejorar la sostenibilidad de los «proyectos de interés común (PIC)» de la UE en materia de gas, que fue objeto de una investigación anterior del Defensor del Pueblo.

La Defensora del Pueblo consideró satisfactorias las explicaciones de la Comisión y archivo el asunto con la conclusión de que no se había producido mala administración.