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Denegación de acceso a documentos relacionados con las negociaciones de la ATCI
Caso abierto
Caso 119/2015/PHP - Abierto el Miércoles | 18 febrero 2015 - Decisión de Miércoles | 04 noviembre 2015 - Institución concernida Comisión Europea ( No se constató mala administración ) - País Bélgica
Alegaciones
1) La Comisión denegó erróneamente el acceso a los documentos solicitados, invocando indebidamente las excepciones del artículo 4, apartado 1, letra a), tercer guion (protección de las relaciones internacionales) y del artículo 4, apartado 3, párrafo primero (protección del proceso de toma de decisiones) del Reglamento 1049/2001, al no realizar una evaluación documento por documento ni considerar adecuadamente la posibilidad de conceder un acceso parcial a los documentos solicitados.
2) La Comisión no ha tenido debidamente en cuenta las obligaciones que le incumben en virtud del Reglamento (CE) no 1367/2006 sobre la aplicación de las disposiciones del Convenio de Aarhus.
3) La Comisión, en el contexto de las negociaciones de la ATCI, no ha aplicado la transparencia de manera que los ciudadanos puedan tener un acceso significativo a las solicitudes de documentos.
4) La Comisión no tramitó oportunamente la solicitud de acceso a los documentos.
Reclamación(es)
1) La Comisión debería reconsiderar su rechazo de la solicitud de acceso de los denunciantes a los documentos caso por caso y a la luz de su reciente compromiso de aumentar la transparencia.
2) Cualquier excepción invocada para denegar la divulgación total o parcial de los documentos solicitados debe interpretarse restrictivamente y tener en cuenta el interés público, teniendo debidamente en cuenta el régimen de Aarhus cuando proceda.
3) La Comisión debe publicar una lista completa de documentos, incluidos aquellos cuyo contenido está redactado, con las razones por las que dichos documentos no pudieron hacerse públicos.