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Derechos de los pasajeros aéreos: función de los organismos nacionales de ejecución

Alegaciones

La Comisión no garantiza que los Estados miembros apliquen correctamente el Derecho de la UE en materia de derechos de los pasajeros aéreos, ya que no insiste en que los organismos nacionales de aplicación de la normativa deban estar facultados para hacer valer los derechos de los pasajeros y no solo para emitir un dictamen no vinculante.

Reclamación(es)

La Comisión debe insistir en que los organismos nacionales de ejecución tengan la facultad de hacer respetar los derechos de los pasajeros y no solo la facultad de emitir un dictamen no vinculante.

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