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Informe sobre la inspección por el Defensor del Pueblo Europeo de los documentos de la investigación de oficio OI/5/2016/AB relativa a la tramitación por la Comisión de las reclamaciones de infracción en el marco del proyecto «EU Pilot»
Informe de inspección - Fecha Miércoles | 06 julio 2016
Caso OI/5/2016/AB - Abierto el Viernes | 13 mayo 2016 - Decisión de Jueves | 14 septiembre 2017 - Institución concernida Comisión Europea ( No se justifican medidas de investigación adicionales ) - País Francia
Informe
sobre la inspección por el Defensor del Pueblo Europeo de los documentos de la investigación de oficio OI/5/2016/AB relativa a la tramitación por la Comisión de las reclamaciones de infracción en el marco del proyecto «EU Pilot»
Institución u organismo afectado: Comisión Europea
Fecha y hora: 29 de junio de 2016, de las 14.00 a las 16.00 horas
Ubicación: BERL, Rue de la Loi 200, 1040 Bruselas
Inspección realizada por: Rosita Agnew, jefa de la Unidad de Investigación Estratégica
Alice Bossière, Unidad de Investigación Estratégica
Diana Riochet, Unidad de Investigación 3
1. Introducción y aspectos procedimentales
Los representantes del Defensor del Pueblo se presentaron y presentaron el objetivo de la investigación de oficio relativa a la tramitación por parte de la Comisión de las reclamaciones por infracción en el marco del programa «EU Pilot». La investigación se abrió para ayudar a determinar si existen deficiencias sistémicas que sustenten los retrasos y para examinar las cuestiones de información al denunciante y al público.
Los representantes del Defensor del Pueblo explicaron que la reunión tenía un doble objetivo: i) servir de inspección de determinados documentos y ii) comprender mejor cómo funciona en la práctica EU Pilot. La intención es publicar el informe de inspección en el sitio web del Defensor del Pueblo. De conformidad con las disposiciones de aplicación del Defensor del Pueblo Europeo [1], el Defensor del Pueblo no podrá conceder acceso a copias de documentos inspeccionados que la Comisión considere confidenciales.
Los representantes del Defensor del Pueblo también presentaron los próximos pasos de la investigación, que es probable que incluyan una inspección de expedientes individuales y una solicitud de información.
2. Intercambio de puntos de vista
Los representantes de la Comisión facilitaron información general sobre cómo gestionan los servicios de la Comisión los casos EU Pilot. Presentaron las funciones respectivas de la Secretaría General y de las Direcciones Generales, así como los datos estadísticos disponibles.
Señalaron que la Secretaría General proporciona orientaciones y plantillas a las Direcciones Generales para informar a los denunciantes.
3. Inspección del expediente
Los documentos inspeccionados
Los representantes del Defensor del Pueblo inspeccionaron y tomaron copias de los siguientes documentos:
i) Ficha de datos estadísticos: número total de asuntos EU Pilot pendientes de más de un año a 31.12.2015; número total de asuntos EU Pilot abiertos a finales de 2015; tiempo medio (en días) para que los Estados miembros respondan a las preguntas de la Comisión en 2015; tiempo medio (en días) empleado por la Comisión para evaluar las respuestas de los Estados miembros en 2015 (confidencial).
ii) Lista de asuntos pendientes de EU Pilot de más de un año de antigüedad a 31.12.2015 (confidencial).
iii) Carta normalizada a los denunciantes en la que se les informa de que su denuncia ha sido transferida a la aplicación EU Pilot (confidencial).
iv) Directrices para la redacción de cartas a los denunciantes informándoles de que los servicios de la Comisión tienen la intención de cerrar o proponer al Colegio que cierre el asunto, febrero de 2016 (confidencial).
v) Carta normalizada a los denunciantes en la que se les informa del cierre definitivo de un caso de denuncia (confidencial).
vi) Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada «Actualización de la gestión de las relaciones con el denunciante en relación con la aplicación del Derecho de la Unión» [COM(2012) 154 final].
vii) Comunicación de la Comisión «Una Europa de resultados - Aplicación del Derecho comunitario» [COM(2007) 502 final].
Confidencialidad de los documentos inspeccionados
Como se indica en la lista anterior, los representantes de la Comisión identificaron algunos de los documentos inspeccionados como «confidencial», de conformidad con el artículo 5, apartado 2, de las disposiciones de aplicación del Defensor del Pueblo Europeo. Las copias de los documentos pertinentes llevaban la indicación «confidencial» y estaban firmadas por un representante de la Comisión y un representante del Defensor del Pueblo.
Bruselas, 6 de julio de 2016
D.a Alice Bossière D.a Rosita Agnew
Investigadores de oficio Responsable de investigaciones estratégicas
(encargado del caso)
[1][1] Artículo 14, apartado 2, de las Disposiciones de aplicación del Defensor del Pueblo Europeo.