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Carta del Defensor del Pueblo Europeo a la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) sobre su negativa a conceder pleno acceso público a un documento relacionado con el proyecto del túnel de base Lyon-Turín
Correspondencia - Fecha Martes | 16 marzo 2021
Caso 465/2021/VB - Abierto el Martes | 16 marzo 2021 - Decisión de Jueves | 27 enero 2022 - Institución concernida Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente ( No se justifican medidas de investigación adicionales ) - País Italia
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Sr. D. Ignacio Ramallo García-Pérez Jefe del Equipo Jurídico Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes |
Estrasburgo, 16.3.2021
Reclamación 465/2021/VB
Asunto: Negativa de la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) a conceder pleno acceso público a un documento relacionado con el proyecto del túnel de base Lyon-Turín
Muy señor mío:
El Defensor del Pueblo ha recibido una reclamación del Sr. X en nombre de X contra la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA). Me ha pedido que me ocupe del caso en su nombre.
El denunciante solicitó a la INEA acceso a un documento titulado «Modificación n.o 1 del acuerdo de subvención n.o INEA / CEF / TRAN / M2014 / 1057372 relativo a la acción EU-TM-0401-M firmado el 17 de abril de 2020» en relación con el proyecto del túnel de base Lyon-Turín.
La INEA concedió acceso parcial al documento expurgando determinada información. Alegó que la divulgación de las partes restantes del documento perjudicaría los intereses comerciales de la persona jurídica afectada y que el denunciante no había demostrado un interés público superior en la divulgación del documento. La INEA también alegó que el documento en cuestión contiene datos personales y que el reclamante no había demostrado la necesidad de transferir esos datos personales. La INEA mencionó que había consultado a los Estados miembros de los que procedía el documento en cuestión, de conformidad con el artículo 4, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001. Los Estados miembros se opusieron a la divulgación de partes del documento más allá de lo que ya se había divulgado.
El denunciante se opone a la decisión de la INEA de redactar parcialmente el documento y solicita el pleno acceso del público.
Hemos decidido abrir una investigación sobre la reclamación contra la decisión de la INEA de conceder solo un acceso parcial al documento solicitado en virtud del Reglamento (CE) n.o 1049/2001.
El Reglamento (CE) n.o 1049/2001 establece que las solicitudes de acceso deben tramitarse con prontitud. En consonancia con este principio, el Defensor del Pueblo también trata de tramitar casos como este lo antes posible.
Como primer paso, consideramos necesario revisar el documento en cuestión en la solicitud del reclamante. Le agradeceríamos que la Agencia nos facilitara una copia de la modificación del acuerdo de subvención junto con toda la documentación relativa a la consulta de los Estados miembros (realizada de conformidad con el artículo 4, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001), preferiblemente en formato electrónico (mediante correo electrónico cifrado)[1], a más tardar el 23 de marzo de 2021.
El documento objeto de la solicitud de acceso público será tratado de forma confidencial, junto con cualquier otro material que la INEA decida compartir con nosotros que marque como confidencial. Los documentos de este tipo se tratarán y almacenarán de acuerdo con esta condición confidencial y se eliminarán de los expedientes del Defensor del Pueblo poco después de que finalice la investigación.
La posición de la INEA se ha expuesto en su respuesta confirmatoria. No obstante, en caso de que la INEA desee presentar puntos de vista adicionales, que el Defensor del Pueblo Europeo tendrá en cuenta durante esta investigación, le agradeceríamos que nos los facilitara en un plazo de quince días hábiles a partir de la recepción de la presente carta, es decir, el 6 de abril de 2021.
El encargado de esta investigación es el Sr. Vieri Biondi.
Le saluda con sinceridad,
Rosita Hickey
Directora de Investigaciones
[1] Marque claramente dicho material «Confidencial». Se pueden enviar copias de documentos confidenciales a través de canales seguros, preferiblemente por correo electrónico cifrado. Para obtener ayuda, póngase en contacto con Gaël Lambert, responsable de tecnología de la información del Defensor del Pueblo Europeo. La información y los documentos de este tipo se eliminarán de los expedientes del Defensor del Pueblo Europeo poco después de que finalice la investigación.