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2990/2006/OV

El Defensor del Pueblo considera que los candidatos deben poder decidir, sobre la base de la información publicada en una convocatoria de oposición o de una convocatoria de manifestaciones de interés, si les interesa presentar su candidatura. Para tomar esta decisión, debe identificarse y definirse claramente el perfil del personal que se va a contratar antes de iniciar un procedimiento de contratación.

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