¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
- ES Español
Las traducciones automáticas pueden contener errores que menoscaben la claridad y la exactitud del texto. El Defensor del Pueblo declina toda responsabilidad por las eventuales discrepancias. Para asegurarse de que dispone de información fiable y [disfruta de] seguridad jurídica, consulte la versión original en inglés cuyo enlace aparece arriba.
Para ampliar información, consulte nuestra política en materia de idiomas y de traducción.
Decisión del Defensor del Pueblo Europeo sobre la reclamación 3059/2006/JMA contra la Comisión Europea
Decisión
Caso 3059/2006/JMA - Abierto el Miércoles | 08 noviembre 2006 - Decisión de Miércoles | 31 enero 2007
Estrasburgo, 31 de enero de 2007
Muy señor mío:
El 28 de septiembre de 2006, usted presentó una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo contra la Comisión Europea en nombre de la empresa Y, en relación con el contrato entre la Comisión y Y para la realización de una serie de actividades de formación en un tercer país en 2004-2005. En su denuncia, usted alegaba que la Comisión había incumplido sus obligaciones contractuales al no haber pagado la factura final de Y. Por lo tanto, alegó que la Comisión debía cumplir sus obligaciones contractuales y pagar a Y el importe pendiente más los intereses.
El 8 de noviembre de 2006, transmití su denuncia al Presidente de la Comisión con una invitación a presentar un dictamen.
Mediante correos electrónicos de 14 de noviembre de 2006, usted me informó de que la situación financiera de la que se había quejado parecía haberse resuelto. A este respecto, expresó su satisfacción por la eficaz intervención del Defensor del Pueblo en el caso.
Por lo tanto, el Defensor del Pueblo considera que la Comisión ha tomado medidas para resolver el asunto y, por lo tanto, le ha satisfecho. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo archiva el asunto.
Se informará de esta decisión al Presidente de la Comisión.
Le saluda con sinceridad,
P. Nikiforos DIAMANDOUROS