# Informe sobre la consulta de cierre del Defensor del Pueblo Europeo (Q2/2022/MHZ) del Defensor del Pueblo letón sobre el derecho al permiso de maternidad y parental para los científicos que participan en proyectos financiados por la UE
- Autor: Defensor del Pueblo Europeo
- Fecha: 2022-06-13T10:00+02:00[Europe/Paris]
- [URL](https://www.ombudsman.europa.eu/es/decision/es/157017)
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Antecedentes
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**1.**Los defensores del pueblo nacionales y regionales de la Red Europea de Defensores del Pueblo pueden solicitar al Defensor del Pueblo Europeo respuestas por escrito a preguntas sobre el Derecho de la UE y su interpretación, incluidas las que surjan en la tramitación de casos específicos.

**2.** El 9 de febrero de 2022, el Defensor del Pueblo{#_ftnref1} letón presentó dicha consulta al Defensor del Pueblo Europeo. La consulta se refiere al derecho al permiso de maternidad de los científicos que trabajan en proyectos que reciben financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), uno de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE).

**3.**Una asociación que representaba a un científico, que estaba trabajando en un proyecto en el marco del programa PostDoc Letonia (que recibió financiación del FEDER), recurrió al Defensor del Pueblo letón. El científico quería tomar licencia por maternidad y paternidad durante el tiempo asignado al proyecto. Para ello, pide a las autoridades competentes de Letonia que aplacen el plazo para completar el proyecto. Las autoridades respondieron, informándole de que las normas aplicables no lo permitían.

**4.** Tras una investigación de la reclamación, el Defensor del Pueblo letón sugirió a la autoridad letona pertinente que congelara el proyecto y remitiera la financiación al siguiente período presupuestario, o hasta el final del permiso parental del científico. La autoridad letona respondió que, debido a las normas aplicables al FEDER (en particular, el artículo 65 del Reglamento (UE) no 1303/2013 [^\[1\]),^](#_ftn1){#_ftnref1} no era posible modificar el calendario del proyecto.

**5.**El Defensor del Pueblo letón recurrió al Defensor del Pueblo Europeo argumentando que la forma en que las autoridades letonas están aplicando los Fondos EIE conduce esencialmente a la discriminación contra las mujeres. El Defensor del Pueblo Europeo consideró útil consultar a la Comisión.

Sobre las preguntas dirigidas a la Comisión
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**6.**Sobre la base de la consulta, el Defensor del Pueblo formuló a la Comisión la siguiente pregunta:

*Habida cuenta de las disposiciones del artículo 7 y del considerando 13 del Reglamento n.o 1303/2013 (Reglamento sobre disposiciones comunes) sobre la necesidad de promover la igualdad de género, ¿tiene la Comisión alguna opinión sobre cómo superar los límites del plazo de actuación del artículo 65 de dicho Reglamento (31 de diciembre de 2023), en el que los participantes en un proyecto cubierto por el FEDER deben disfrutar de un permiso vinculado al nacimiento de un hijo (permiso de maternidad, paternidad o parental)?*

Respuesta de la Comisión´
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**7.**La Comisión respondió el 12 de abril de 2022, y la respuesta se envió al Defensor del Pueblo letón para posibles observaciones.

**8.**La Comisión declaró que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento sobre disposiciones comunes, los Estados miembros y la Comisión deben perseguir el objetivo de la igualdad entre hombres y mujeres y adoptar las medidas adecuadas para evitar cualquier discriminación durante la preparación, ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos u operaciones en el marco de los programas cofinanciados por los Fondos EIE.

**9. Los**programas financiados por el FEDER se ejecutan en régimen de gestión compartida. Si bien la Comisión sigue siendo responsable de la ejecución del presupuesto de la UE, la gestión real de los fondos y programas de la UE cofinanciados por los Fondos EIE se delega en las autoridades de los Estados miembros, incluida una \<\<autoridad de gestión\>\> designada.

**10.**Una de las principales tareas de la autoridad de gestión es la selección de las operaciones que serán cofinanciadas por los Fondos EIE dentro de los programas. De conformidad con el artículo 125, apartado 3, del Reglamento sobre disposiciones comunes, la autoridad de gestión debe elaborar y, una vez aprobados, aplicar procedimientos y criterios de selección adecuados que garanticen la contribución de las operaciones a las prioridades del programa, que sean transparentes, no discriminatorios y tengan en cuenta los principios generales establecidos en el artículo 7 del Reglamento sobre disposiciones comunes. En el caso mencionado por el Defensor del Pueblo letón, la Comisión consideró que no hay indicios de que no se hayan cumplido estos requisitos.

**11.**Antes de iniciar la ejecución de esta operación o proyecto, la autoridad de gestión y la organización beneficiaria de los fondos para la ejecución del proyecto (en lo sucesivo, \<\<beneficiario\>\>) deben firmar un documento en el que se establezcan las condiciones de la ayuda (\<\<acuerdo de subvención\>\>). En él se establecen las condiciones de la ayuda, incluidos los requisitos específicos relativos a los productos o servicios que deben entregarse en el marco de la operación, el plan de financiación, el plazo de ejecución, así como los requisitos relativos a la información, la comunicación y la visibilidad. La Comisión no es parte en los acuerdos de subvención.

**12.**En este caso, parece que el plazo acordado en el acuerdo de subvención entre la autoridad de gestión y el beneficiario para completar el proyecto era el 23 de agosto de 2023. El acuerdo de subvención podrá contener disposiciones que permitan una prórroga debido al permiso de maternidad o parental. Sin embargo, esto está sujeto a la legislación nacional.

**13.**Las partes también pueden modificar las condiciones del acuerdo de subvención en los casos en que no se respete el plazo acordado. Esto podría incluir, por ejemplo, la ampliación del plazo para completar el proyecto. En caso de desacuerdo o incumplimiento del acuerdo de subvención, las partes pueden seguir utilizando los mecanismos nacionales de recurso, incluidos los órganos jurisdiccionales nacionales.

**14.** Los gastos relacionados con proyectos financiados a través de los Fondos EIE durante el período de programación 2014-2020 **deben ser efectuados y pagados por el beneficiario antes del 31 de diciembre de 2023.** Este plazo se establece en el artículo 65, apartado 2, del Reglamento sobre disposiciones comunes y no puede prorrogarse.

**15.** Cuando un proyecto no puede completarse dentro del plazo para presentar los \<\<documentos de cierre\>\>, los Estados miembros disponen de algunas opciones^[\[2\]](#_ftn2){#_ftnref2}^ en situaciones específicas y en condiciones estrictas. La Comisión ha proporcionado orientaciones[^\[3\]^](#_ftn3){#_ftnref3} al respecto. Sin embargo, las opciones no incluyen la prórroga del plazo del 31 de diciembre de 2023 para la subvencionabilidad del gasto.

**16.**La Comisión presentó dos sugerencias concretas para resolver el caso remitido por el Defensor del Pueblo letón. i) El acuerdo de subvención entre la autoridad de gestión y el beneficiario podría modificarse de manera que el proyecto en cuestión se incluya en un período de programación diferente, 2021-2027. Para que esto sea posible, sin embargo, el proyecto debe: corresponder a las prioridades y objetivos de dicho programa; se inscriban en el período de subvencionabilidad de dicho programa; y cumplir los criterios de selección aplicables. ii) La autoridad de gestión podría financiar el proyecto parcial o exclusivamente utilizando fondos nacionales. Con arreglo a esta opción, los gastos efectuados fuera del plazo del 31 de diciembre de 2023 no podían declararse como gastos del FEDER, pero podían cubrirse con fondos nacionales.

Conclusión del Defensor del Pueblo Europeo´
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**17.**Tras recibir la respuesta de la Comisión, el Defensor del Pueblo letón expresó su preocupación por que se diera prioridad al respeto de los plazos procedimentales, en lugar de garantizar la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, a pesar de que este era un objetivo declarado de los Fondos EIE. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo letón trató de plantear la cuestión al Comisario de Innovación, Investigación, Cultura, Educación y Juventud de la UE y al Comisario de Igualdad de la UE.

**18.**A través del procedimiento de consulta, el Defensor del Pueblo Europeo pretende obtener respuestas de expertos de las instituciones de la UE a las preguntas planteadas por los miembros de la Red Europea de Defensores del Pueblo sobre el Derecho de la UE y su interpretación, incluidas las que surgen en la tramitación de casos específicos. Si bien el Defensor del Pueblo Europeo comprende las preocupaciones reiteradas por el Defensor del Pueblo letón tras la respuesta, agradece a la Comisión sus esfuerzos por aclarar, en la medida de lo posible, la cuestión planteada en la consulta.

**19.**Por consiguiente, el Defensor del Pueblo Europeo da por concluida la consulta.

Se informará de este informe al Defensor del Pueblo letón y a la Comisión.

Rosita Hickey


Directora de Investigaciones


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Estrasburgo, 9.6.2022

[\[1\]](#_ftnref1){#_ftn1} Reglamento (UE) n.o 1303/2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional

<https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=celex%3A32013R1303>

[\[2\]](#_ftnref2){#_ftn2} La Comisión se refirió a dos opciones en su respuesta:

- La introducción progresiva de determinadas operaciones en el período de programación 2021-2027 si la operación supera los 5 millones EUR, tiene dos fases financieras identificables y se cumplen otras condiciones. Así pues, las operaciones escalonadas podrían beneficiarse de los períodos de subvencionabilidad de los gastos de dos períodos de programación;

Conceder un año adicional para completar las operaciones no funcionales que superen los 2 millones EUR y para las que el gasto total certificado no supere el 10 % del gasto subvencionable total asignado al programa. En este caso, las operaciones se completan utilizando fuentes de financiación nacionales o de otro tipo para el gasto.

[\[3\]](#_ftnref3){#_ftn3} Orientaciones sobre el cierre de los programas operativos adoptados para recibir ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo, el Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020) (2021/C 417/01)