¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
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Decisión del Defensor del Pueblo Europeo sobre la reclamación 281/99/VK contra la Comisión Europea
Decisión
Caso 281/99/VK - Abierto el Miércoles | 28 abril 1999 - Decisión de Miércoles | 17 noviembre 1999
Estrasburgo, 17 de noviembre de 1999
Estimado señor P.:
El 4 de marzo de 1999 presentó usted una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo contra el Banco Central Europeo (BCE). Usted se quejó de que el sitio web del BCE solo contiene información en inglés y no en otras lenguas comunitarias.
El 24 de abril de 1999, transmití la reclamación al Presidente del BCE. El BCE envió su dictamen el 18 de junio de 1999 y se lo remití con una invitación para que formulara observaciones, si así lo deseaba. No recibí ninguna observación de usted.
Le escribo ahora para informarle de los resultados de las investigaciones que se han realizado.
LA DENUNCIA
El demandante se dirigió al director de relaciones exteriores del Banco, Dr. Manfred Körber, en relación con el hecho de que la información en el sitio web del Banco Central Europeo solo está disponible en inglés. En su respuesta, el Dr. Körber se refirió al costo de presentar información en todos los idiomas. También afirmó que el sitio web del BCE contiene enlaces a los sitios web de todos los bancos centrales nacionales, que podrían proporcionar la información necesaria en las demás lenguas.
En su reclamación ante el Defensor del Pueblo, el demandante alegó que el BCE debía cumplir las mismas normas lingüísticas que otras instituciones comunitarias y que el suministro de la información en el sitio web solo en inglés es discriminatorio.
LA INVESTIGACIÓN
En
su dictamen, el BCE declaró que su sitio web tenía por objeto proporcionar al público un medio de comunicación directo y útil. La mayoría de los documentos del BCE están redactados en inglés. La publicación en inglés tiene la ventaja de presentar al público información original de primera mano sin demora. Si los documentos se preparan en otros idiomas, también están disponibles en el sitio web en esos idiomas. Además, todas las publicaciones importantes del BCE, como el Boletín Mensual y el Informe Anual, se publican simultáneamente en todas las lenguas comunitarias. El BCE también ofrece diferentes versiones lingüísticas a través de enlaces a los sitios web de los bancos centrales nacionales.
El BCE declaró que, habida cuenta no sólo de la necesidad de una eficiencia y una puntualidad óptimas, sino también de las limitaciones presupuestarias, consideraba que la solución que había adoptado era, por el momento, un compromiso justificable. El Banco también señaló que se estableció hace poco más de un año y que confiaba en que los primeros pasos en la dirección sugerida por el reclamante serían visibles a su debido tiempo.
Observaciones del autor El
autor no hizo ninguna observación.
LA DECISIÓN
1. El demandante alegó que el suministro de información en el sitio web del BCE únicamente en inglés es discriminatorio. Considera que el BCE debe cumplir las mismas normas lingüísticas que las demás instituciones comunitarias.
2 El BCE explicó que la mayoría de sus documentos están redactados en inglés y se publican en su sitio web en inglés por razones de rentabilidad y con el fin de hacerlos públicos lo antes posible. Su sitio web contiene enlaces a los sitios web de los bancos centrales nacionales, que contienen información en otros idiomas.
3 El Defensor del Pueblo no tiene conocimiento de que las disposiciones del Derecho comunitario relativas al uso de las lenguas (1) puedan impedir que un organismo comunitario publique en un sitio web, como servicio público, documentos en la lengua en que están redactados.
4 Una comunicación eficaz exige que, en la medida de lo posible, las instituciones y organismos comunitarios faciliten información a los ciudadanos en su propia lengua. De su dictamen se desprende que el BCE prevé un desarrollo progresivo del suministro de información en su sitio web en las demás lenguas comunitarias.
5 Sobre la base de lo anterior, no parece haber habido mala administración por parte del Banco Central Europeo. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo archiva el asunto.
OBSERVACIÓN ADICIONAL
Como servicio a los ciudadanos, podría ser útil que el sitio web del BCE explicara, en todas las lenguas comunitarias, la política de información del BCE y que contuviera todo el material pertinente, especialmente los textos jurídicos, que ya existe en todas las lenguas comunitarias.
También se informará de esta decisión al presidente del Banco Central Europeo.
Le saluda atentamente
Jacob Söderman
(1) Reglamento 1/58 modificado, 1958 DO L17/385; Artículo 21 CE.