¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
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Decisión en el asunto 947/2018/MDC sobre la supuesta falta de respuesta del Banco Europeo de Inversiones a una solicitud de conciliación con arreglo al artículo 41 del Estatuto de los funcionarios del BEI
Decisión
Caso 947/2018/MDC - Abierto el Miércoles | 13 junio 2018 - Decisión de Martes | 07 agosto 2018 - Institución concernida Banco Europeo de Inversiones ( Resolución por la institución ) - País Luxemburgo
1. El 28 de abril de 2018, el denunciante escribió al Banco Europeo de Inversiones (BEI) e hizo una «solicitud de conciliación» con arreglo al artículo 41 del Estatuto de los funcionarios del BEI. Dado que el reclamante no recibió respuesta, se dirigió al Defensor del Pueblo Europeo el 16 de mayo de 2018.
2. El equipo de investigación del Defensor del Pueblo se puso en contacto con el BEI. A continuación, el BEI respondió al reclamante el 13 de julio de 2018.
3. Dado que se ha enviado una respuesta, esta denuncia se ha resuelto [1] y he decidido archivar el asunto [2].
Marta Hirsch-Ziembińska
Jefe de Investigación y TIC - Unidad 1
Estrasburgo, 7.8.2018
[1] Si el reclamante considera que la respuesta de la institución no es satisfactoria, puede presentar una nueva reclamación ante el Defensor del Pueblo, que es lo que ha hecho el reclamante.
[2] La presente reclamación se ha tramitado en el marco de la tramitación de asuntos delegados, de conformidad con el artículo 11 de la Decisión del Defensor del Pueblo Europeo por la que se adoptan disposiciones de aplicación.