¿Tiene una reclamación contra una institución u órgano de la UE?
- ES Español
Las traducciones automáticas pueden contener errores que menoscaben la claridad y la exactitud del texto. El Defensor del Pueblo declina toda responsabilidad por las eventuales discrepancias. Para asegurarse de que dispone de información fiable y [disfruta de] seguridad jurídica, consulte la versión original en inglés cuyo enlace aparece arriba.
Para ampliar información, consulte nuestra política en materia de idiomas y de traducción.
Cómo tramitó la Comisión Europea una solicitud de acceso público a documentos relacionados con proyectos que solicitaban la condición de «proyecto estratégico» en virtud de la Ley de Materias Primas Fundamentales
Caso 1855/2025/PVV - Abierto el Lunes | 04 agosto 2025 - Recomendación sobre Viernes | 17 julio 2026 - Institución concernida Comisión Europea - País Bélgica
Reclamación presentada
08/07/2025Análisis de la reclamación
08/07/2025Investigación en curso
04/08/2025Valoración preliminar
15/07/2026Resultado de la investigación
El denunciante pidió a la Comisión Europea que concediera acceso público a los documentos relacionados con las solicitudes de proyectos de extracción y transformación de minerales para ser reconocidos como «proyectos estratégicos» en virtud de la Ley de Materias Primas Fundamentales. La Comisión denegó el acceso alegando que, en general, podía presumirse que la divulgación de la mayoría de los documentos perjudicaría los intereses comerciales de las empresas afectadas. En consecuencia, la Comisión no evaluó individualmente la mayoría de los documentos para su posible divulgación.
Entre otros elementos, el denunciante alegó que existía un interés público superior en la divulgación, dado que es probable que los documentos contengan información medioambiental importante.
El Defensor del Pueblo consideró que no era razonable que la Comisión aplicara una presunción general de no divulgación de los documentos. Además, sobre la base de una inspección de los documentos, constató que no contenían información sensible en todo momento, en particular porque gran parte de ellos ya se habían publicado cuando la Comisión emitió su posición final sobre la solicitud de acceso del denunciante. La Defensora del Pueblo también señaló que los documentos contienen amplia información medioambiental, incluida «información relacionada con las emisiones al medio ambiente» para la que existe un interés público superior en la divulgación.
En consecuencia, el Defensor del Pueblo concluyó que la negativa de la Comisión a dar acceso público constituía una mala administración. Recomendó a la Comisión que reconsiderara su postura y concediera un amplio acceso a los documentos controvertidos.