- Export to PDF
- Get the short link of this page
- Share this page onTwitterFacebookLinkedin
Decisión en el asunto 7/2016/PL sobre la política lingüística de la Comisión Europea en consultas públicas
Decision
Case 7/2016/PL - Opened on Thursday | 28 April 2016 - Decision on Monday | 18 December 2017 - Institution concerned European Commission ( Settled by the institution )
El reclamante señaló que las consultas públicas en la página web de la Comisión Europea a menudo no están disponibles en todas las lenguas oficiales de la UE.
La Defensora del Pueblo investigó el asunto. En el marco de su investigación, recordó a la Comisión la Recomendación del Defensor del Pueblo de 2012, en la que pedía a la Comisión que elaborase unas directrices claras, objetivas y razonables sobre su política lingüística en consultas públicas. También invitó a la Comisión a que explicase las medidas que había tomado desde entonces para cumplir con su compromiso con el multilingüismo en general.
En el curso de la investigación de la Defensora, la Comisión elaboró una nueva política lingüística sobre consultas públicas. Las nuevas medidas, que entraron en vigor el 28 de abril de 2017, contemplan, por ejemplo, la traducción de las consultas públicas relacionadas con el programa de trabajo de la Comisión en todas las lenguas oficiales de la UE. La nueva política también ha introducido un procedimiento para determinar en qué idiomas se deberían traducir otras consultas públicas.
La Defensora es consciente de las dificultades de índole material y de calendario que surgen a la hora de publicar las consultas públicas en todas las lenguas oficiales de la UE. Es probable que la nueva política adoptada por la Comisión aumente el número de consultas públicas disponibles en todos los idiomas. La Defensora supervisará la aplicación de esta política por parte de la Comisión y en qué medida respeta el principio de que las consultas públicas deben estar disponibles en todos los idiomas de la UE.
Contexto de la reclamación
1. El reclamante estaba preocupado por el hecho de que las consultas públicas de la Comisión Europea a menudo no estaban disponibles en todas las lenguas oficiales de la UE. El reclamante no se refirió a una consulta pública en concreto sino señaló que la Comisión, al publicar la mayoría de las consultas únicamente en inglés y/o francés, no estaba garantizando que los ciudadanos de la UE y las partes interesadas pudiesen ejercer su derecho a participar de manera efectiva en el proceso de toma de decisiones de la UE.
2. En su respuesta inicial al reclamante, la Comisión afirmó que los idiomas elegidos para sus consultas públicas dependían de varios factores, como la relevancia jurídica, eficiencia en términos de gastos, urgencia y limitaciones técnicas. También afirmó que, debido a restricciones presupuestarias, la Comisión no podía traducir todas las consultas en todos los idiomas oficiales de la UE.
3. Insatisfecho con esta respuesta, el reclamante se dirigió al Defensor del Pueblo.
La investigación
4. La Defensora abrió una investigación sobre la reclamación de que la Comisión, al no facilitar sus consultas públicas en todas las lenguas oficiales de la UE, no estaba garantizando que los ciudadanos de la Unión y las partes interesadas pudiesen ejercer su derecho a participar en el proceso de toma de decisiones de la UE de forma efectiva y en pie de igualdad.
5. En el curso de la investigación, la Defensora invitó a la Comisión a que diese respuesta a las inquietudes del reclamante. Tras su respuesta inicial, la Defensora se reunió con la Comisión. Más adelante pidió a la Comisión que aclarara otros asuntos. La decisión de la Defensora toma en cuenta los argumentos y los puntos de vista presentados por las partes.
Falta de disponibilidad de las consultas públicas en todas las lenguas oficiales de la UE
6. El Defensor del Pueblo Europeo abordó el mismo tema en un caso anterior (640/2011/AN) [1] , y cerró esa investigación en 2012 con la conclusión de que la política restrictiva de la Comisión en materia lingüística constituía un caso de mala administración. El entonces Defensor pidió a la Comisión que se asegurase de que todos los ciudadanos de la UE y las partes interesadas pudiesen entender sus consultas públicas, las cuales, por cuestión de principios, deberían ser publicadas en todas las lenguas oficiales de la UE.
7. Esta cuestión también fue abordada por el Parlamento Europeo en una resolución adoptada en junio de 2012 sobre “Consultas públicas y su disponibilidad en todas las lenguas de la UE”[2]. En la resolución, el Parlamento instó a la Comisión a que garantizase que «se aplicará y respetará plenamente el derecho de todos los ciudadanos de la UE a dirigirse a las instituciones de la UE en cualquier lengua oficial de la Unión asegurando que las consultas públicas estén disponibles en todas las lenguas de la UE, que todas las consultas reciban el mismo trato y que no exista discriminación lingüística en las consultas».
8. En diciembre de 2012, como parte de su “Comunicación sobre la adecuación normativa” y el documento adjunto de trabajo de los servicios de la Comisión, la Comisión incluyó propuestas sobre consultas públicas que respondían a las conclusiones del Defensor del Pueblo y a la resolución del Parlamento[3]. La Comisión manifestó que estudiaría todos los medios disponibles para garantizar una mayor accesibilidad lingüística en las consultas públicas. También anunció un conjunto de medidas para reforzar la política de consultas, incluyendo el examen de si los documentos de consulta y los resúmenes podían traducirse a más idiomas.
Argumentos presentados a la Defensora del Pueblo
9. El reclamante alegó que la Comisión había incumplido su obligación de garantizar que las consultas públicas estuvieran disponibles en todos los idiomas de la UE.
10. En el marco de esta investigación, la Defensora invitó a la Comisión a explicar qué medidas había tomado desde 2012 para cumplir su compromiso anterior de garantizar que sus consultas públicas estuviesen disponibles en el mayor número de idiomas posible. La Defensora se refirió, en particular, a la página web específica de la Comisión para consultas públicas[4], la cual mostraba que la página web de inicio para muchas consultas estaba a menudo disponible sólo en inglés o en un número limitado de idiomas.
11. En su respuesta, la Comisión reiteró su compromiso con los principios de multilingüismo e igualdad de trato. Sin embargo, afirmó que también tiene el deber de administrar sus recursos de manera eficiente. Continuó explicando que los recursos disponibles para la traducción son limitados y que son necesarios, fundamentalmente, para cumplir con sus obligaciones legales que se centran principalmente en hacer que todos los documentos legislativos y los documentos políticos clave estén disponibles en todos los idiomas de la UE. Por lo tanto, no todos los documentos de consulta pueden estar disponibles en todos los idiomas de la UE.
12. La Comisión mencionó una serie de medidas que había puesto en marcha para facilitar la traducción de consultas públicas, como, por ejemplo, acortar los documentos de consulta y los cuestionarios en línea, el uso de la traducción automática para documentos específicos y la simplificación de los procedimientos para facilitar las necesidades de traducción.
13. La Comisión también señaló que había adoptado una serie de políticas[5] y puesto en marcha una serie de herramientas y disposiciones que "«deberían conducir, cuando se apliquen, a una mejor cobertura lingüística de las consultas».
14. Tras esta respuesta inicial, la Defensora se enteró de que la Comisión estaba trabajando en una nueva política lingüística sobre consultas públicas, que iba a ser incluida en la «Caja de herramientas para la mejora de la legislación»[6]. La Defensora solicitó a la Comisión que le informara sobre las medidas concretas en el marco de esta nueva política.
15. La Comisión respondió que había desarrollado una nueva política de traducción de las consultas públicas. Las medidas se comunicaron a sus servicios el 28 de abril de 2017 para ser aplicadas de forma inmediata. La Comisión también remitió al Defensor del Pueblo una copia del texto de esta nueva política.
Evaluación de la Defensora del Pueblo
16. En virtud del Tratado de la Unión, los ciudadanos de la UE tienen derecho a participar en la vida democrática de la Unión Europea[7]. Este derecho requiere que las instituciones de la UE mantengan un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil. También deben brindar a los ciudadanos la oportunidad de compartir sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión[8].
17. Las consultas públicas son una de las principales herramientas de la Comisión para involucrar al público en sus actividades, al permitir que los ciudadanos y grupos de interés expresen sus puntos de vista sobre posibles iniciativas o propuestas legislativas. Por ello, la Comisión tiene la obligación, en virtud del Tratado, de garantizar que las consultas se lleven a cabo de la forma más amplia, abierta y transparente posible[9].
18. Para que los ciudadanos y los grupos de interés puedan participar efectivamente en dicho diálogo con las instituciones, es necesario que comprendan la información que se les proporciona. El multilingüismo es, por lo tanto, una condición previa esencial para el ejercicio efectivo de este derecho.
19. En 2012, el Defensor del Pueblo solicitó a la Comisión que elaborara directrices claras, objetivas y razonables sobre el uso de las lenguas en las consultas públicas, teniendo en cuenta que cualquier excepción al principio de utilizar todos los idiomas debe estar justificada y ser proporcional.
20. Cuando la Defensora del Pueblo abrió esta investigación, la Comisión no parecía haber tomado las medidas adecuadas para implementar la Recomendación de 2012. De hecho, muchas consultas públicas se seguían publicando únicamente en uno o en un número limitado de idiomas oficiales de la UE, sin que se diese una razón específica para ello.
21. Sin embargo, el 28 de abril de 2017, en el curso de esta investigación, la Comisión adoptó una nueva política lingüística sobre consultas públicas. Las principales características de esa política se pueden resumir de la siguiente manera:
· Las consultas públicas relacionadas con las "iniciativas prioritarias" del Programa de trabajo de la Comisión[10] se traducirán a todos los idiomas oficiales de la UE.
· Todas las demás consultas públicas estarán disponibles, al menos, en inglés, francés y alemán.
· Las consultas públicas de amplio interés público estarán disponibles en idiomas adicionales. Las necesidades de traducción serán evaluadas por la Comisión y explicadas en la estrategia de consulta.
· El resumen introductorio de las consultas se traducirá a todos los idiomas oficiales de la UE.
· Las contribuciones de aquellos que deseen participar en las consultas pueden presentarse en cualquiera de los idiomas oficiales de la UE.
22. La reciente Comunicación de la Comisión «Completando la Agenda para legislar mejor: mejores resultados gracias a una mejor aplicación» también se refiere brevemente al hecho de que las consultas públicas sobre "iniciativas importantes" estarán disponibles a partir de ahora en todas las lenguas oficiales de la UE[11].
23. La Defensora toma nota de que la nueva política de la Comisión intenta establecer criterios claros y objetivos para la traducción de las consultas. Sin embargo, algunos aspectos de la política son algo vagos y abiertos a la interpretación. Por ejemplo, las consultas públicas de amplio interés público estarán disponibles en idiomas adicionales. Pero sigue sin estar claro lo que constituye un "amplio interés público" y en cuántos "idiomas adicionales" estarán disponibles las consultas.
24. En el contexto de esta investigación, la Defensora analizó las 61 consultas públicas que la Comisión abrió entre el 1 de mayo de 2017 y el 15 de noviembre de 2017. Estas consultas se iniciaron tras la introducción de la nueva política. De ellas, casi la mitad (29) estaban disponibles en todas las lenguas oficiales de la UE. En el caso de 13 consultas, que parecían estar dirigidas principalmente a un sector específico o a grupos de interés[12], el resumen se publicó en todos los idiomas de la UE y los documentos específicos estaban disponibles en tres o más idiomas.
25. Sin embargo, las 19 consultas restantes no se ajustaban a la nueva política, ya fuese porque no incluían la información general complementaria en todos los idiomas de la UE o porque no estaban traducidos los documentos de consulta cuando la misma parecía ser una prioridad de acuerdo con el Programa de trabajo de la Comisión para 2018. En general, la Defensora del Pueblo observa que, de las 61 consultas públicas evaluadas, el 69% siguió, o parecía[13] seguir, la nueva política de la Comisión.
26. La Defensora del Pueblo reconoce que la Comisión, como todas las demás instituciones de la UE, afronta un difícil desafío con el multilingüismo. Tener que comunicarse en todos los idiomas oficiales de la UE requiere mucho tiempo y recursos. La Comisión debe tomar decisiones difíciles sobre la mejor manera de establecer prioridades en el contexto de su presupuesto global. Pero es vital que la Comisión se comunique con todos los ciudadanos de la UE y no solo con aquellos que hablan inglés, francés o alemán. Dicho esto, la Defensora reconoce que la Comisión ha realizado ciertos progresos desde el 2012[14]; y la nueva política, si se implementa adecuadamente debería ayudar a aumentar la cobertura lingüística de las consultas públicas.
27. El Defensor del Pueblo observa que el nuevo sitio web de la Comisión dedicado a las consultas públicas no contiene ninguna explicación de por qué algunas consultas no están disponibles en todos los idiomas oficiales de la UE[15]. La antigua página de la Comisión para consultas públicas, el portal «Tu voz en Europa», contenía una sección «¿Por qué cierta información no está en mi idioma?». El Defensor del Pueblo sugerirá a la Comisión que cree una sección similar en el nuevo sitio web e incluya una explicación exhaustiva sobre su nueva política lingüística para las consultas públicas. La Comisión podría también incluir una explicación por separado de por qué no todas las consultas públicas se traducen a todos los idiomas de la UE, a fin de aclarar las razones por las cuales este es el caso.
28. En conclusión, la Defensora del Pueblo reconoce la validez de las preocupaciones expresadas por el reclamante. Es importante que estas preocupaciones se tomen en serio y que la Comisión haga todos los esfuerzos posibles para aumentar al máximo el alcance de sus consultas públicas en todos los idiomas de la UE. Sin embargo, la Defensora reconoce que no existe una solución simple o fácil a los problemas planteados en este caso. Dicho esto, la Defensora del Pueblo espera que la Comisión siga buscando soluciones que mejoren la capacidad de los ciudadanos de la UE, cualquiera que sea su idioma oficial, para participar y contribuir a la gobernanza de la UE. Así, tiene la intención de supervisar la aplicación de su nueva política sobre los idiomas de las consultas públicas con el fin de evaluar en qué medida su aplicación respeta el principio de que sus consultas deben publicarse en todas las lenguas oficiales de la UE. La Defensora espera que la propia Comisión también supervise de cerca cómo se está implementando su política.
Conclusión
Basándose en la investigación, la Defensora del Pueblo archiva el asunto con la siguiente conclusión:
La Defensora del Pueblo tiene la intención de supervisar la aplicación de la Comisión de su nueva política lingüística en las consultas públicas, con el fin de evaluar en qué medida la Comisión respeta el principio de que las consultas públicas deben estar disponibles en todos los idiomas oficiales de la Unión Europea. Por el momento, no es necesario continuar investigando el asunto de forma inmediata.
Sugerencias de mejora
La Defensora del Pueblo sugiere que la Comisión Europea supervise de cerca la aplicación de su nueva política lingüística y hasta qué punto se respeta el principio de que las consultas públicas deberían estar disponibles en todas las lenguas oficiales de la UE. La Defensora sugiere que la página web de la Comisión Europea sobre consultas públicas incluya una sección que describa su nueva política lingüística y una explicación de por qué algunas consultas no están disponibles en todos los idiomas de la UE.
Se comunicará la decisión al reclamante y a la Comisión Europea.
Emily O'Reilly
Defensora del Pueblo Europeo
Hecho en Estrasburgo el 18/12/2017
[1]La decisión por la que se cierra la investigación en la reclamación 640/2011/AN está disponible en
https://www.ombudsman.europa.eu/en/cases/decision.faces/es/12009/html.bookmark
[2] Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de junio de 2012, sobre las consultas públicas y su disponibilidad en todas las lenguas de la Unión Europea (2012/2676(RSP)) http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P7-TA-2012-0256+0+DOC+XML+V0//ES
[3] Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: Programa de acción para reducir la carga administrativa en el informe final de la UE, adjunto a la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, Adecuación de la normativa de la UE, {COM(2012) 746 final} {SWD(2012) 422 final}, disponible en inglés en http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:52012SC0423&from=en
[4] Reemplaza el antiguo portal «Tu voz en Europa», disponible en https://ec.europa.eu/info/consultations_es
[5] Comunicación titulada «Legislar mejor para obtener mejores resultados - Un programa de la UE», COM(2015) 215 final; las Directrices para la mejora de la legislación y la Caja de herramientas para la mejora de la legislación están disponibles en: https://ec.europa.eu/info/better-regulation-guidelines-and-toolbox_es
[6] La Caja de herramientas enumera las iniciativas tomadas por la Comisión en el marco de su estrategia sobre la mejora de la legislación: https://ec.europa.eu/info/better-regulation-toolbox_es
[7] Artículo 10.3 y 11.2 del Tratado de la Unión Europea (‘TUE’).
[8] Artículo 11.1 del TUE.
[9] Artículo 10.3 y 11.3 del TUE.
[10] Anexo I del Programa de Trabajo de la Comisión Europea
[11] Sección 2.2 (Transparencia, legitimidad y responsabilidad) de la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, «Completando la Agenda para legislar mejor: mejores resultados gracias a una mejor aplicación» { SWD (2017) 675 final}, 24 de octubre de 2017, disponible en Inglés, Francés y Alemán en: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/completing-the-better-regulation-agenda-better-solutions-for-better-results_en.pdf
[12] Aunque estas consultas parecen estar dirigidas principalmente a un sector específico o a los interesados, la mayoría de las consultas indicaba que todos los ciudadanos eran bienvenidos a contribuir. La Defensora entiende que la Comisión no considera estas consultas de " amplio interés público".
[13] Sin comprobar las estrategias de consulta individuales, el Defensor del Pueblo no puede decir con certeza que la evaluación de la Comisión de la necesidad de traducción era correcta para las consultas que se limitaban a varios idiomas. Sin embargo, a primera vista, estas consultas parecen no haberse dirigido principalmente al público en general, sino a un sector específico de partes interesadas. De ser así, esto estaría en línea con la política de la Comisión.
[14] En 2011, el Defensor del Pueblo verificó 11 consultas públicas, de las cuales solo una estaba en todos los idiomas oficiales de la UE. Tres consultas estaban disponibles en inglés, francés y alemán. Las siete restantes solo estaban en inglés.
[15] https://ec.europa.eu/info/consultations_es
- Export to PDF
- Get the short link of this page
- Share this page onTwitterFacebookLinkedin