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Decisión del Defensor del Pueblo Europeo sobre la reclamación 328/97/PD contra la Comisión Europea
Decision
Case 328/97/PD - Opened on Monday | 30 June 1997 - Decision on Monday | 20 July 1998
Estrasburgo, 20 de julio 1998
Muy señor mío:
Me refiero a sus cartas de 1 de octubre y de 21 de diciembre de 1998 relativas a su reclamación 328/97/PD, y en las que muestra su sorpresa por mi decisión de 20 de julio de 1998. En la misma se le informaba que no consideré justificado continuar las investigaciones sobre su reclamación dado que Ud. había presentado una petición al Parlamento Europeo que esta siendo examinada por su Comisión de Peticiones. En su última carta, me pide que reconsidere esta decisión.
Tras un cuidadoso examen de sus cartas, lamento deber comunicarle que no estimo procedente reabrir su caso, dado que sigue en curso el examen de petición presentada por Ud. ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo.
También le informo que no compete al Defensor del Pueblo considerar reclamaciones relativas a la labor política del Parlamento Europeo o de sus órganos, como decisiones de la Comisión de Peticiones.
Atentamente,
Jacob SÖDERMAN
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