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Decisión del Defensor del Pueblo Europeo sobre la reclamación 1960/2002/JMA contra la Comisión Europea


Estrasburgo, 15 de julio de 2003

Estimada Señora R.:

El 12 de noviembre de 2002, presentó Ud. una reclamación al Defensor del Pueblo Europeo en representación del Colectivo de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales de Madrid (COGAM). En ella argumenta que la Comisión Europea no había abonado la totalidad del pago de un proyecto desarrollado en parte por la COGAM como subcontratista de la Eberhard Karls Universität, y financiado por la Comunidad en virtud del contrato nº SOC 97 201135 05F02.

El 26 de noviembre de 2002, envié la reclamación al Presidente de la Comisión Europea. La Comisión Europea me remitió su informe el 26 de febrero de 2003. Se lo transmití junto con una invitación a formular observaciones, si así lo deseaba. Recibí sus observaciones el 5 de mayo de 2003.

Le escribo para comunicarle los resultados de la investigación que he llevado a cabo.

RECLAMACIÓN

En noviembre de 2002, el Colectivo de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales de Madrid (COGAM) presentó una reclamación al Defensor del Pueblo en la que se denunciaban, en síntesis, los siguientes hechos:

A lo largo de 1996 y 1997, el demandante participó junto a otros colaboradores, en un proyecto denominado EUROVIHTA y que guardaba relación con el SIDA. El proyecto estaba coordinado por el Departamento de Psicología de la Universidad de Tubinga (Alemania).

El 7 de octubre de 1997, la Comisión aceptó financiar una parte del proyecto (Contrato nº SOC 97 20113505F02, Evaluation of Guided Group Programmes for People with HIV/AIDS, Creation of a Network of Therapists in D.E.I.). Las partes contratantes eran la Comisión y el Departamento de Psicología de la Universidad de Tubinga, mientras que el COGAM aparecía como contratista asociado.

Pese a que al trabajo establecido en el contrato concluyó en febrero de 1999, el COGAM no había recibido la contraprestación de 8.200 euros que le correspondía. En respuesta a las peticiones del COGAM, el contratista principal del proyecto le había informado que la situación se debía a que la Comisión no había cumplido sus compromisos económicos.

El demandante remitió una carta a la Comisión el 7 de junio de 2002 en la que solicitaba información sobre el estado del asunto, así como el pago de los honorarios, que aún no se había efectuado. El COGAM no recibió ninguna respuesta a su carta.

Sobre la base de lo expuesto, el demandante argumentaba, en resumen, que la Comisión no había respondido a su solicitud de información de 7 de junio de 2002. Dado que el proyecto concluyó en febrero de 1999, solicitaba que la Comisión efectuase el último pago a fin de que todos los subcontratistas pudieran recibir sus honorarios.

INVESTIGACIÓN

Informe de la Comisión Europea

En su informe, la Comisión formuló los siguientes comentarios:

El 7 de octubre de 1997, el demandante, en calidad de subcontratista, y la Eberhard Karls Universität, en calidad de contratista principal, celebraron un contrato con la Comisión cuyo objeto era la ejecución de un proyecto sobre la evaluación de programas de grupos guiados para enfermos de SIDA/VIH (Evaluation of Guided Group Programmes for People with AIDS/VIH).

El proyecto recibió fondos comunitarios a través del programa EUROVIHTA sobre la lucha contra el SIDA. El Profesor Martin Hautzinger de la Eberhard Karls Universität, coordinador del proyecto, se encargó de seleccionar a los subcontratistas encargados de diversos aspectos del proyecto, así como de la firma de cada contrato. La Comisión señaló que el COGAM era uno de dichos subcontratistas, con los que la institución no mantenía ninguna relación contractual directa.

La contraprestación económica de la Comisión sería abonada al contratista principal, a saber, la Eberhard Karls Universität, una vez presentados los informes necesarios. Los primeros informes, técnico y económico, se entregaron a los servicios de la Comisión en octubre de 1999. No obstante, el informe definitivo no se recibió hasta noviembre de 2002, tres años más tarde. Si bien los aspectos técnicos del informe definitivo parecían satisfactorios, los servicios de la Comisión no pudieron aprobar la parte económica debido a la ausencia de documentos justificativos.

El 27 de marzo de 2002, la Comisión escribió al Profesor Martin Hautzinger para solicitarle la remisión del informe final, de suerte que el total de la retribución comunitaria pudiera ser abonada. En su carta, la Comisión recomendó al contratista que informase de la situación a todos los subcontratistas. El 7 de junio de 2002, la Comisión recibió una solicitud de abono de los honorarios pendientes de pago por parte del COGAM. De dicha solicitud la Comisión dedujo que el coordinador del proyecto no había explicado la situación a los subcontratistas, tal como había recomendado la Comisión.

Dado que la Comisión no podía retribuir a colaboradores con los que no mantenía ninguna relación contractual, instó a la Eberhard Karls Universität por carta fechada el 25 de octubre de 2002, a presentar los justificantes necesarios para poder efectuar el último pago.

El 14 de noviembre de 2002, la Comisión recibió el informe final de la Eberhard Karls Universität. El 20 de diciembre de 2002, la institución abonó al contratista el ultimo pago, cuya cuantía ascendía a 59.859,30 euros.

Observaciones del demandante

El 5 de mayo de 2003, el Defensor del Pueblo recibió las observaciones del demandante.

El COGAM explicó que, tras conocer la información facilitada en el informe de la Comisión, contactó con el coordinador del proyecto. Tras esas gestiones, la Eberhard Karls Universität abonó al COGAM la contraprestación correspondiente a su colaboración en el proyecto, cuyo importe era de 8.200 euros.

Por ultimo, el demandante expresó su gratitud al Defensor del Pueblo por su ayuda en la búsqueda de una solución para este problema.

DECISIÓN

De las observaciones de la Comisión y del demandante se desprende que la Comisión ha adoptado las medidas necesarias para solucionar el asunto y satisfacer al demandante. Por consiguiente, el Defensor del Pueblo decide archivar el asunto.

El l Presidente de la Comisión Europea será informado de esta decisión.

Le saluda atentamente,

 

P. Nikiforos DIAMANDOUROS