Defensor del Pueblo Europeo
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Resumen de la decisión sobre la reclamación 2501/2009/(MF)RT contra la Comisión Europea
El demandante, funcionario del Parlamento, fue padre de gemelos en 2008. Dado que el Estatuto de los funcionarios contempla una licencia especial de diez días por nacimiento, consideró que le correspondían veinte por el nacimiento de sus gemelos; según él, esta es la práctica habitual en el Tribunal de Justicia en casos similares. El Parlamento invocó sus propias normas internas para decidir otorgar al demandante solo doce días. Este, no conforme, se dirigió al Defensor del Pueblo, alegando que la decisión del Parlamento de concederle tan solo dos días de licencia especial por el nacimiento de su segundo hijo, gemelo del primero, era injusta. Solicitaba que el Parlamento le concediera veinte días de licencia especial.
En su informe, el Parlamento explicaba, en resumen, que el Estatuto de los funcionarios no contempla ninguna disposición específica en relación con la licencia especial para el padre en caso de parto múltiple. Así pues, el Parlamento amplió el permiso especial por «paternidad» en un 20%, es decir, un total de doce días, por analogía con las disposiciones por las que se rige el permiso por maternidad. Además, y en apoyo de su informe, el Parlamento alegó que no existía una práctica administrativa unificada en las instituciones europeas en cuanto al número de días de licencia especial en el caso de nacimientos múltiples.
El Defensor del Pueblo considera injustificada la negativa del Parlamento a cambiar su actual práctica de conceder a los funcionarios que han sido padres de gemelos un total de tan solo doce días de licencia especial en favor de una nueva práctica que permita a dicha categoría de padres disfrutar de diez días suplementarios de licencia especial. Considera que el permiso por maternidad tiene un propósito distinto al de la licencia especial para el padre. El primero está destinado a funcionarias que han dado a luz o están a punto de hacerlo, y les permite cuidar de sus hijos durante los primeros cuatro meses de vida. La licencia especial, en cambio, permite al funcionario que ha sido padre ayudar a la madre del o los recién nacidos durante la baja por maternidad. Por último, señaló que la inexistencia de un planteamiento común no es óbice para que el Parlamento cambie sus normas en cualquier momento.
El Defensor del Pueblo remitió inicialmente una propuesta de solución amistosa al Parlamento, y a continuación un proyecto de recomendación.
El Parlamento rechazó tanto la propuesta de solución amistosa como el proyecto de recomendación. En tales circunstancias, el Defensor del Pueblo archivó el asunto con un comentario crítico.